{"meta":{"recurso":"norma/ley-2003-63","mirada":"publico","filas":164,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"ley-2003-63.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LA ASAMBLEA NACIONAL\nY\nEL MINISTERIO DE RELACIONES\nEXTERIORES\n2006","ini":159,"fin":225}
{"id":"ley-2003-63.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Para contribuir con la difusión y el conocimiento de\nla Normativa Internacional, incluimos una versión\nen formato PDF, que permite copiar y pegar su\ncontenido en un procesador de palabras.\nGACETA 24919-A","ini":227,"fin":430}
{"id":"ley-2003-63.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LEY N° 63\nDe 28 de octubre de 2003","ini":432,"fin":466}
{"id":"ley-2003-63.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Por la cual se aprueba la Lista de Productos y las Reglas Específicas de Origen del\nTratado Comercial entre la República de Panamá\ny la República Dominicana","ini":468,"fin":624}
{"id":"ley-2003-63.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LA ASAMBLEA LEGISLATIVA","ini":626,"fin":649}
{"id":"ley-2003-63.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Decreta:**","ini":651,"fin":663}
{"id":"ley-2003-63.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"POR LA CUAL SE APRUEBA LA LISTA DE PRODUCTOS Y LAS REGLAS ESPECIFICAS DE ORIGEN DEL TRATADO COMERCIAL ENTRE LA REPUBLICA DE PANAMA Y LA REPUBLICA DOMINICANA.","contenido":"POR LA CUAL SE APRUEBA LA LISTA DE PRODUCTOS Y LAS REGLAS ESPECIFICAS DE ORIGEN DEL TRATADO COMERCIAL ENTRE LA REPUBLICA DE PANAMA Y LA REPUBLICA DOMINICANA.","ini":0,"fin":157}
{"id":"ley-2003-63.a1","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Se aprueba, en todas sus partes, la Lista de Productos del Tratado Comercial\nentre la República de Panamá y la República Dominicana, de conformidad con la\nclasificación arancelaria aplicada a la fecha de la firma de esta lista, acordada en la Ciudad\nde Santo Domingo, República Dominicana, el 6 de febrero de 2003, cuyo texto es el\nsiguiente:\nTRATADO COMERCIAL ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA REPÚBLICA DOMINICANA\n\nANEXO - LISTA DE PRODUCTOS APROBADOS E INCLUIDOS EN EL TRATADO\n\nLos productos listados en este anexo, que se intercambian al amparo del Tratado, deberán\nestar respaldados por Certificados de Origen emitidos conforme a los criterios establecidos\nen el Capítulo 111 (incluidos sus Anexos) del \"Reglamento de aplicación del Tratado\nComercial entre la República de Panamá y la República Dominicana\".","ini":665,"fin":1493}
{"id":"ley-2003-63.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LISTA DE PRODUCTOS INCLUIDOS EN DOBLE VÍA","ini":1506,"fin":1547}
{"id":"ley-2003-63.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"No Arancel de Arancel de Descripción de Producto Tratamiento\nPanamá Dominicana\n1 0105.11.10 0105.11.00 Gallos y gallinas (pollitos bebés) Libre comercio\n2 0302.19.00 0302.19.00 Pescado entero, fresco o refrigerado Libre comercio\n3 0306.11.00 0306.11.00 Cola de langosta, congelada Libre comercio\n4 0306.13.00 0306.13.10 Camarones y langostinos de mar o Libre comercio\ncultivados, congelados\n5 0306.13.00 0306.13.10 Camarones y langostinos con cáscara, Libre comercio\nCongelados\n0306.13.90\n6 0306.13.00 0306.13.10 Camarones y langostinos pelados, Libre comercio\ncongelados\n0306.13.90\n7 0306.23.11 0306.23.91 Langostinos y camarones, frescos o Libre comercio\nrefrigerados\n0306.23.99\n8 0307.39.10 0307.39.00 Carne de mejillones, congelados Libre comercio\n9 0307.49.10 0307.49.00 Calamares enteros, congelados Libre comercio\n10 0307.49.10 0307.49.00 Tentáculos de calamares, congelados Libre comercio\n11 0307.49.10 0307.49.00 Anillos de calamares, congelados Libre comercio\n12 0307.59.10 0307.59.00 Pulpo entero, congelados Libre comercio\n13 0307.99.11 0307.99.00 Carne de almejas Libre comercio\n14 0407.00.10 0407.00.10 Huevos fértiles para incubar Libre comercio\n15 0712.90.20 0712.90.19 Ajos triturados o pulverizados Libre comercio","ini":1549,"fin":2780}
{"id":"ley-2003-63.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":2782,"fin":2838}
{"id":"ley-2003-63.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"16 1602.32.10 1602.32.00 Preparado o formados de pollo: Libre comercio\nNuggets, Hamburguesa, Milanesas,\nCroquetas, muslitos y otras\npreparaciones, excepto los muslos\nlargos y cortos (\"Quarter legs\");\nPreparados de filetes de pollo:\nmarinados, apanados y sin apanar,\nexcepto los muslos largos y cortos\n(\"Quarter legs\"); Pollo frito apanado,\nexcepto los muslo largos y cortos\n(\"Quarter legs\"), alitas con o sin\npicante, alitas apanadas y alitas\n1602.32.90 glaciadas.\n17 1604.11.10 1604.11.00 Salmón ahumado preparado, en filete, Libre comercio\nempacado al vacío\n18 1604.11.10 1604.11.00 Salmón marinado empacado al vacío Libre comercio\n19 1604.11.10 1604.11.00 Salmón preparado en filete empacado Libre comercio\nal vacío\n20 1604.14.10 1604.14.00 Atún ahumado en filete empacado al Libre comercio\nvacío\n21 1604.19.20 1604.19.00 Trucha ahumada en filete empacada al Libre comercio\nvacío\n22 1604.19.20 1604.19.00 Mero ahumado en filete empacado al Libre comercio\nvacío\n23 1604.20.20 1604.20.00 Hamburguesas de salmón Libre comercio\n1604.20.93\n24 1604.20.99 1604.20.00 Filete de pescado apanado Libre comercio\n25 1605.20.00 1605.20.00 Camarones de cultivos y de mar Libre comercio\npreparados\n26 1605.20.00 1605.20.00 Camarones apanados Libre comercio\n27 1605.90.00 1605.90.90 Marisco mixto preparados Libre comercio\n28 1605.90.00 1605.90.90 Pulpo picado pre-cocido, preparado o Libre comercio\nconservado\n29 2005.20.10 2005.20.00 Papas fritas en hojuelitas Libre comercio\n30 2007.99.10 2007.99.21 Mermelada de fresa Libre comercio\n31 2007.99.90 2007.99.22 Jalea de batata Libre comercio\n32 2007.99.90 2007.99.27 Mermelada de papaya(lechoza) Libre comercio\n33 2007.99.90 2007.99.29 Mermelada de chinola Libre comercio\n34 2008.99.30 2008.99.99 Masa de coco. Libre comercio\n35 2009.80.31 2009.80.11 Jugo De papaya (lechosa) Libre comercio\n36 2009.80.94 2009.80.19 Jugo de Pera, sin mezclar Libre comercio\n37 2106.90.90 2106.90.99 Jalea real Libre comercio\n38 2105.00.10 2105.00.00 Helado, incluso con cacao Libre comercio\n2105.00.91\n2105.00.99\n39 2106.10.90 2106.90.40 Autolizados de levadura Libre comercio\n40 2106.90.19 2106.90.99 Preparaciones en polvo con Libre comercio\naromatizante para la elaboración de\nbebidas.\n41 2106.90.70 2106.90.50 Mejoradores de panificación Libre comercio\n42 2106.90.19 2106.90.70 Preparaciones para la elaboración de Libre comercio\nbebidas por simple dilución en envases\npropios para la venta al por menor con\ncontenido neto inferior o igual a 1 Kg.\n43 2207.10.00 2207.10.00 Alcohol etílico sin desnaturalizar Libre comercio\n44 2208.40.00 2208.40.00 Ron de caña Libre comercio\n45 2309.90.10 2309.90.10 Preparaciones forrajeras con adición Libre comercio\nde melaza o azúcar, para ganado.\n46 2309.90.29 2309.90.90 Alimentos y preparados compuestos Libre comercio\npara ganado.\n47 2309.90.91 2309.90.30 Alimentos y preparado para aves Libre comercio","ini":2840,"fin":5708}
{"id":"ley-2003-63.p14","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":5710,"fin":5766}
{"id":"ley-2003-63.p15","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"48 3003.39.00 3003.39.00 Los demás medicamentos que Libre comercio\ncontengan hormonas y otros productos\nde la partida 2937, para uso humano.\n49 3003.90.00 3003.90.00 Preparaciones medicamentosas sin Libre comercio\ndosificar, ni acondicionar para la venta\nal por menor, con exclusión de las que\ncontengan penicilinas o sus derivados,\nantibióticos, hormonas o alcaloides y\nsus derivados.\n50 3004.10.90 3004.10.00 Medicamentos que contengan Libre comercio\npenicilina o sus derivados de estos\nproductos con la estructura del ácido\npenicilánico, o estreptomicinas o\nderivados de estos productos, para uso\nhumano\n51 3004.20.90 3004.20.00 Medicamentos que contengan otros Libre comercio\nantibióticos, para uso humano.\n52 3004.31.00 3004.31.00 Medicamentos que contengan insulina. Libre comercio\n53 3004.32.90 3004.32.00 Medicamentos que contengan Libre comercio\nhormonas córticosuprarrenales, para\nuso humano.\n54 3004.39.90 3004.39.00 Los demás medicamentos que no Libre comercio\ncontengan hormonas\ncórticosuprarrenales, ni insulina, para\nuso humano.\n55 3004.40.90 3004.40.00 Los demás medicamentos que Libre comercio\ncontengan alcaloides o sus derivados,\nsin hormonas ni otros productos de la\npartida 29.37, ni antibióticos, para uso\nhumano.\n56 3004.50.90 3004.50.00 Los demás medicamentos que Libre comercio\ncontengan vitaminas u otros productos\nde la partida 29.36, para uso humano.\n57 3004.90.91 3004.90.20 Medicamentos antimaláricos Libre comercio\nantidisentéricos y antihelmíticos\n3004.90.40 (vermífugo), para uso humano\n58 3004.90.99 3004.90.40 Los demás medicamentos dosificados Libre comercio\no acondicionados para la venta al por\nmenor (excepto sales o azúcares\nhidratantes).\n59 3004.90.99 3004.90.90 Los demás medicamentos, para uso Libre comercio\nhumano (excepto sales hidratantes)\n60 3304.99.11 3304.99.00 Cremas faciales con valor C.I.F. de US Libre comercio\n$ 15.00 dólares ó más el kilo bruto.\n61 3305.10.20 3305.10.00 Shampoo líquidos Libre comercio\n62 3305.20.00 3305.20.00 Preparaciones para ondulación o Libre comercio\ndesrisado permanente (Relajantes\npara el cabello)\n63 3305.30.00 3305.30.00 Lacas para el cabello Libre comercio\n64 3305.90.11 3305.90.00 Brillantina o pomada para el cabello Libre comercio\n3305.90.12\n3305.90.19\n65 3305.90.19 3305.90.00 Acondicionador para el cabello Libre comercio\n66 3305.90.90 3305.90.00 Tratamiento para el cabello Libre comercio\n67 3307.20.10 3307.20.00 Desodorantes para uso personal Libre comercio\n3307.20.90\n68 3703.10.00 3703.10.00 Papel fax Libre comercio\n3703.90.00 3703.90.00\n69 3812.20.00 3812.20.00 Plastificantes compuestos para caucho Libre comercio\ny plástico\n70 3919.90.90 3919.90.90 Cintas adhesivas Libre comercio","ini":5768,"fin":8449}
{"id":"ley-2003-63.p16","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":8451,"fin":8507}
{"id":"ley-2003-63.p17","orden":17,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"71 3925.10.00 3925.10.00 Depósitos, cisternas, cubas y Libre comercio\nrecipientes analogos de capacidad\nsuperior a 300 lts. de material\nplásticos, estacionarios.\n72 3925.90.10 3925.90.00 Portarollo de papel Libre comercio\n73 3925.90.90 3925.90.00 Tejas plásticas Libre comercio\n74 3926.90.99 3926.90.90 Macetero plástico Libre comercio\n75 4409.20.90 4409.20.10 Tablillones machimbrado de madera Libre comercio\ntropical, barnizados o sin barnizar,\npara\nhacer parqués.\n76 4417.00.20 4417.00.30 Palos de madera pintados c/r 718' 60 Libre comercio","ini":8509,"fin":9052}
{"id":"ley-2003-63.p18","orden":18,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"77 4417.00.20 4417.00.30 Palos de maderas pintados c/r 7/8 \" 48 Libre comercio","ini":9054,"fin":9132}
{"id":"ley-2003-63.p19","orden":19,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"78 4417.00.20 4417.00.30 Palos de maderas para trapeador No. Libre comercio\n12 (*)\n79 4418.20.00 4418.20.00 Puertas sólidas de madera de caoba Libre comercio\nreal y sapelli en sus laterales y\ncabezales con paneles de mdf\nennoblecidos\n80 4418.20.00 4418.20.00 Puertas Tamboradas de plywood Libre comercio\nnatural, plywood plastificado claro y\noscuro, puertas preformadas o\ncholguan (plastificado blanco)","ini":9134,"fin":9536}
{"id":"ley-2003-63.p20","orden":20,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"81 4418.20.00 4418.20.00 Marcos de Madera de cedro o caoba Libre comercio\nreal en sus diferentes estilos\n(estructural, lisos, finger joint o mdf\nennoblecidos)","ini":9538,"fin":9696}
{"id":"ley-2003-63.p21","orden":21,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"82 4809.10.10 4809.10.10 Papel carbón (Carbónico) y papeles Libre comercio\nsimilares.\n4809.10.20 4809.10.90\n83 4816.10.00 4816.10.00 Papel carbón (Carbónico) y similares Libre comercio\n84 4818.40.90 4818.40.90 Toallas sanitarias Libre comercio\n85 4819.30.11 4819.30.10 Sacos (bolsas), multipliegos. Libre comercio\n4819.30.12\n4819.30.19\n86 4823.11.00 4823.11.00 Masking Tape Libre comercio\n87 5602.10.00 5602.10.00 Fieltro punzonado y productos Libre comercio\nobtenidos mediante costura por\ncadeneta.\n88 5602.21.00 5602.21.00 Fieltro sin impregnar, recubrir, Libre comercio\nrevestir,\nni estratificar de lana o pelo fino,\nexcepto fieltro punzonado.\n89 5602.29.00 5602.29.00 Fieltro sin impregnar, distinto del Libre comercio\npunzonado, de las demás materias\ntextiles.\n90 5608.19.90 5608.19.00 Redes de mallas de tejidos sintéticos o Libre comercio\nartificiales.","ini":9698,"fin":10557}
{"id":"ley-2003-63.p22","orden":22,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"91 6111.20.10 6111.20.00 Prendas y accesorios de vestir de Libre comercio\npunto para bebé, de algodón\n6111.20.90\n92 6115.93.90 6115.93.20 Calcetines sintéticos Libre comercio\n93 7003.12.19 7003.12.90 Láminas de vidrio grabados, cortadas Libre comercio\nen forma rectangular o cuadrada","ini":10559,"fin":10842}
{"id":"ley-2003-63.p23","orden":23,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":10844,"fin":10900}
{"id":"ley-2003-63.p24","orden":24,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"94 7006.00.11 7006.00.00 Celosías Libre comercio\n95 7310.21.90 7310.21.00 Latas o botes de capacidad inferior a Libre comercio\n50 litros (para pintura)\n96 7317.00.11 7317.00.20 Clavos de hierro o acero Libre comercio\n7317.00.12\n7317.00.19\n7317.00.90\n97 7323.10.10 7323.10.00 Brillos Libre comercio\n98 7604.21.00 7604.21.00 Perfiles huecos Libre comercio\n99 7604.29.90 7604.29.00 Perfilados en forma de línea quebrada Libre comercio\nde aluminio aliado para techos\n(Láminas onduladas).\n100 7607.20.10 7607.20.00 Tape de Aluminio Libre comercio\n101 7610.10.10 7610.10.00 Bastidores, umbrales y marcos para Libre comercio\npuertas y ventanas\n102 7610.10.20 7610.10.00 Puertas y ventanas armadas con o sin Libre comercio\nvidrio\n103 8547.20.00 8547.20.00 Conectores plásticos P y G (aisladores Libre comercio\nde plástico)\n104 8707.90.19 8707.90.20 Carrocerías para carga seca, Libre comercio\nrefrigerada y utilitaria, armadas o\ndesarmadas.\n105 8708.29.90 8708.29.90 Partes de carrocerías (Piezas cortadas Libre comercio\ny dobladas, como esquines, costillas y\nparales)\n106 9401.80.90 9401.80.00 Sillas y asientos plásticos Libre comercio\n107 9403.30.10 9403.30.00 Muebles de madera para oficina Libre comercio\n108 9403.60.90 9403.60.00 Muebles de madera para hoteles Libre comercio\n109 9403.70.19 9403.70.00 Muebles de fibra de vidrio Libre comercio\nimpregnadas\npreviamente con materias plásticas,\nque descansen en el suelo, excepto los\nexhibidores para mercancías.","ini":10902,"fin":12359}
{"id":"ley-2003-63.p25","orden":25,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"110 9403.80.00 9403.80.10 Muebles de ratan (Raten) Libre comercio\n111 9403.80.00 9403.80.20 Muebles de mimbre Libre comercio\n112 9403.80.00 9403.80.30 Muebles de bambú Libre comercio\n113 9603.90.20 9603.90.20 Mapos de algodón No.800, No. 600, Libre comercio\nNo.500, No.400 (*)\n114 9603.90.41 9603.90.90 Cepillos de limpieza Libre comercio\n115 9603.90.41 9603.90.90 Cepillos sanitarios Libre comercio\n116 9603.90.61 9603.90.90 Escoba y escobillones de fibra plástica Libre comercio\no artificiales.","ini":12361,"fin":12857}
{"id":"ley-2003-63.p26","orden":26,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"117 9603.10.00 9603.10.00 Escoba de fibra vegetal Libre comercio\n118 9604.00.12 9604.00.00 Colador Libre comercio\n119 9605.00.00 9605.00.10 Set dental de plástico Libre comercio\n120 9615.11.00 9615.11.00 Peinillas (Peines) Libre comercio\n(*) Las Partes intercambiarán las características técnicas de estos productos, a la entrada en\nvigor de estas listas.","ini":12859,"fin":13214}
{"id":"ley-2003-63.p27","orden":27,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":13216,"fin":13272}
{"id":"ley-2003-63.p29","orden":29,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LISTA DE PRODUCTOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA INCLUIDOS EN UNA VÍA","ini":13286,"fin":13352}
{"id":"ley-2003-63.p30","orden":30,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"1 0710.80.50 0710.80.50 Ajos Libre comercio\n2 2515.11.00 2515.11.00 Mármol en bruto Libre comercio\n3 2515.12.00 2515.12.00 Mármol troceado presentado en placas Libre comercio\no en bloques.\n4 2521.00.00 2521.00.00 Piedra caliza Libre comercio\n5 2710.00.79 2710.00.73 Aceites para husillos \"spindle oil\" Libre comercio\n6 3005.90.90 3005.90.10 Algodón esterilizado Libre comercio\n7 3005.90.90 3005.90.20 Vendajes (no adhesivas) Libre comercio\n8 3006.10.10 3006.10.10 Suturas quirúrgicas Libre comercio\n9 3101.00.10 3101.00.00 Abono de origen animal o vegetal, Libre comercio\nincluso mezclados entre sí o tratados\nquímicamente; abonos procedentes de\nla mezcla o del tratamiento químico de\nproductos de origen animal o vegetal.\n3101.00.90\n10 3307.10.10 3307.10.00 Espuma para afeitar Libre comercio\n11 3917.40.00 3917.40.00 Accesorios de tuberías (por ejemplo: Libre comercio\ncodos, empalmes, (racores)), de\nplástico.\n12 3917.32.90 3917.32.00 Tuberías de PVC corrugadas en rollo Libre comercio\nsin reforzar, sin accesorios.\n13 3917.33.00 3917.33.90 Mangueras para jardín en PVC Libre comercio\n14 40.16.93.00 4016.93.00 Juntas o empaquetaduras Libre comercio\n15 4202.11.00 4202.11.40 Portafolio de piel Libre comercio\n16 4202.92.10 4202.92.10 Guarda trajes de vinil Libre comercio\n17 7210.41.00 7210.41.00 Planchas de acero corrugadas Libre comercio\n18 7214.10.10 7214.10.00 Barras de hierro o acero sin alear Libre comercio\n(varillas de acero lisas)\n19 7214.20.10 7214.20.00 Barras de hierro con muescas, Libre comercio\ncordones, zurcos o relieves producidos\nen el laminado o sometidos a torción\ndespués del laminado.\n20 7214.30.10 7214.30.00 Las demás barras de acero de fácil Libre comercio\n7214.30.20 mecanización\n7214.30.90\n21 7215.50.11 7215.50.00 Las demás barras de hierro o acero sin Libre comercio\nalear (varillas de acero lisas)\n22 8311.10.00 8311.10.00 Electrodos de soldar Libre comercio\n23 8504.22.00 8504.22.10 Trasformadores de potencia superior a Libre comercio\n650 kva pero inferior o igual a 1600\nkva\n24 8544.30.00 8544.30.00 Cables para baterías Libre comercio","ini":13354,"fin":15428}
{"id":"ley-2003-63.p32","orden":32,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LISTA DE PRODUCTOS DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ INCLUIDOS EN\nUNA VÍA","ini":15443,"fin":15508}
{"id":"ley-2003-63.p33","orden":33,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"1 0303.42.00 0303.42.00 Atún de aleta amarilla congelado Libre comercio\n2 0303.75.00 0303.75.00 Escualos congelados (Tiburón) Libre comercio\n3 0303.79.00 0303.79.00 Pescado congelado (Dorado entero, Libre comercio\ntiburón entero)\n4 3215.11.00 3215.11.00 Tintas negras para imprenta. Libre comercio\n5 3215.19.00 3215.19.00 Tintas de colores para imprenta. Libre comercio","ini":15510,"fin":15879}
{"id":"ley-2003-63.p34","orden":34,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":15881,"fin":15937}
{"id":"ley-2003-63.p35","orden":35,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"6 3302.10.19 3302.10.90 Mezcla de aceites esenciales de Libre comercio\nespecias naturales","ini":15939,"fin":16028}
{"id":"ley-2003-63.p36","orden":36,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"7 3302.10.99 3302.10.90 Esencia Artificial de Vainilla Libre comercio\n8 3808.40.91 3808.40.10 Desinfectantes a base de amonio Libre comercio\ncuaternaria\n9 3916.10.90 3916.10.00 Fibras Plásticas (monofilamentos) Libre comercio\n10 3919.10.90 3919.10.10 Tape de filamentos, sin impresión Libre comercio\n11 3919.10.90 3919.10.10 Tape de oficina, sin impresión Libre comercio\n12 3919.10.90 3919.10.10 Tape de laminar, sin impresión Libre comercio\n13 3919.10.90 3919.10.10 Tape de polipropileno, sin impresión Libre comercio\n14 3919.10.90 3919.10.90 Tape de polipropileno con impresión Libre comercio\n15 4409.20.20 4409.20.00 Molduras decorativas y para la Libre comercio\nconstrucción utilizadas como jambas\npara puertas, zócalos (rodapies),\ncornizas, batientes, cubre marcos y\ncuarto redondo.\n16 5206.41.00 5206.41.00 Hilaza de algodón Libre comercio\n17 5308.90.90 5308.90.90 Hilaza de color Libre comercio\n18 6307.90.50 6307.90.90 Mangas para filtros de café Libre comercio\n19 6811.10.00 6811.10.00 Placas onduladas de fibrocemento Libre comercio\n20 6811.20.10 6811.20.00 Placas, paneles, losetas y demás Libre comercio\nartículos similares, de superficie plana\no lisa.\n21 6811.20.90 6811.20.00 Las demás placas, paneles y losetas Libre comercio\n22 7302.30.00 7302.30.00 Guardavías Libre comercio\n23 7604.29.90 7604.29.00 Perfiles Libre comercio\n24 7612.90.10 7612.90.10 Garrafones para leche Libre comercio\n25 9603.29.00 9603.29.90 Cepillos para vasos Libre comercio\n26 9603.40.20 9603.40.10 Rodillos Libre comercio","ini":16030,"fin":17541}
{"id":"ley-2003-63.p38","orden":38,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LISTA DE PRODUCTOS FABRICADOS EN ZONAS FRANCAS\n1 3004.10.90 3004.10.00 Medicamento que contengan penicilina Libre comercio\no sus derivados de estos productos\ncon la estructura del ácido penicilánico,\no estreptomicinas o derivados de estos\nproductos, para uso humano\n2 3004.20.90 3004.20.00 Medicamentos que contengan otros Libre comercio\nantibióticos, para uso humano.\n3 3004.31.00 3004.31.00 Medicamentos que contengan insulina. Libre comercio\n4 3004.32.90 3004.32.00 Medicamentos que contengan Libre comercio\nhormonas córticosuprarrenales, para\nuso humano.\n5 3004.39.90 3004.39.00 Los demás medicamentos que no Libre comercio\ncontengan hormonas\ncórticosuprarrenales, ni insulina, para\nuso humano.\n6 3004.40.90 3004.40.00 Los demás medicamentos que Libre comercio\ncontengan alcaloides o sus derivados,\nsin hormonas ni otros productos de la\npartida 29.37, ni antibióticos, para uso\nhumano.\n7 3004.50.90 3004.50.00 Los demás medicamentos que Libre comercio\ncontengan vitaminas u otros productos\nde la partida 29.36, para uso humano.\n8 3004.90.91 3004.90.20 Medicamentos antimaláricos, Libre comercio\nantidisentéricos y antihelmíticos\n(vermífugo), para uso humano","ini":17555,"fin":18716}
{"id":"ley-2003-63.p39","orden":39,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"3004.90.40","ini":18718,"fin":18728}
{"id":"ley-2003-63.p40","orden":40,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":18730,"fin":18786}
{"id":"ley-2003-63.p41","orden":41,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"9 3004.90.99 3004.90.40 Los demás medicamentos dosificados Libre comercio\no acondicionados para la venta al por\nmenor (excepto sales o azúcares\nhidratantes).\n10 3004.90.99 3004.90.90 Los demás medicamentos, para uso Libre comercio\nhumano (excepto sales hidratantes)\n11 3306.20.00 3306.20.00 Hilo para la limpieza de los espacios Libre comercio\ninterdentales\n12 3919.90.10 3919.90.10 Rollos de Polipropileno autoadhesivo Libre comercio\n13 3926.90.99 3926.90.90 Piezas plásticas para cortinas Libre comercio\n14 4420.10.90 4420.10.00 Réplicas de barcos en madera Libre comercio\n15 4823.90.99 4823.90.99 Ataduras o flejes de papel Libre comercio\n16 6002.42.00 6002.42.00 Tejidos de algodón de punto Libre comercio\n6002.92.00 6002.92.00\n17 6406.10.00 6406.10.90 Partes de calzado de cuero Libre comercio\n18 6406.99.00 6406.99.99 Partes de calzado de goma Libre comercio\n19 8485.90.00 8485.90.99 Las demás hélices Libre comercio\n20 8517.90.00 8517.90.01 Partes para teléfonos Libre comercio\n21 8532.10.00 8532.10.00 Avisadores eléctricos de protección Libre comercio\n22 8533.29.00 8533.29.00 Las demás resistencias fijas Libre comercio\n23 8533.31.00 8533.31.10 Reostatos variables de potencias Libre comercio\n24 8543.81.00 8543.81.00 Broches de Seguridad Libre comercio\n25 8544.20.10 8544.20.00 Cables coaxiales Libre comercio\n8544.20.90\n26 9018.32.00 9018.32.10 Agujas para biopsias Libre comercio\n27 9018.90.90 9018.90.40 Aparatos para transfusión Libre comercio\n28 9018.90.90 9018.90.60 Equipos Quirúrgicos Libre comercio\n29 9018.90.90 9018.90.90 Equipos de infusión de sueros Libre comercio","ini":18788,"fin":20376}
{"id":"ley-2003-63.h1","orden":9,"tipo":"titulo","etiqueta":"SECCIÓN I","contenido":"SECCIÓN I","ini":1495,"fin":1504}
{"id":"ley-2003-63.h2","orden":28,"tipo":"titulo","etiqueta":"SECCIÓN II","contenido":"SECCIÓN II","ini":13274,"fin":13284}
{"id":"ley-2003-63.h3","orden":31,"tipo":"titulo","etiqueta":"SECCIÓN III","contenido":"SECCIÓN III","ini":15430,"fin":15441}
{"id":"ley-2003-63.h4","orden":37,"tipo":"titulo","etiqueta":"SECCIÓN IV","contenido":"SECCIÓN IV","ini":17543,"fin":17553}
