Artículo 1Se reconoce la actividad del Paseo de Danzas Tradicionales en La Villa de Los Santos como una actividad de exaltación de las tradiciones folclóricas nacionales, con la finalidad de atraer el turismo y promover el comercio en la región, dentro de las festividades del Corpus Christi.Leer +
**Artículo 1.** Se reconoce la actividad del Paseo de Danzas Tradicionales en La Villa de Los Santos como una actividad de exaltación de las tradiciones folclóricas nacionales, con la finalidad de atraer el turismo y promover el comercio en la región, dentro de las festividades del Corpus Christi.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Se realizará un desfile de danzas tradicionales, con la finalidad de lograr el objetivo establecido en el artículo anterior, el cual tendrá lugar en La Villa de Los Santos, provincia de Los Santos, el sábado después del día del Corpus Christi.Leer +
**Artículo 2.** Se realizará un desfile de danzas tradicionales, con la finalidad de lograr el objetivo establecido en el artículo anterior, el cual tendrá lugar en La Villa de Los Santos, provincia de Los Santos, el sábado después del día del Corpus Christi.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3El Paseo de Danzas Tradicionales será organizado por la Asociación Rescate de Danzas Miguel Leguízamo de La Villa de Los Santos, que será la encargada de la administración de los fondos destinados en esta Ley para la realización de dicha actividad, que serán fiscalizados por la Contraloría General de la República.Leer +
**Artículo 3.** El Paseo de Danzas Tradicionales será organizado por la Asociación Rescate de Danzas Miguel Leguízamo de La Villa de Los Santos, que será la encargada de la administración de los fondos destinados en esta Ley para la realización de dicha actividad, que serán fiscalizados por la Contraloría General de la República.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4El Paseo de Danzas Tradicionales será proyectado, comercializado y mercadeado como producto turístico, a nivel nacional e internacional.Leer +
**Artículo 4.** El Paseo de Danzas Tradicionales será proyectado, comercializado y mercadeado como producto turístico, a nivel nacional e internacional.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 5El Estado, a través de la Autoridad de Turismo de Panamá, destinará anualmente la suma de veinticin co mil balboas (B/.25,000.00), que será utilizada en la ejecución de todas las actividades relacionadas con la celebración del evento folclórico y cultural Paseo de Danzas Tradicionales.Leer +
**Artículo 5.** El Estado, a través de la Autoridad de Turismo de Panamá, destinará anualmente la suma de veinticin co mil balboas (B/.25,000.00), que será utilizada en la ejecución de todas las actividades relacionadas con la celebración del evento folclórico y cultural Paseo de Danzas Tradicionales. La Autoridad de Turismo de Panamá, en cumplimiento de sus funciones, incluirá dentro de su plan anual las estrategias de mercadeo y divulgación, a nivel nacional e internacional, del evento Paseo de Danzas Tradicionales.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.Leer +
**Artículo 6.** Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
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