Artículo 1Se declara el 15 de noviembre de cada año Día del Topógrafo Panameño para reconocer la labor que realizan los topógrafos y rendir homenaje al ingeniero Carlos Eduardo Laguna Navas.Leer +
**Artículo 1.** Se declara el 15 de noviembre de cada año Día del Topógrafo Panameño para reconocer la labor que realizan los topógrafos y rendir homenaje al ingeniero Carlos Eduardo Laguna Navas.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Las entidades autónomas y semiautónomas, los centros educativos oficiales y particulares, los municipios, los establecimientos públicos y las organizaciones profesionales afines podrán realizar el 15 de noviembre de cada año, día del natalicio del ingeniero Carlos Eduardo Laguna Navas, actos conmemorativos y actividades que resalten la profesión del topógrafo panameño.Leer +
**Artículo 2.** Las entidades autónomas y semiautónomas, los centros educativos oficiales y particulares, los municipios, los establecimientos públicos y las organizaciones profesionales afines podrán realizar el 15 de noviembre de cada año, día del natalicio del ingeniero Carlos Eduardo Laguna Navas, actos conmemorativos y actividades que resalten la profesión del topógrafo panameño.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3En los actos y actividades señalados en el artículo anterior, se resaltará la figura de Carlos Eduardo Laguna Navas como ingeniero civil, topógrafo, geodesta y cartógrafo comprometido con la formación de la juventud y el desarrollo tecnológico de las ciencias aplicadas de la tierra en Panamá.Leer +
**Artículo 3.** En los actos y actividades señalados en el artículo anterior, se resaltará la figura de Carlos Eduardo Laguna Navas como ingeniero civil, topógrafo, geodesta y cartógrafo comprometido con la formación de la juventud y el desarrollo tecnológico de las ciencias aplicadas de la tierra en Panamá.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.Leer +
**Artículo 4.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
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