{"id":"ley-2003-63.a2","orden":42,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Apruébese en todas sus partes las Reglas Específicas de Origen del\nTratado Comercial entre la República de Panamá y la República Dominicana,\nde conformidad con la clasificación arancelaria aplicada a la fecha de la firma\nde estas Reglas Específicas de Origen, acordadas en la Ciudad de Santo\nDomingo, República Dominicana el 6 de febrero de 2003, cuyo texto es el\nsiguiente:\n\nANEXO I DEL CAPITULO 111\n\nREGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS\n\nPara la correcta interpretación de las Reglas de Origen Específicas, se adoptan las siguientes notas generales\nde interpretación:\n\n1. Se entenderá por capítulo los dos primeros dígitos de un código arancelario en términos de la Nomenclatura\ndel Sistema Armonizado de Designación y Codificación de las Mercancías (Sistema Armonizado); partida,\nlos cuatro primeros dígitos de un código arancelario en términos del Sistema Armonizado; subpartida, los seis\nprimeros dígitos de un código arancelario en términos del Sistema Armonizado.\n\n2. Un requisito de cambio de clasificación arancelaria es aplicable solamente a los materiales no originarios.\n\n3. Cuando una regla de origen específica esté definida con el criterio de cambio de clasificación arancelaria, y\nen su redacción se exceptúen posiciones arancelarias a nivel de capítulo, partida o subpartida del Sistema\nArmonizado, se interpretará que los materiales correspondientes a esas posiciones arancelarias deberán ser\noriginarios para que la mercancía califique como originaria.\n\n4. Cuando una partida o subpartida arancelaria esté sujeta a reglas de origen específicas optativas, será\nsuficiente cumplir con una de ellas.\n\n5. Cuando una regla de origen específica establezca para un grupo de partidas o subpartidas un cambio de otra\npartida o subpartida, dicho cambio podrá realizarse dentro y fuera del grupo de partidas o subpartidas\nespecificadas en la regla, según sea el caso, a menos que se especifique lo contrario.\n\nASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A\n\nPARTIDA\nDESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO REGLA DE ORIGEN ESPECÍFICA\nPANAMÁ R. DOMINICANA","ini":20378,"fin":22442}
{"id":"ley-2003-63.p44","orden":44,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ANIMALES VIVOS","ini":22457,"fin":22471}
{"id":"ley-2003-63.p45","orden":45,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"0105.11.10 0105.11.00 Gallos y gallinas (pollitos bebes). Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.","ini":22473,"fin":22589}
{"id":"ley-2003-63.p47","orden":47,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PESCADOS Y CRUSTACEOS, MOLUSCOS Y DEMAS INVERTEBRADOS ACUATICOS","ini":22604,"fin":22667}
{"id":"ley-2003-63.p48","orden":48,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"0302.19.00 0302.19.00 Pescado entero, fresco o refrigerados Los productos de esta subpartida serán\noriginarios del país de captura de los peces o\ndesde la crianza de alevines.\n0303.42.00 0303.42.00 Atún de aleta amarilla congelado Los productos de esta subpartida serán\noriginarios del país de captura de los peces o\ndesde la crianza de alevines.\n0303.75.00 0303.75.00 Escualos congelados (tiburón) Los productos de esta subpartida serán\noriginarios del país de captura de los peces.\n0303.79.00 0303.79.00 Pescado congelado (Dorado entero, Los productos de esta subpartida serán\ntiburón entero) originarios del país de captura de los peces o\ndesde la crianza de alevines.\n0306.11.00 0306.11.00 Cola de langosta, congelados Los productos de esta subpartida son\noriginarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0306.13.00 0306.13.10 Camarones y langostinos de mar o Los productos de esta subpartida son\ncultivados, congelados originarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0306.13.00 0306.13.10 Camarones y langostinos con Los productos de esta subpartida son\n0306.13.90 Cáscara, congelados originarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0306.13.00 0306.13.10 Camarones y langostinos Los productos de esta subpartida son\n0306.13.90 pelados, congelados originarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0306.23.11 0306.23.91 Langostinos y camarones, frescos o Los productos de esta subpartida son\n0306.23.99 refrigerados originarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0307.39.10 0307.39.00 Carne de mejillones, congelados Los productos de esta subpartida son\noriginarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0307.49.10 0307.49.00 Calamares enteros, congelados Los productos de esta subpartida son\noriginarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.","ini":22669,"fin":24892}
{"id":"ley-2003-63.p49","orden":49,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"0307.49.10 0307.49.00 Tentáculos de calamares, Los productos de esta subpartida son\ncongelados. originarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0307.49.10 0307.49.00 Anillos de calamares, congelados Los productos de esta subpartida son\noriginarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0307.59.10 0307.59.00 Pulpo entero, congelados Los productos de esta subpartida son\noriginarios del país de captura del crustáceo,\nmolusco y demás invertebrados acuáticos o\ndesde la crianza de larvas.\n0307.99.11 0307.99.00 Carne de almejas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.","ini":24894,"fin":25614}
{"id":"ley-2003-63.p50","orden":50,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":25616,"fin":25672}
{"id":"ley-2003-63.p52","orden":52,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; HUEVOS DE AVE; MIEL NATURAL; PRODUCTOS\nCOMESTIBLES DE ORIGEN ANIMAL, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE","ini":25687,"fin":25826}
{"id":"ley-2003-63.p53","orden":53,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"0407.00.10 0407.00.10 Huevos fértiles para incubar Los productos de esta subpartida serán\noriginarios del país donde se obtiene los\nhuevos de los animales.","ini":25828,"fin":25983}
{"id":"ley-2003-63.p55","orden":55,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"HORTALIZAS, PLANTAS, RAICES Y TUBERCULOS ALIMENTICIOS","ini":25998,"fin":26051}
{"id":"ley-2003-63.p56","orden":56,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"0710.80.50 0710.80.50 Ajos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo\n0712.90.20 0712.90.19 Ajos triturados o pulverizados Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo","ini":26053,"fin":26248}
{"id":"ley-2003-63.p58","orden":58,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PREPARACIONES DE CARNE, PESCADO O DE CRUSTACEOS, MOLUSCOS O DEMAS\nINVERTEBRADOS ACUATICOS","ini":26263,"fin":26352}
{"id":"ley-2003-63.p59","orden":59,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"1602.32.10 1602.32.00 Preparado o formados de pollo: Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n1602.32.90 Nuggets, Hamburguesa, Milanesas, otro capítulo, excepto de las partidas\nCroquetas, muslitos y otras 0207.11 a 0207.14, inclusive.\npreparaciones, excepto los muslos\nlargos y cortos (\"Quater legs\");\nPreparados de filetes de pollo:\nmarinados, apanados y sin apanar,\nexcepto los muslos largos y cortos\n(\"Quater legs\").\n1602.32.10 1602.32.00 Pollo frito apanado, excepto los Los productos de esta subpartida deberán\n1602.32.90 muslos largos y cortos (\"Quater satisfacer el cambio de capítulo, excepto del\nlegs\"), alitas con o sin picante, capítulo 02.\nalitas\napanadas y alitas\n1604.11.10 1604.11.00 Salmón ahumado preparado, en Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nfilete, empacado al vacío otro capítulo.\n1604.11.10 1604.11.00 Salmón marinado empacado al Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nvacío\notro capítulo.\n1604.11.10 1604.11.00 Salmón preparado en filete Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nempacado al vacío otro capítulo.\n1604.14.10 1604.14.00 Atún ahumado en filete empacado Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nal\nvacío otro capítulo.\n1604.19.20 1604.19.00 Trucha ahumada en filete empacada Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nal vacío otro capítulo.\n1604.19.20 1604.19.00 Mero ahumado en filete empacado Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nal\nvacío otro capítulo.\n1604.20.20 1604.20.00 Hamburguesas de salmón Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n1604.20.93 otro capítulo.\n1604.20.99 1604.20.00 Filete de pescado apanado Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n1605.20.00 1605.20.00 Camarones de cultivos y de mar Un cambio a esta subpartida desde cualquier\npreparados otro capítulo, excepto de la partida 0306.\n1605.20.00 1605.20.00 Camarones apanados Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo, excepto de la partida 0306.\n1605.90.00 1605.90.90 Marisco mixto preparados Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n1605.90.00 1605.90.90 Pulpo picado pre-cocido, preparado Un cambio a esta subpartida desde cualquier\no conservado otro capítulo.","ini":26354,"fin":28514}
{"id":"ley-2003-63.p61","orden":61,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PREPARACIONES DE HORTALIZAS, FRUTAS U OTROS FRUTOS O DEMÁS PARTES DE\nPLANTAS\n2005.20.10 2005.20.00 Papas fritas en hojuelitas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n2007.99.10 2007.99.21 Mermelada de fresa Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n2007.99.90 2007.99.22 Jalea de batata Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n2007.99.90 2007.99.27 Mermelada de papaya (lechoza) Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo, excepto de la partida 0807.","ini":28529,"fin":29048}
