El Distrito de Santa Fe, Segregado del Distrito de Chepigana, Provincia de DarienTipoLeyNúmero57Año2017Fecha14 jul 2017Gaceta28322-AEmisorAsamblea NacionalArtículos19
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Texto
Actualizada 03/01/2018
Texto
**Decreta:**
Artículo 1
**Artículo 1.** Se crea el distrito de Santa Fe, segregado del distrito de Chepigana, provincia de Darién.
Artículo 2
**Artículo 2.** El queda así:
Artículo 52
**Artículo 52.** La provincia de Darién se divide en tres distritos, así: Chepigana, Pinogana y Santa Fe. La cabecera de la provincia de Darién es la población de La Palma.
Artículo 3
**Artículo 3.** El queda así:
Artículo 53
**Artículo 53.** Los límites del distrito de Chepigana son los siguientes:
1.
2. Con el distrito de Pinogana: Desde la isla Piriaque en el río Tuira, se continúa línea recta a la cima del cerro Pirre, se sigue por la serranía del mismo nombre hasta la Altura de Nique en la frontera con la República de Colombia.
Artículo 4
**Artículo 4.** El queda así:
Artículo 54
**Artículo 54.** La cabecera del distrito de Chepigana es la población de La Palma. Los límites de los corregimientos del distrito de Chepigana son los siguientes:
1. Corregimiento La Palma
I. Con el corregimiento Río Sábalo, distrito de Sambú: Desde el naCimiento de la quebrada La Puñalada en la divisoria de los afluentes de los ríos Sambú y Balsas, se sigue línea recta hasta el nacimiento del río Taimatí. J.
2. Corregimiento Camogantí
a) Con el corregimiento Río Iglesias, distrito de Santa Fe: Desde el punto donde el río Balsas o Tucutí vierte sus aguas en el río Tuira, se sigue aguas arriba este último hasta la isla Piriaque en los límites con el distrito de Pinogana.
b) Con el corregimiento El Real de Santa María, distrito de Pinogana: Desde la isla Piríaque en el río Tuira, se continúa línea recta a la cima del cerro Pirre.
d) Con el corregimiento Chepigana: Desde el nacimiento de la quebrada El Chorro, se sigue línea recta en dirección noroeste hasta la unión del río Balsas o Tucutí con el río Tuira.
3. Corregimiento Chepigana
a) Con el corregimiento Río Iglesias, distrito de Santa Fe: Desde la desembocadura de la quebrada Callengatí en el río Tuira, se sigue aguas arriba este río hasta el punto donde el río Balsas o Tucutí le vierte sus aguas.
b) Con el corregimiento Camogantí: Desde el punto donde el río Balsas o Tucutí vierte sus aguas en el río Tuira, se sigue línea recta en dirección sureste hasta el nacimiento de la quebrada El Chorro.
4. Corregimiento Garachine
a) Con el corregimiento Taimatí: Desde la desembocadura del río Sambú en el océano Pacífico, se sigue aguas arriba por el curso de este río hasta donde le tributa sus aguas el río Jesús.
b) Con el corregimiento Sambú: Desde la confluencia del río Jesús con el río Sambú, se sigue por todo el curso del primer río hasta un punto donde lo cruza el camino que conecta La Colonia Bijagual a Sábalo.
d) Con el corregimiento Puerto Piña: Desde el nacimiento del río Jesús en la serranía del Sapo, se continúa por toda esta serranía hasta finalizar en punta Garachiné.
5. Corregimiento Jaque
a) Con el corregimiento Puerto Piña: Desde la punta Jaqué, se sigue hacia el norte por toda la cima de la cordillera que separa las aguas de los ríos Piña y Chadó hasta el nacimiento del río Venado en la serranía del Sapo.
c) Con el corregimiento Tucutí: Desde el nacimiento del río Sambú, se sigue por toda la cordillera que divide las aguas de los afluentes de los ríos Jaqué y Balsas hasta los Altos de Aspevé en la frontera con la República de Colombia.
6. Corregimiento Puerto Piña
a) Con el corregimiento Garachiné: Desde punta Garachiné, se continúa por toda la serranía del Sapo hasta el nacimiento del río Jesús en esa serranía.
b) Con el corregimiento Río Sábalo, distrito de Sambú: Desde el nacimiento del río Jesús en la serranía del Sapo, se continúa por toda la serranía hasta el nacimiento del río Venado.
c) Con el corregimiento J aqué: Desde el nacimiento del río Venado en la serranía del Sapo, se sigue hacia el sur por la cordillera que separa las aguas de los ríos Piña y Chadó hasta la punta J aqué.
