LA ASAMBLEA NACIONAL **Decreta:**
QUE DECLARA PATRIMONIO HISTORICO NACIONAL EL MAUSOLEO AL GENERAL OMAR TORRIJOS HERRERA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
**Artículo 1.** Se declara patrimonio histórico nacional el Mausoleo al General Omar Torrijos Herrera y el área circundante, que totaliza cinco hectáreas con cuatro mil trescientos doce metros con sesenta centímetros, ubicados en la Parcela No.12, en Amador, según plano No.80014- 92758, aprobado por la Dirección General de Catastro y Bienes Patrimoniales el 7 de septiembre de 2001 y certificado del Ministerio de Vivienda No.462 del 17 de septiembre de 2001. Dicha Parcela forma parte de la Finca Madre No.158012, Rollo 21928, Documento 1.
**Artículo 2.** Se crea el Parque Torrijos-Carter en las áreas de la Parcela No.12, en Amador, en memoria de los gestores y firmantes del Tratado Torrijos-Carter. En este sitio se desarrollarán actividades culturales, educativas, deportivas, turísticas y otras que den testimonio del pasado panameño sobre este tema.
**Artículo 3.** La Fundación Omar Torrijos, como entidad privada, sin fines de lucro y con personería jurídica, administrará, conservará y custodiará el área declarada patrimonio histórico nacional, para lo cual contará con la asesoría del Instituto Nacional de Cultura. Se autoriza a la Fundación Omar Torrijos para ejecutar las obras que juzgue necesarias dentro del área declarada patrimonio histórico, a fin de que tenga orientación cultural, educativa, deportiva, turística y otras que den testimonio del pasado panameño sobre este tema.
**Artículo 4.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación y deroga cualquier disposición que le sea contraria.
Aprobada en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 15 días del mes de junio del año dos mil seis.
El Presidente,
Elías A. Castillo G.
El Secretario General,
Carlos José Smith S.
ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA