{"meta":{"recurso":"norma/ley-2001-73","mirada":"publico","filas":37,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"ley-2001-73.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LA ASAMBLEA LEGISLATIVA\n**Decreta:**\nArtiblo 1. ose aprueba, en todas sus partes, el SEXTO :~\nPROTOCOLO~'ADICIONAL A' LA CONSTITUCION, DE LA UNICN\nPOSTAL UNIVERSAL, que a la letra dice:\n,. \"\"----*--.*..\n.,\nSEXTO PROTOCOLO ADICIONAL A l%CONSTITUCION DE,'LA UNION\nPOSTAL ,?JNIVERSAL","ini":150,"fin":430}
{"id":"ley-2001-73.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Los :~Plenipotenciarios de '10s~ Gobiernos de los\nPaíses miembros de la Unión Postal Universal, reunidos\nen el Congreso, de Beijing; .~rvisto el.~ art?culo 30 ,'\n'párrafo ~2 de loa Constitución DDE la Union Postal\nUniversal, firmada'en Viena,e&lO de julio 'de 1?64,jhan\nadoptado, abajo reserva--de ratificación,\n: las siguientes\nmodificaciones a dicha Constitución.\n~Gaceta Oficial, viernes 28 de diciembre de 2001 N” 24,,460","ini":432,"fin":857}
{"id":"ley-2001-73.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"1. 'ola ~Constitución es el Acta~'fundamenta1 de la\nUnión. ~Contiene las reglas orgánicas DDE la Unión.","ini":859,"fin":962}
{"id":"ley-2001-73.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"2. El Reglamento General incluye las di,sposiciones\nque aseguran 'la ~aplicación de la Constitución y el ~,\n,funcionamiento de lay; Unión. Será obligatorio para\n'todos 10~s Países ,miembros.\n-.\n3. ,El Conven~io Postal ~Universal, el Reglamento\n,Relativo ~'a Envíos de, Correspondencia y el ~~Reglamento\nRelativo al Encomiezidas Postales incluye las reglas\n'comunes aplicables a'l servicio postal internacional,\n,así como las disposiciones re~lativas a los servicios de\nrcorrespondencia y dey encomiendas postales. Estas Acotas\nserán obligatorias para~todos los Paises mierrbrcs-\n4. Los Acuerdos de la Uni& y sus 'Reglamentos ,_\nregulan los servicios distintos ',!' de 10s de\nco:rrespondencia y encomiendas gostales;,~ entre los ~' '~~\nPaíses miembros que sean, parte en los mismos. Ellos\nno serán obliga,tor,io~ssino para estos países.","ini":964,"fin":1799}
{"id":"ley-2001-73.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"~~5.~ Los reglamentos, que contienen las ,medidas\nde ~aplicación ,necesarias para ola ~ej~ecuc~ión del\nConvenio y los ,Acuerdos, serán adoptados por el\nConsejo de Explotación Postal,' habida 'cuenta de las\ndecisiones adoptadas por el Congreso.","ini":1801,"fin":2044}
{"id":"ley-2001-73.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Los Protocolos\n6.~ Finales eventuales ~anexados a\nlas; Actas de la Unión indicadas en loS párrafos 3, -4\ny 5 contienen las reservas a, dichas Actas.\n,\nARTICULO II\n,(ARTICULg 25 MODIFICADO)\nFIRMA, ATJTENTICACION, ~RATIFICACION Y OTRAS\nMODALIDADES~DE~APROBACION DE LAS ACTAS DE LA UNION","ini":2046,"fin":2330}
{"id":"ley-2001-73.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Las\n1. Actas 'de la Unión emitidas ~~por ei~.\nCongreso,'serán afirmadas p.or' los Plen~ipotenciarios de\n,$osPaíses miembros.","ini":2332,"fin":2456}
{"id":"ley-2001-73.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":": fiJ Los‘ reglamentos serán autenticados. por gel\n'Presrd nte y por el Secretario General, del Consejo de\n'~Explota&ón Postal.\nN\"24,460 “Gaceta Of&l, vkrnes 28 dé diciemb&~& 2001 57\njo","ini":2458,"fin":2643}
{"id":"ley-2001-73.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":",3. Los ~~pa~ís~es signatarios ~ratlficarán ia '~ ~:\nC~onstifución',lo:antes posible.","ini":2645,"fin":2730}
{"id":"ley-2001-73.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"'i 4~;:'~;bala aprobación .de ~.las Acta~s DDE ,la ,Unión,~\n'excepto~~,la- Con.+titUción, se regirá sport las normas\nconstitucionales de cada país, signatario. ~~' B',","ini":2732,"fin":2899}
{"id":"ley-2001-73.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"5L1 En caso de gue un país no. ratificare ola\nConstitucion:~ '0 .no~ aprobare las 8otrns Actas firmadas~'\npor el;'~~la Constitución y las otras Actas no perderán,\npor ello ~validez ,~para lo+, países gue lasco hubieren\nrati~ficado~ o ap~robado.,","ini":2901,"fin":3146}
{"id":"ley-2001-73.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO III\n~~(XRTI$XLO~ ~291~~MODIFICADO)\n,PRESENTAC~OIU DE ~PROPOSICIONES ~,~,\n\\\nl,R.' ::,La::,a,~inistración ~postal. de, tun' País rmiembro\ntendrá %l 'derecho de presentar, al~Congreso :o\ndosCongresos~,: proposiciones, relativas a las A,;y,:.\nla Union~ en las cuales sea ,parte su país. ~fdy\n~. ~~\n.2. 1~Sin ~:embargo,~ las proposiciones relativas a\nla Constitucióny alo Reglamento Genera¡ ~solo, ~podrcín~'\npresentarse ante el Congreso:\n3~. 'Li&&, laso progo~sicione~s ~rklativas~ a 1OS ~~\n~X+5glametitc+ se presentarán~directamentk al consejo de\nExgl~otación' Postal, pero antes la Oficina\nInternacional deberá transinitirlati~ aja todas 'las\natinistraciotie~s po&l& de los Paíse~s~~miembros.","ini":3148,"fin":3847}