7. Corregimiento Sambú
a) Con el corregimiento Taimatí: Desde el punto donde el río Jesús le vierte sus aguas al río Sambú, se sigue este último río aguas arriba hasta donde recibe las aguas del río La Chunga.
c) Con el corregimiento Garachiné: Desde el punto donde el camino que conecta La Colonia Bijagual a Sábalo cruza el río Jesús, se continúa por el río aguas abajo hasta su confluencia con el río Sambú.
8. Corregimiento Seteganti
9. Corregimiento Taimatí
c) Con el corregimiento Sambú: Desde el ptmto donde el río La Chunga vierte sus aguas en el río Sambú, se sigue aguas abajo el río Sambú hasta donde el río Jesús le vierte sus aguas.
d) Con el corregimiento Garachiné: Desde la desembocadura del río Jesús en el río Sambú, se sigue aguas abajo el río Sambú hasta su desembocadura en el océano Pacífico.
10. Corregimiento Tucutí
a) Con el corregimiento Jaqué: Desde los Altos de Aspavé en la frontera con la República de Colombia, se sigue por toda la cordillera que divide las aguas de los afluentes de los ríos Jaqué yBalsas hasta el nacimiento del río Sambú.
e) Con el corregimiento Boca de Cupe, distrito de Pinogana: Desde la cima del cerro Pirre, se continúa por la serranía del mismo nombre hasta la Altura de Nique en la frontera con la República de Colombia.
Artículo 5
**Artículo 5.** Se adiciona el a la , así:
Artículo 54-A
**Artículo 54-A.** Los límites del distrito de Santa Fe son:
1.
2. Con el distrito de Pinogana: Desde el punto Nº 3 con coordenadas UTM WGS84 E 815 225m y N 995 298m, se continúa por toda la trocha en dirección sureste hasta llegar al campamento de Numa con coordenadas UTM WGS84 E 815 723m y N 994 195m; desde aquí, a una altura de 175 metros se ubica el punto Nº 4, se sigue por toda la trocha en dirección suroeste y a una altura de 180 metros con coordenadas UTM 'NGS84 E 815 753m y N 994 223m se ubica el punto Nº 5; desde este punto, se prosigue por toda la trocha en dirección sureste y a una altura de 200 metros se encuentra el punto Nº 6 cori coordenadas UTM WGS84 E 816 965m y N 992 348m, se continúa por la línea base de la demarcación de la comarca en dirección sureste, con coordenadas UTM WGS84 E 817 035m y N 990 962m ya una altura de 150 metros se ubica el punto Nº 7; desde este punto, se sigue por toda la trocha de la comarca en dirección suroeste, cerca de un brazo de una quebrada sin nombre, con coordenadas UTM WGS84 E 816 468m y N 989 598m y a una altura de 152 metros se ubica el punto Nº 8, se prosigue por toda la trocha en dirección oeste hacia el cjampamento de Ubguigan con coordenadas UTM WGS84 E 816 410m y N 989 613m y a una altura de 125 metros se encuentra el punto Nº 9, se sigue en dirección noroeste y a una altura de 130 metros se ubica el punto Nº 10 con coordenadas UTM WGS84 E 815 148m y N 989 917m, se continúa por toda la trocha en dirección noroeste y a una altura de 125 metros se encuentra el punto Nº 11 con coordenadas UTM WGS84 E 815 142m y N 989 951m, se sigue por toda la trocha y a una altura de 127 metros en dirección suroeste se encuentra el punto Nº 12 con coordenadas UTM WGS84 E 813 087m y N 989 486m, se continúa por toda la trocha y a una altura de 124 metros en dirección sureste se ubica el punto Nº 13 con coordenadas UTM WGS84 E 812 221m y N 988 068m; desde este punto, se sigue en dirección sureste y a una altura de 100 metros con coordenadas UTM WGS84 E 812 943m y N 987 145m se ubica el punto Nº 14, se prosigue por toda la trocha en dirección este y en la parte noroeste de Cativá, cerca de una quebrada sin nombre, con coordenadas UTM WGS84 E 814 402m y N 987 082m se encuentra el punto Nº 15 o campamento Agladi; desde este campamento, se continúa por toda la trocha en dirección sureste al punto Nº 2 de la segunda fase del trabajo de campo, con coordenadas UTM WGS84 E 815 515m y N 986 777m; desde este punto, se sigue por toda la trocha en dirección sureste, cerca de un afluente del río Clarita, con coordenadas UTM WGS84 E 817 053m y N 984 825m y a una altura de 68 metros se ubica el punto Nº 3, se continúa en dirección suroeste por toda la trocha ya una altura de 102 metros con coordenadas