QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PARA QUE DEVUELVA, A LOS EX TRABAJADORES DE LA AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL, LAS SUMAS RETENIDAS EN CONCEPTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS INDEMNTipoLeyNúmero44Año2003Gaceta24806EmisorAsamblea NacionalArtículos5
**Artículo 1.** Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que devuelva, a los ex
trabajadores de la Autoridad Portuaria Nacional, las sumas retenidas en concepto del Impuesto
sobre la Renta de las indemnizaciones por la privatización de los puertos de Balboa y Cristóbal,
en virtud del cumplimiento de los acuerdos celebrados entre la Autoridad Portuaria Nacional y
los Sindicatos de Trabajadores de dichos puertos.
**Artículo 2.** Las sumas a las que hace referencia el artículo anterior se establecerán según los
cálculos que, para tales efectos, presente la Autoridad Marítima de Panamá a la Dirección
General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
**Artículo 3.** El Ministerio de Economía y Finanzas realizará las gestiones necesarias para incluir
en el Presupuesto General del Estado las partidas presupuestarias para la devolución de las
sumas de que trata el artículo 1.
**Artículo 5.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.
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