Ley 56 de 2018
Artículo 1Se crea el fondo de Reconstrucción Mamaria, en adelante FOREMA, cuyo principal objetivo es ofrecer prótesis y cirugías de reconstrucción mamaria a las pacientes víctimas de cáncer sometidas él una mastectomía en uno o ambos senos. Las sumas provenientes del Fondo serán utilizadas para afrontar los gastos que se generen por la aplicación de este artículo. Art.Leer +
**Artículo 1.** Se crea el fondo de Reconstrucción Mamaria, en adelante FOREMA, cuyo principal objetivo es ofrecer prótesis y cirugías de reconstrucción mamaria a las pacientes víctimas de cáncer sometidas él una mastectomía en uno o ambos senos. Las sumas provenientes del Fondo serán utilizadas para afrontar los gastos que se generen por la aplicación de este artículo. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2El Estado, a través del Ministerio de Salud, proporcionará al FOREMA los recursos necesarios para el desarrollo óptimo del objetivo de esta Ley, los cuales tendrán los controles establecidos en la Administración Pública. Art.Leer +
**Artículo 2.** El Estado, a través del Ministerio de Salud, proporcionará al FOREMA los recursos necesarios para el desarrollo óptimo del objetivo de esta Ley, los cuales tendrán los controles establecidos en la Administración Pública. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3El FOREMA estará constituido por: 1. Los recursos que le asigne el Ministerio de Salud. 2. Los recursos que le sean adjudicados mediante convenios nacionales o internacionales. 3. Las herencias, legados y donaciones que se le hagan. 4. Los bienes muebles e inmuebles que le sean adscritos. 5. Cualquiera otra suma que genere de forma directa en calidad de autogestión y similares. Art.Leer +
**Artículo 3.** El FOREMA estará constituido por: 1. Los recursos que le asigne el Ministerio de Salud. 2. Los recursos que le sean adjudicados mediante convenios nacionales o internacionales. 3. Las herencias, legados y donaciones que se le hagan. 4. Los bienes muebles e inmuebles que le sean adscritos. 5. Cualquiera otra suma que genere de forma directa en calidad de autogestión y similares. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Toda contribución o donación que se le haga al FOREMA, ya sea de persona natural o jurídica, se considerará como gasto deducible para efecto del impuesto sobre la renta del donante. Art.Leer +
**Artículo 4.** Toda contribución o donación que se le haga al FOREMA, ya sea de persona natural o jurídica, se considerará como gasto deducible para efecto del impuesto sobre la renta del donante. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 5El FOREMA estará adscrito al Instituto Oncológico Nacional, el cual tendrá la responsabilidad de administrarlo y establecer las fórmulas necesarias para obtener el fin de esta Ley. Art.Leer +
**Artículo 5.** El FOREMA estará adscrito al Instituto Oncológico Nacional, el cual tendrá la responsabilidad de administrarlo y establecer las fórmulas necesarias para obtener el fin de esta Ley. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6El FOREMA deberá presentar al Ministerio de Salud un informe financiero anual sobre el uso de los recursos que le sean asignados por el Estado. Art.Leer +
**Artículo 6.** El FOREMA deberá presentar al Ministerio de Salud un informe financiero anual sobre el uso de los recursos que le sean asignados por el Estado. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 7Se adiciona el literal 1 al artículo 11 de la Ley 11 de 1984, así: Artículo 11. Son atribuciones del Patronato: … 1. Administrar el Fondo de Reconstrucción Mamaria. Art.Leer +
**Artículo 7.** Se adiciona el literal 1 al artículo 11 de la Ley 11 de 1984, así: Artículo 11. Son atribuciones del Patronato: … 1. Administrar el Fondo de Reconstrucción Mamaria. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 8La presente Ley adiciona el literal 1 al artículo 11 de la Ley 11 de 4 de julio de 1984. Art.Leer +
**Artículo 8.** La presente Ley adiciona el literal 1 al artículo 11 de la Ley 11 de 4 de julio de 1984. Art.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 9Esta Ley comenzará a regir a la entrada en vigencia del Presupuesto del año siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.Leer +
**Artículo 9.** Esta Ley comenzará a regir a la entrada en vigencia del Presupuesto del año siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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