UTM WGS84 E 816 192m y N 983 437m se encuentra el punto Nº 4; desde este punto, en dirección suroeste a una altura de 91 metros se ubica el punto Nº 5 con coordenadas UTM WGS84 E 815 945m y N 981 711m, se prosigue por la línea de la comarca en dirección sureste y a una altura de 82.3 metros con coordenadas UTM WGS84 E 816 873m y N 980 365m se ubica el punto Nº 6, se continúa por toda la trocha en dirección sureste y a una altura de 86 metros se cruza la quebrada Teti y se encuentra el punto Nº 7 con coordenadas UTM WGS84 E 817 770m y N 979 142m, se sigue por todo el corte de la trocha en dirección sureste y a una altura de 87 metros se encuentra el punto Nº 8 con coordenadas UTM WGS84 E 819 273m y N 978 932m, se prosigue por la línea de la comarca (trocha) en dirección sureste y a una altura de 65 metros se ubica el punto Nº 9 con coordenadas UTM WGS84 E 821 021my N 977 907m, se continúa a través de la trocha en dirección sureste, se cruza un afluente de la quebrada Yannundi y a una altura de 121 metros se encuentra el punto Nº 10 con coordenadas UTM WGS84 E 821 460m y N 975 835m, se sigue por la trocha en direcciónsureste y a una altura de 57 metros se ubica el punto Nº 11 con coordenadas UTM \VGS84 E 822 139m y N 974 256m o refugio Yannundi, se continúa por toda la línea de la comarca y a una altura de 67 metros en dirección sureste, cerca de la quebrada Agua Fría, se ubica el punto Nº 12 con coordenadas UTM WGS84 E 822 194m y N 971 951m, se prosigue por toda la trocha de la comarca en dirección sureste y a una altura de 48 metros se encuentra el punto Nº 13 con coordenadas UTM WGS84 E 823 864m y N 970 408m, se continúa por la trocha en dirección sureste y a una altura de 41.
3.
4. 220,752m y N 923 591,174m, se sigue por todo el filo de la cordillera o sierra Maestra hasta el punto donde la serranía de Majé se desprende de la serranía de Cañazas.
Artículo 6
**Artículo 6.** Se adiciona el a la , así:
Artículo 54-B
**Artículo 54-B.** Los límites político-administrativos de los corregimientos del distrito de Santa Pe son:
1. Corregimiento Santa Fe
b) Con el corregimiento Wargandi, distrito de Pinogana: Desde el punto donde la quebrada Agua Fría cruza la línea límite con la comarca kuna de Wargandi, se sigue por esa trocha en dirección sureste hasta un punto con coordenadas UTM WGS84 E 822 194m y N 971 951m donde se ubica el punto Nº12 de la trocha, se prosigue por toda la trocha de la comarca en dirección sureste y a una altura de 48 metros se halla el punto Nº 13 con coordenadas UTM WGS84 E 823 864m y N 970 408m, se continúa por la trocha en dirección sureste y a una altura de 41.
2. Corregimiento Cucunatí
3. Corregimiento Agua Fría
d) Con la comarca kuna de Wargandi, distrito de Pinogana: Desde el punto Nº3 con coordenadas UTM WGS84 E 815 225m y N 995 298m, se continúa por toda la trocha en dirección sureste hasta llegar al campamento de Numa con coordenadas UTM WGS84 E 815 723m y N 994 195m y a una altura de 175 metros se ubica el punto N°4, se sigue por toda la trocha en dirección suroeste y a una altura de 180 metros con coordenadas UTM WGS84 E 815 753m y N 994 223m se halla el punto Nº5; desde este punto, se prosigue por toda la trocha en dirección sureste y a una altura de 200 metros se encuentra el punto Nº 6 con coordenadas UTM WGS84 E 816 965m y N 992 348m, se continúa por la línea base de la demarcación de la comarca en dirección sureste con coordenadas UTM WGS84 E 817 035m y N 990 962m y a una altura de 150 metros se ubica el punto Nº 7; desde este punto, se sigue por toda la trocha de la comarca en dirección suroeste, cerca de un brazo de una quebrada sin nombre, con coordenadas UTM WGS84 E 816 468m y N 989 598m y a una altura de 152 metros se halla el punto Nº 8, se prosigue por toda la trocha en dirección oeste hacia el campamento de Ubguigan con coordenadas UTM WGS84 E 816 410m y N 989 613m y a una altura de 125 metros se encuentra el punto Nº 9, se sigue en dirección noroeste y a una altura de 130 metros se ubica el punto Nº 10 con coordenadas UTM \VGS84 E 815 148m y N 989 91 7m, se continúa por toda la trocha en dirección