{"id":"ley-2003-63.p62","orden":62,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":29050,"fin":29106}
{"id":"ley-2003-63.p63","orden":63,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"2007.99.90 2007.99.29 Mermelada de chinola Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida incluso a partir del concentrado.\n2008.99.30 2008.99.99 Masa de coco. Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n2009.80.31 2009.80.11 Jugo de papaya (lechosa) Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo, excepto de la partida 0807.\n2009.80.94 2009.80.19 Jugo de pera, sin mezclar Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida, incluso a partir de sus\nconcentrados.","ini":29108,"fin":29617}
{"id":"ley-2003-63.p65","orden":65,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PREPARACIONES ALIMENTICIAS DIVERSAS\n2105.00.10 2105.00.00 Helados, incluso con cacao. Un cambio a esta subpartida desde\n2105.00.91 cualquier otro capítulo, excepto de la partida\n2105.00.99 0401, permitiéndose la importación de leche\nen polvo de la partida 0402 y siempre que la\nleche en polvo no originaria no constituya\nmás del 25% del peso del bien final.\n2106.10.90 2106.90.40 Autolizados de levadura Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n2106.90.19 2106.90.99 Preparaciones en polvo con Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nAromatizante otra partida.\n2106.90.19 2106.90.70 Preparaciones para la elaboración de Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nbebidas por simple dilución en otra partida.\nenvases propios para la venta al por\nmenor con contenido neto inferior o\nigual a 1 Kg.\n2106.90.70 2106.90.50 Mejoradores de panificación Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n2106.90.90 2106.90.99 Jalea real Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":29632,"fin":30647}
{"id":"ley-2003-63.p67","orden":67,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"BEBIDAS, LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE\n2207.10.00 2207.10.00 Alcohol etílico sin desnaturalizar Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo, excepto de la partida 1703.\n2208.40.00 2208.40.00 Ron de caña Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo, excepto de la partida 1701,\n1703, y de la subpartida 2106.90.","ini":30662,"fin":31000}
{"id":"ley-2003-63.p69","orden":69,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"RESIDUOS Y DESPERDICIOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; ALIMENTOS\nPREPARADOS PARA ANIMALES\n309.90.10 2309.90.10 Preparaciones forrajeras con adición Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nde melaza o azúcar, para ganado. otra partida\n2309.90.29 2309.90.90 Alimentos y preparados compuestos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\npara ganado. otra partida\n2309.90.91 2309.90.30 Alimentos y preparado para aves Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida","ini":31015,"fin":31490}
{"id":"ley-2003-63.p71","orden":71,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"SAL; AZUFRE; TIERRAS Y PIEDRAS; YESOS, CALES Y CEMENTOS\n2515.11.00 2515.11.00 Marmol en bruto Los productos de esta subpartida serán\noriginarios del país donde se obtengan\nmediante operación minera en su estado\nnatural.\n2515.12.00 2515.12.00 Marmol troceado presentado en Los productos de esta subpartida serán\nplacas o en bloques. originarios del país donde se obtengan\nmediante operación minera en su estado\nnatural.\n2521.00.00 2521.00.00 Piedra caliza Los productos de esta subpartida serán\noriginarios del país donde se obtengan\nmediante operación minera en su estado\nnatural","ini":31505,"fin":32084}
{"id":"ley-2003-63.p73","orden":73,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"COMBUSTIBLES MINERALES, ACEITES MINERALES Y PRODUCTOS DE SU DESTILACION;\nMATERIAS BITUMINOSAS; CERAS MINERALES\n2710.00.79 2710.00.73 Aceites para husillos \"spindle oil\" Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida, permitiéndose cambios al interno\nde la partida.","ini":32099,"fin":32373}
{"id":"ley-2003-63.p74","orden":74,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":32375,"fin":32431}
{"id":"ley-2003-63.p76","orden":76,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PRODUCTOS FARMACEUTICOS\n3003.39.00 3003.39.00 Los demás medicamentos que Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncontengan hormonas y otros otra partida.\nproductos de la partida 2937, para\nuso humano.\n3003.90.00 3003.90.00 Preparaciones medicamentosas sin Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ndosificar, ni acondicionar para la otra partida\nventa al por menor, con exclusión de\nlas que contengan penicilinas o sus\nderivados, antibióticos, hormonas o\nalcaloides y sus derivados.\n3004.10.90 3004.10.00 Medicamento que contengan Un cambio a esta subpartida desde cualquier\npenicilina o sus derivados de estos otra partida, excepto de la partida 3003.\nproductos con la estructura del acido\npenicilánico, o estreptomicinas o\nderivados de estos productos, para\nuso humano\n3004.20.90 3004.20.00 Medicamentos que contengan otros Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nantibióticos, para uso humano. otra partida, excepto de la partida 3003.\n3004.31.00 3004.31.00 Medicamentos que contengan Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ninsulina. otra partida, excepto de la partida 3003.\n3004.32.90 3004.32.00 Medicamentos que contengan Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nhormonas córticosuprarrenales, para otra partida, excepto de la partida 3003.\nuso humano.\n3004.39.90 3004.39.00 Los demás medicamentos que no Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncontengan hormonas otra partida, excepto de la partida 3003.\ncórticosuprarrenales, ni insulina,\npara\nuso humano.\n3004.40.90 3004.40.00 Los demás medicamentos que Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncontenga alcaloides o sus derivados, otra partida, excepto de la partida 3003.\nsin hormonas ni otros productos de\nla\npartida 29.37, ni antibióticos, para\nuso\nhumano.\n3004.50.90 3004.50.00 Los demás medicamentos que Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncontengan vitaminas u otros otra partida, excepto de la partida 3003\nproductos de la partida 29.36, para\nuso humano.\n3004.90.91 3004.90.20 Medicamentos antimaláricos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n3004.90.40 antidisentéricos y antihelmíticos otra partida, excepto de la partida 3003.\n(vermífugo), para uso humano\n3004.90.99 3004.90.90 Los demás medicamentos, para uso Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nhumano (excepto sales hidratantes) otra partida, excepto de la partida 3003\n3004.90.99 3004.90.40 Los demás medicamentos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ndosificados o acondicionados para la otra partida, excepto de la partida 3003.\nventa al por menor (excepto sales o\nazúcares hidratantes).\n3005.90.90 3005.90.10 Algodón esterilizado Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida\n3005.90.90 3005.90.20 Vendajes (no adhesivas) Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida\n3006.10.10 3006.10.10 Suturas quirúrgicas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":32446,"fin":35314}
{"id":"ley-2003-63.p78","orden":78,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ABONOS\n3101.00.10 3101.00.00 Abono de origen animal o vegetal, Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n3101.00.90 incluso mezclados entre sí o tratados otra partida.\nquímicamente; abonos procedentes\nde la mezcla o del tratamiento\nquímico de productos de origen\nanimal o vegetal.","ini":35329,"fin":35611}
{"id":"ley-2003-63.p79","orden":79,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":35613,"fin":35669}
{"id":"ley-2003-63.p81","orden":81,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"EXTRACTOS CURTIENTES O TINTOREOS; TANINOS Y SUS DERIVADOS; PIGMENTOS Y\nDEMAS MATERIAS COLORANTES; PINTURAS Y BARNICES; MASTIQUES; TINTAS\n3215.11.00 3215.11.00 Tintas para imprenta negra. Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n3215.19.00 3215.19.00 Tintas para imprenta de colores. Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":35684,"fin":36041}
{"id":"ley-2003-63.p83","orden":83,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACEITES ESENCIAL Y RESINOIDES; PREPARACIONES DE PERFUMERIA, DE TOCADOR O DE\nCOSMETICA\n3302.10.19 3302.10.90 Mezcla de aceites esenciales de Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nespecias naturales otra partida. No obstante, la mezcla de\nmaterias deliberada y controlada\nproporcionalmente (diferente de la simple\ndilución con agua), de conformidad con\nespecificaciones predeterminadas que\norigina la elaboración de un producto que\nposea características físicas o químicas que\nle son relevantes para un propósito o uso\ndiferentes de las materias iniciales, se\nconsidera constitutiva de una transformación\nsubstancial, y confiere origen.\n3302.10.99 3302.10.90 Esencia Artificial de Vainilla Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida. No obstante, la mezcla de\nmaterias deliberada y controlada\nproporcionalmente (diferente de la simple\ndilución con agua), de conformidad con\nespecificaciones predeterminadas que\norigina la elaboración de un producto que\nposea características físicas o químicas que\nle son relevantes para un propósito o uso\ndiferentes de las materias iniciales, se\nconsidera constitutiva de una transformación\nsubstancial, y confiere origen.\n3304.99.11 3304.99.00 Cremas faciales con valor C.I.F. de Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nB/. 15.00 ó más el kilo bruto. otra partida. No obstante, la mezcla de\nmaterias deliberada y controlada\nproporcionalmente (diferente de la simple\ndilución con agua), de conformidad con\nespecificaciones predeterminadas que\norigina la elaboración de un producto que\nposea características físicas o químicas que\nle son relevantes para un propósito o uso\ndiferentes de las materias iniciales, se\nconsidera constitutiva de una transformación\nsubstancial, y confiere origen.\n3305.10.20 3305.10.00 Shampoo líquidos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida. La mezcla de materias\ndeliberada y controlada proporcionalmente\n(diferente de la simple dilución con agua), de\nconformidad con especificaciones\npredeterminadas que origina la elaboración\nde un producto que posea características\nfísicas o químicas que le son relevantes para\nun propósito o usos diferentes de las\nmaterias iniciales, se considera constitutiva\nde una transformación substancial, y confiere\norigen.\n3305.20.00 3305.20.00 Preparaciones para ondulación o Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ndesrisado permanente (Relájenles otra partida. La mezcla de materias\npara el cabello) deliberada y controlada proporcionalmente\n(diferente de la simple dilución con agua), de\nconformidad con especificaciones\npredeterminadas que origina la elaboración\nde un producto que posea características\nfísicas o químicas que le son relevantes para\nun propósito o usos diferentes de las\nmaterias iniciales, se considera constitutiva\nde una transformación substancial, y confiere\norigen.","ini":36056,"fin":38885}
{"id":"ley-2003-63.p84","orden":84,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":38887,"fin":38943}
{"id":"ley-2003-63.p85","orden":85,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"3305.30.00 3305.30.00 Lacas para el cabello Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida. La mezcla de materias\nDeliberada y controlada proporcionalmente\n(diferente de la simple dilución con agua), de\nConformidad con especificaciones\nPredeterminadas que origina la elaboración\nde un producto que posea características\nfísicas o químicas que le son relevantes para\nun propósito o usos diferentes de las\nmaterias iniciales, se considera constitutiva\nde una transformación substancial, y confiere\norigen.\n3305.90.11 3305.90.00 Brillantina o pomada para el cabello Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n3305.90.12 otra partida. La mezcla de materias\n3305.90.19 deliberada y controlada proporcionalmente\n(diferente de la simple dilución con agua), de\nconformidad con especificaciones\npredeterminadas que origina la elaboración\nde un producto que posea características\nfísicas o químicas que le son relevantes para\nun propósito o usos diferentes de las\nmaterias iniciales, se considera constitutiva\nde una transformación substancial, y confiere\norigen.\n3305.90.19 3305.90.00 Acondicionador para el cabello Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida. La mezcla de materias\ndeliberada y controlada proporcionalmente\n(diferente de la simple dilución con agua), de\nconformidad con especificaciones\npredeterminadas que origina la elaboración\nde un producto que posea características\nfísicas o químicas que le son relevantes para\nun propósito o usos diferentes de las\nmaterias iniciales, se considera constitutiva\nde una transformación substancial, y confiere\norigen.\n3305.90.90 3305.90.00 Tratamiento para el cabello Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida. La mezcla de materias\ndeliberada y controlada proporcionalmente\n(diferente de la simple dilución con agua), de\nconformidad con especificaciones\npredeterminadas que origina la elaboración\nde un producto que posea características\nfísicas o químicas que le son relevantes para\nun propósito o usos diferentes de las\nmaterias iniciales, se considera constitutiva\nde una transformación substancial, y confiere\norigen.\n3306.20.00 3306.20.00 Hilo para la limpieza de los espacios Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ninterdentales otra partida.\n3307.10.10 3307.10.00 Espuma para afeitar Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida\n3307.20.10 3307.20.00 Desodorantes para uso personal Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n3307.20.90 otra partida. La mezcla de materias\ndeliberada y controlada proporcionalmente\n(diferente de la simple dilución con agua), de\nconformidad con especificaciones\npredeterminadas que origina la elaboración\nde un producto que posea características\nfísicas o químicas que le son relevantes para\nun propósito o usos diferentes de las\nmaterias iniciales, se considera constitutiva\nde una transformación substancial, y confiere\norigen.","ini":38945,"fin":41817}
{"id":"ley-2003-63.p87","orden":87,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PRODUCTOS FOTOGRAFICOS O CINEMATOGRAFICOS\n3703.10.00 3703.10.00 Papel fax Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n3703.90.00 3703.90.00 Papel fax Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":41832,"fin":42053}
{"id":"ley-2003-63.p88","orden":88,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":42055,"fin":42111}
{"id":"ley-2003-63.p90","orden":90,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PRODUCTOS DIVERSOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS\n3808.40.91 3808.40.10 Desinfectantes a base de amonio Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncuaternaria otra subpartida.\n3812.20.00 3812.20.00 Plastificantes compuestos para Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncaucho y plástico. otra partida.","ini":42126,"fin":42428}
{"id":"ley-2003-63.p92","orden":92,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PLASTICO Y SUS MANUFACTURAS\n3916.10.90. 3916.10.00 Fibras Plásticas (monofilamentos) Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n3917.32.90 3917.32.00 Tuberías de PVC corrugadas en Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nrollo sin reforzar, sin accesorios. otra partida\n3917.33.00 3917.33.90 Mangueras para jardín en PVC Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida\n3917.40.00 3917.40.00 Accesorios de tuberías (por ejemplo: Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncodos, empalmes, (racores), de otra partida\nplástico.\n3919.10.90 3919.10.10 Tape de filamentos, sin impresión Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida\n3919.10.90 3919.10.10 Tape de oficina, sin impresión Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n3919.10.90 3919.10.10 Tape de laminar, sin impresión Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n3919.10.90 3919.10.10 Tape de polipropileno, sin impresión Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n3919.10.90 3919.10.90 Tape de polipropileno, con Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nimpresión\notra subpartida.\n3919.90.10 3919.90.10 Rollos de polipropileno Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nautoadhesivo\notra partida.\n3919.90.90. 3919.90.90 Cintas adhesivas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n3925.10.00 3925.10.00 Depositos, cisternas, cubas y Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nrecipientes analogos de capacidad otra partida.\nsuperior a 300 Its de material\nplásticos, estacionarios.\n3925.90.10 3925.90.00 Portarollo de papel Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n3925.90.90 3925.90.00 Tejas plásticas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n3926.90.99 3926.90.90 Piezas plásticas para cortinas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n3926.90.99 3926.90.90 Macetero plástico Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":42443,"fin":44400}
