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{"id":"ley-2013-86.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Que declara el 15 de octubre de cada año dia del baston blanco.  (sensibilizacion sobre la discapacidad visual o baja vision).**","ini":16,"fin":146}
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{"id":"ley-2013-86.a1","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Se declara el 15 de octubre de cada año Día del Bastón Blanco en el territorio nacional.","ini":290,"fin":394}
{"id":"ley-2013-86.a2","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Durante este día los medios de comunicación radiales, escritos, televisivos y electrónicos incluirán en su programación mensajes dirigidos a promocionar el Día del Bastón Blanco.","ini":396,"fin":590}
{"id":"ley-2013-86.a3","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** Las instituciones públicas, los centros educativos oficiales y particulares, las asociaciones, fundaciones y otras organizaciones involucradas con la causa del bastón blanco deberán desarrollar actividades de sensibilización, educación y difusión de la discapacidad visual o baja visión durante este día, a fin de que la población adquiera conocimiento sobre la importancia de este instrumento para el desplazamiento de las personas con esta condición.","ini":592,"fin":1060}
{"id":"ley-2013-86.a4","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** Todo conductor de vehículo de motor deberá tomar las debidas precauciones de seguridad cuando esté cerca de una persona ciega que lleve consigo un bastón blanco o esté acompañada por un animal de asistencia. El conductor que no tome dichas precauciones y cause daños al peatón estará sujeto a las sanciones legales vigentes y será responsable por los daños que ocasione.","ini":1062,"fin":1448}
{"id":"ley-2013-86.a5","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE","ini":1450,"fin":1538}