noroeste y a una altura de 125 metros se halla el punto Nº 11 con coordenadas UTM WGS84 E 815 142m y N 989 951m, se sigue por toda la trocha ya una altura de 127 metros y en dirección suroeste se encuentra el punto Nº 12 con coordenadas UTM WGS84 E 813 087m y N 989 486m, se continúa por toda la trocha y a una altura de 124 metros en dirección sureste se ubica el punto Nº 13 con coordenadas UTM WGS84 E 812 221m y N 988 068m; desde este punto, se sigue en dirección sureste y a una altura de 100 metros con coordenadas UTM WGS84 E 812 943m y N 987 145m se ubica el punto 14, se prosigue por toda la trocha en dirección este y en la parte noroeste de Cativá, cerca de una quebrada sin nombre, con coordenadas UTM WGS84 E 814 402m y N 987 082m se halla el punto Nº 15 o campamento Agladi; desde este campamento, se continúa por toda la trocha en dirección sureste al punto Nº 2 de la segunda fase del trabajo de campo con coordenadas UTM WGS84 E 815 515m y N 986 777m; desde este punto, se sigue por toda la trocha en dirección sureste, cerca de un afluente del río Clarita, con coordenadas UTM WGS84 E 817 053m y N 984 825m y a una altura de 68 metros se ubica el punto Nº 3, se continúa en dirección sureste por toda la trocha y a una altura de 102 metros con coordenadas UTM WGS84 E 816 192m y N 983 437m se encuentra el punto N9 4; desde este punto, se sigue en dirección suroeste y a una altura de 91 metros se halla el punto Nº 5 con coordenadas UTM WGS84 E 815 945m y N 981 711m, se prosigue por la línea de la comarca en dirección sureste y a una altura de 82.
4. Corregimiento Río Congo Arriba
5. Corregimiento Río Congo
6. Corregimiento Río Iglesia
b) Con el corregimiento Metetí, distrito de Pinogana: Desde la cima sin nombre, se continúa por la serranía El Filo de Tallo hasta el nacimiento del río Canglón en Filo.
c) Con el corregimiento Yaviza, distrito de Pinogana: Desde el nacimiento del río Canglón en la serranía El Filo de Tallo, se continúa línea recta hasta la isla Piriaque en el río Tuira.
d) Con el corregimiento Camogantí, distrito de Chepigana: Desde la isla Piriaque en el río Tuira, se sigue aguas abajo este río hasta el punto donde recibe las aguas del río Balsas o Tucutí.
e) Con el corregimiento Chepigana, distrito de Chepigana: Desde el punto donde el río Balsas o Tucutí le vierte sus aguas al río Tuira, se sigue aguas abajo este último hasta donde le vierte sus aguas la quebrada Callegantí.
7. Corregimiento Zapallal
d) Con el corregimiento Santa Fe: Desde el punto donde la quebrada Coredo deposita sus aguas en el río Sabanas con coordenadas UTM WGS84 E 815 892,736m y N 946 071,007m, se sigue aguas arriba este río hasta llegar al cruce con el puente del camino que une Santa Fe y la carretera Panamericana en un punto con coordenadas WGS84 E 813700m y N 958 447,234m, se continúa por ese camino por el borde derecho hasta llegar a la carretera Panamericana a un punto con coordenadas UTM WGS84 E 814 900m y N 958 500m~ desde aquí, se sigue por el.
Artículo 7
**Artículo 7.**
Artículo 8
**Artículo 8.**
Artículo 9
**Artículo 9.**
Artículo 10
**Artículo 10.** La elección del alcalde del distrito de Santa Fe, que corresponda por razón de esta Ley, se hará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral. El Tribunal Electoral tomar las medidas necesarias para la futura elección de estos cargos de votación popular.
Artículo 11
**Artículo 11.** El alcalde del distrito de Chepigana continuará ejerciendo sus funciones hasta que se realicen las elecciones correspondientes a la nueva división político-administrativa que estaLey establece.
Artículo 12
**Artículo 12.** Se faculta al mumClplO de Santa Fe para recaudar todos los ingresos provenientes del cobro de los impuestos pagados por los terrenos, edificios y construcciones permanentes existentes o que se construyan en el distrito de Santa Fe y sus ejidos.
Artículo 13
**Artículo 13.** La presente Ley modifica los , 53 y 54 y adiciona los y 54-B a la .
Artículo 14
**Artículo 14.** Esta Ley comenzará a regir el 31 de octubre de 2017. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
*Subrogado por , .*