{"id":"ley-2003-63.p94","orden":94,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS\n4016.93.00 4016.93.00 Juntas o empaquetaduras Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":44415,"fin":44544}
{"id":"ley-2003-63.p96","orden":96,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MANUFACTURAS DE CUERO; ARTICULOS DE TALABARTERIA O GUARNICIONERIA;\nARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO (CARTERAS)Y CONTINENTES SIMILARES;\nMANUFACTURAS DE TRIPA\n4202.11.00 4202.11.40 Portafolio de piel Cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n4202.92.10 4202.92.10 Guarda trajes de vinil Cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":44559,"fin":44913}
{"id":"ley-2003-63.p98","orden":98,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MADERA, CARBON VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA\n4409.20.20 4409.20.00 Molduras decorativas y para la Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nconstrucción utilizadas como otra partida.\njambas para puertas, zócalos\n(rodapies), cornizas, batientes,\ncubre marcos y cuarto redondo.\n4409.20.90 4409.20.10 Tablillones machimbrado de Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nmadera tropical, barnizados o sin otra partida.\nbarnizar, para hacer parqués.","ini":44928,"fin":45379}
{"id":"ley-2003-63.p99","orden":99,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":45381,"fin":45437}
{"id":"ley-2003-63.p100","orden":100,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"4417.00.20 4417.00.30 Palos de madera pintados c/r 7/8' 60 Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n4417.00.20 4417.00.30 Palos de maderas pintados c/r 7/8 * Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n48 otra partida.\n4417.00.20 4417.00.30 Palos de maderas para trapador no. Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n12 otra partida.\n4418.20.00 4418.20.00 Puertas sólidas de madera de caoba Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nreal y sapelli en sus laterales y otra partida.\ncabezales con paneles de mdf\nennoblecidos\n4418.20.00 4418.20.00 Puertas Tamboradas de plywood Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nnatural, plywood plastificado claro otra partida.\ny oscuro, puertas preformadas o\nlaminadas con base blanca y puertas\ncholguan (plastificado blanco)\n4418.20.00 4418.20.00 Marcos de Madera de cedro o caoba Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nreal en sus diferentes estilos otra partida.\n(estructural, lisos, fingerjoint o mdf\nennoblecidos)\n4420.10.90 4420.10.00 Réplicas de barcos en madera Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":45439,"fin":46535}
{"id":"ley-2003-63.p102","orden":102,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PAPEL Y CARTON; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA, DE PAPEL O CARTON\n4809.10.10 4809.10.20 Papel carbón (Carbónico) y papeles Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n4809.10.10 4809.10.90 similares. otra partida.","ini":46550,"fin":46766}
{"id":"ley-2003-63.p103","orden":103,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"4816.10.00 4816.10.00 Papel carbón (Carbónico) y Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nsimilares. otra partida, excepto de la partida 4809.\n4818.40.90 4818.40.90 Toallas sanitarias Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n4819.30.11 4819.30.10 Sacos (bolsas), multipliegos. Un cambio a esta subpartida desde\n4819.30.12 cualquier otra partida.\n4819.30.19\n4823.11.00 4823.11.00 Masking Tape Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n4823.90.99 4823.90.99 Ataduras o flejes de papel Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":46768,"fin":47330}
{"id":"ley-2003-63.p105","orden":105,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ALGODÓN\n5206.41.00 5206.41.00 Hilaza de algodón Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":47345,"fin":47450}
{"id":"ley-2003-63.p107","orden":107,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LAS DEMAS FIBRAS TEXTILES VEGETALES; HILADOS DE PAPEL Y TEJIDOS DE HILADOS\nDE PAPEL\n5308.90.90 5308.90.90 Hilaza de color Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":47465,"fin":47644}
{"id":"ley-2003-63.p109","orden":109,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"GUATA, FIELTRO Y TELA SIN TEJER; HILADOS ESPECIALES; CORDELES, CUERDAS Y\nCORDAJES; ARTICULOS DE CORDELERIA\n5602.10.00 5602.10.00 Fieltro punzonado y productos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nobtenidos mediante costura por otra partida.\ncadeneta.\n5602.21.00 5602.21.00 Fieltro sin impregnar, recubrir, Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nrevestir, ni estratificar de lana o pelo otra partida.\nfino, excepto fieltro punzonado.\n5602.29.00 5602.29.00 Fieltro sin impregnar, distinto del Un cambio a esta subpartida desde cualquier\npunzonado de las demás materias otra partida.\ntextiles.\n5608.19.90 5608.19.00 Redes de mallas de tejidos sintéticos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\no artificiales. otra partida o producción a partir del hilado\nno originario.","ini":47659,"fin":48442}
{"id":"ley-2003-63.p111","orden":111,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TEJIDOS DE PUNTO\n6002.42.00 6002.42.00 Tejidos de algodón de punto Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n6002.92.00 6002.92.00 otra partida.","ini":48457,"fin":48603}
{"id":"ley-2003-63.p112","orden":112,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":48605,"fin":48661}
{"id":"ley-2003-63.p114","orden":114,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, DE PUNTO\n6111.20.10 6111.20.00 Prendas y accesorios de vestir de Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n6111.20.90 punto para bebe de algodón otra partida o producción a partir del hilado\nno originario.\n6115.93.90 6115.93.20 Calcetines sintéticos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida, o producción a partir del hilado\nno originario.","ini":48676,"fin":49081}
{"id":"ley-2003-63.p116","orden":116,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LOS DEMAS ARTICULOS TEXTILES CONFECCIONADOS; JUEGOS; PRENDERIA Y TRAPOS\n6307.90.50 6307.90.90 Mangas para filtros de café Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida, excepto del tejido plano.","ini":49096,"fin":49301}
{"id":"ley-2003-63.p118","orden":118,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CALZADO, POLAINAS Y ARTICULOS ANÁLOGOS: PARTES DE ESTOS ARTICULOS\n6406.10.00 6406.10.90 Partes de calzado de cuero Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n6406.99.00 6406.99.99 Partes de calzado de goma Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.","ini":49316,"fin":49596}
{"id":"ley-2003-63.p120","orden":120,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA\nO MATERIAS ANALOGAS\n6811.10.00 6811.10.00 Placas onduladas de fibrocemento Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n6811.20.10 6811.20.00 Placas, paneles, losetas y demás Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nartículos similares, de superficie otro capítulo.\nplana o lisa.\n6811.20.90 6811.20.00 Las demás placas, paneles y losetas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.","ini":49611,"fin":50097}
{"id":"ley-2003-63.p122","orden":122,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS\n7003.12.19 7003.12.90 Láminas de vidrio grabados, Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncortadas en forma rectángular o otra partida.\ncuadrada.","ini":50112,"fin":50287}
{"id":"ley-2003-63.p123","orden":123,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"7006.00.11 7006.00.00 Celosías Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":50289,"fin":50377}
