**Artículo 1.** Se declara el 29 de noviembre de cada año Día del Rescatista y de conmemoración a Jorge Alemán y Fernando Johnson, quienes perdieron la vida de 25 el noviembre de 2012 cuando se dirigían a efectuar labores de rescate. Durante esta fecha, se realizarán actividades para exaltar el voluntariado y reconocer la labor que desarrollaran las personas que ponen su vida en riesgo para auxiliar al prójimo.
**Artículo 2.** El Ministerio de Gobierno promoverá el apoyo oficial y particular a las asociaciones dedicadas al voluntariado mediante la promoción de incentivos que estimulen la donación de insumos y equipos, así como la financiación de programas de capacitación técnica y actualización para rescatistas de distintas especialidades.
**Artículo 3.** Se colocará una placa en la carretera Boyd-Roosevelt, a la altura de la curva del Cebo en conmemoración a los rescatistas Jorge Alemán y Fernando Johnson, caídos el 25 de noviembre de 2012.
**Artículo 5.** Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Comunidad · Norma
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