QUE DECLARA EL 7 DE MARZO COMO DIA DE LA FUNDACION DE LA COMARCA NGOBE-BUGLE Y DICTA OTRAS DISPOSICIONESTipoLeyNúmero12Año2005Gaceta25287EmisorAsamblea NacionalArtículos4
**Artículo 2.** Se establece el 7 de marzo como día feriado para el sector público y privado en
la Comarca Ngöbe-Buglé, con excepción de las oficinas que, por la naturaleza del servicio
que prestan, deban permanecer funcionando.
**Artículo 3.** Las autoridades municipales, educativas, tradicionales y del Gobierno Central
en la Comarca, podrán realizar concentraciones, desfiles, actos culturales y exhibiciones
con el objeto de realzar las costumbres y tradiciones propias de la cultura ngöbe-buglé.
**Artículo 4.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
Comunidad · Norma
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