{"id":"ley-2003-63.p125","orden":125,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDICION, HIERRO Y ACERO\n7210.41.00 7210.41.00 Planchas de acero corrugadas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida\n7214.10.10 7214.10.00 Barras de hierro o acero sin alear Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n(varillas de acero lisas) otra partida, excepto de la partida 7207 y la\nsubpartida 7204.50.\n7214.20.10 7214.20.00 Barras de hierro con muescas, Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncordones, zurcos o relieves otra partida, excepto de la partida 7207 y la\nproducidos en el laminado o subpartida 7204.50.\nsometidos a torción después del\nlaminado.\n7214.30.10 7214.30.00 Las demás barras de acero de fácil Un cambio a esta subpartida desde\n7214.30.20 mecanización. cualquier otra partida, excepto de la partida\n7214.30.90 7207 y la subpartida 7204.50.\n7215.50.11 7215.50.00 Las demas barras de hierro o acero Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nsin alear (varillas de acero lisas) otra partida, excepto de la partida 7207 y la\nsubpartida 7204.50.","ini":50392,"fin":51384}
{"id":"ley-2003-63.p127","orden":127,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MANUFACTURAS DE FUNDICION, HIERRO O ACERO\n7302.30.00 7302.30.00 Guardavías Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notro capítulo.\n7310.21.90 7310.21.00 Latas o botes de capacidad inferior a Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n50 litros (para pintura) otra partida.\n7317.00.11 7317.00.20 Clavos de hierro o acero Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n7317.00.12 otra partida.\n7317.00.19\n7317.00.90","ini":51399,"fin":51813}
{"id":"ley-2003-63.p128","orden":128,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":51815,"fin":51871}
{"id":"ley-2003-63.p129","orden":129,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"7323.10.10 7323.10.00 Brillos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":51873,"fin":51960}
{"id":"ley-2003-63.p131","orden":131,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ALUMINIO Y SUS MANUFACTURAS\n7604.21.00 7604.21.00 Perfiles huecos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n7604.29.90 7604.29.00 Perfilados en forma de línea Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nquebrada de aluminio aliado para otra partida.\ntechos (Láminas onduladas).\n7604.29.90 7604.29.00 Perfiles Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n7607.20.10 7607.20.00 Tape de Aluminio Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n7610.10.10 7610.10.00 Bastidores, umbrales y marcos para Un cambio a esta subpartida desde\npuerta y ventanas cualquier otra partida.\n7610.10.20 7610.10.00 Puertas y ventanas armadas con o Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nsin vidrio otra partida.\n7612.90.10 7612.90.10 Garrafones para leche Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":51975,"fin":52813}
{"id":"ley-2003-63.p133","orden":133,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MANUFACTURAS DIVERSAS DE METAL COMUN","ini":52828,"fin":52864}
{"id":"ley-2003-63.p134","orden":134,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"8311.10.00 8311.10.00 Eléctrodos de soldar Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":52866,"fin":52966}
{"id":"ley-2003-63.p136","orden":136,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"REACTORES NUCLEARES, CALDERAS, MAQUINAS, APARATOS Y ARTEFACTOS\nMECANICOS; PARTES DE ESTAS MAQUINAS O APARATOS","ini":52981,"fin":53090}
{"id":"ley-2003-63.p137","orden":137,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"8485.90.00 8485.90.99 Las demás hélices Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":53092,"fin":53189}
{"id":"ley-2003-63.p139","orden":139,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MAQUINAS, APARATOS Y MATERIAL ELECTRICO, Y SUS PARTES; APARATOS DE\nGRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O\nREPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS\nDE ESTOS APARATOS\n8504.22.00 8504.22.10 Trasformadores de potencia superior Un cambio a esta subpartida desde cualquier\na 650 kva pero inferior o igual a otra partida.\n1600 kva.\n8517.90.00 8517.90.01 Partes para teléfonos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n8532.10.00 8532.10.00 Avisadores eléctricos de protección Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n8533.29.00 8533.29.00 Las demás resistencias fijas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n8533.31.00 8533.31.10 Reostatos variables de potencias Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n8543.81.00 8543.81.00 Broches de Seguridad Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n8544.20.10 8544.20.00 Cables coaxiales Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n8544.20.90 otra partida.\n8544.30.00 8544.30.00 Cables para baterias Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n8547.20.00 8547.20.00 Conectores plasticos P y G Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n(aisladores de plástico) otra partida.","ini":53204,"fin":54466}
{"id":"ley-2003-63.p141","orden":141,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"VEHICULOS AUTOMOVILES, TRACTORES, VELOCIPEDOS Y DEMAS VEHICULOS\nTERRESTRES; SUS PARTES Y ACCESORIOS\n8707.90.19 8707.90.20 Carrocerías para carga seca, Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nrefrigerada y utilitaria, armadas o otra partida.\ndesarmadas.\n8708.29.90 8708.29.90 Partes de carrocerías (Piezas Un cambio a esta subpartida desde cualquier\ncortadas y dobladas, como esquines, otra partida excepto de la partida 4011 y las\ncostillas y parales) subpartidas 4012.10 y 4012.20","ini":54481,"fin":54966}
{"id":"ley-2003-63.p142","orden":142,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nGACETA 24919-A","ini":54968,"fin":55024}
{"id":"ley-2003-63.p144","orden":144,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"INSTRUMENTOS Y APARATOS DE OPTICA, FOTOGRAFIA O CINEMATOGRAFIA, DE\nMEDIDA, CONTROL O PRECISION; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICO\nQUIRURGICOS; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS.\n9018.32.00 9018.32.10 Agujas para biopsias Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9018.90.90 9018.90.40 Aparatos para transfusiones Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9018.90.90 9018.90.60 Equipos quirúrgicos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9018.90.90 9018.90.90 Equipos de infusión de sueros Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":55039,"fin":55651}
{"id":"ley-2003-63.p146","orden":146,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MUEBLES; MOBILIARIO MEDICOQUIRURGICO; ARTICULOS DE CAMA Y SIMILARES;\nAPARATOS DE ALUMBRADO NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE;\nANUNCIOS, LETREROS Y PLACAS INDICADORAS LUMINOSOS Y ARTICULOS SIMILARES\nCONSTRUCCIONES PREFABRICADAS\n9401.80.90 9401.80.00 Sillas y asientos plásticos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n9403.30.10 9403.30.00 Muebles de madera para oficina Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9403.60.90 9403.60.00 Muebles de madera para hoteles Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9403.70.19 9403.70.00 Muebles de fibra de vidrio Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nimpregnadas previamente con otra subpartida.\nmaterias plásticas, que descansen en\nel suelo, excepto los exhibidores\npara mercancías.\n9403.80.00 9403.80.10 Muebles de ratan (Raten) Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9403.80.00 9403.80.20 Muebles de mimbre Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9403.80.00 9403.80.30 Muebles de bambú Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":55666,"fin":56761}
{"id":"ley-2003-63.p148","orden":148,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MANUFACTURAS DIVERSAS\n9603.10.00 9603.10.00 Escoba de fibra vegetal Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n9603.29.00 9603.29.90 Cepillos para vasos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9603.40.20 9603.40.10 Rodillos Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n9603.90.20 9603.90.20 Mapos de algodón No.800, Un cambio a esta subpartida desde cualquier\n600,500,400 otra subpartida.\n9603.90.41 9603.90.90 Cepillos de limpieza Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n9603.90.41 9603.90.90 Cepillos sanitarios Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra subpartida.\n9603.90.61 9603.90.90 Escoba y escobillones de fibra Un cambio a esta subpartida desde cualquier\nplástica o artificiales. otra subpartida.\n9604.00.12 9604.00.00 Colador Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.\n9605.00.00 9605.00.10 Set dental de plástico El origen de esta mercancía se determinará\nde acuerdo a lo establecido en la regla 3 del\nSistema Armonizado. El producto que\nconfiere el carácter esencial debe cumplir un\ncambio de partida.\n9615.11.00 9615.11.00 Peinillas (peines) Un cambio a esta subpartida desde cualquier\notra partida.","ini":56776,"fin":57984}
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