{"id":"ley-2001-73.p14","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO IV","ini":3849,"fin":3860}
{"id":"ley-2001-73.p15","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":":X~.~ Loso Paíke~s miembros~ @ue n.0~'hubieren firmado,\ngel presente Protocolo podrán adherir'~: al ,-.mismo en ~~\ncualquier momen~to. ~~","ini":3862,"fin":3999}
{"id":"ley-2001-73.p16","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"2. ~~'Los Países miex@xos que sean parte en las\nActas~ renovadas por e~l Congreso, pero: que bino las\nhubieren firmado, deberán adherir~~a ellas ene ei‘ más\nbreve plazo~posible.\n3. Los, instrumentos de adhesion reiativos a los\n'casos indicadosenios párrafos 1 y 2 se dirïgirán al\n.Director General de laoficina 'Internacional. Este\nnotificar-á 'de 'dicho,~,dep'osito ah los Gobiernos de los\nPaíses miembros.","ini":4001,"fin":4408}
{"id":"ley-2001-73.p17","orden":17,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO V,~~\nENTRADA GEN-VIGOR Y DURACION DEL~PROTOCOLO ADICIONAL A\nLA CONSTITUCION DE'LA UNION POSTAL UNIVERSAL","ini":4410,"fin":4523}
{"id":"ley-2001-73.p18","orden":18,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"'El presente Protocolo Adicional comenzará a\nregir' el lo de enero de 2001 y permanecerá 'en xigolpo,r tiempo':indeterminado.\n,.\n\"En 'fë de lo cuäl., : 10s PlënipqGncia'rï~os 'de lo'?\nGobiernos de los Países miembros chan ~redactado 'el\npresente Protocolo ~Adicional, que tendrá la misma\nIfuerza y el mismo valor- que si sus ,disposicion.es\n,estuvieran insertas. en el, texto mismo de la\n',Constitución y lo firman en un ej~emplar gue quedará'\ndepositado ante el ,Director General ,de la Oficina\nInternacional., El,, Gobierno del país sede del\nCongreso'entregará una ,copia a cadas Parte.","ini":4525,"fin":5113}
{"id":"ley-2001-73.p19","orden":19,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":":Firmado enBeij,ing,,el 15 de septiembre de~l999,,-","ini":5115,"fin":5166}
{"id":"ley-2001-73.p20","orden":20,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Artículos 2. Esta Ley comenza,rá a regir desde su\npromulgación.","ini":5168,"fin":5231}
{"id":"ley-2001-73.p21","orden":21,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"COMUNIQUESE .Y CUMPLASE.\nAprobadqen tercer debate en el Palacio Justo Arosamena, ciudad de Panamá, ti los 18 días delines de noviembre\ndel año dos mil uno.","ini":5233,"fin":5388}
{"id":"ley-2001-73.p22","orden":22,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El Presidente, El Secretario General,\nRUBEN AROSEMENA VALDES J~~EGOMEZNUÑEZ","ini":5390,"fin":5465}
{"id":"ley-2001-73.p23","orden":23,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ORGANO EJECUTIVO NACIONAL.- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.- PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, 26\nDE DICIEMBRE DE 2001.","ini":5467,"fin":5578}
{"id":"ley-2001-73.p24","orden":24,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MIREYA MOSCOS0 HARMODIO ARIAS CERJACK\nPresidenta de la República Ministro de Relaciones Exteriores, a.i.\nG.O. 24460","ini":5580,"fin":5695}
{"id":"ley-2001-73.p25","orden":25,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LEY No. 73\nDe 26 de diciembre de 2001","ini":5697,"fin":5734}
{"id":"ley-2001-73.p26","orden":26,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Por la cual se aprueba el SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL A\nLA CONSTITUCION DE LA UNION POSTAL UNIVERSAL, firmado en Beijing, el\n15 de septiembre de 1999","ini":5736,"fin":5883}
{"id":"ley-2001-73.p27","orden":27,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LA ASAMBLEA LEGISLATIVA\n**Decreta:**","ini":5885,"fin":5921}
{"id":"ley-2001-73.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"POR LA CUAL SE APRUEBA EL SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONSTITUCION DE LA UNION POSTAL UNIVERSAL, FIRMADO EN BEIJING, EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 1999.","contenido":"POR LA CUAL SE APRUEBA EL SEXTO PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONSTITUCION DE LA UNION POSTAL UNIVERSAL, FIRMADO EN BEIJING, EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 1999.","ini":0,"fin":148}
{"id":"ley-2001-73.a1","orden":28,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Se aprueba, en todas sus partes, el SEXTO PROTOCOLO ASDICIONA A\nLA CONSTITUCION DE LA UNIÓN\nPOSTAL UNIVERSAL, que a la letra dice:\n\nSEXTO PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONSTITUCION DE LA UNION\nPOSTAL UNIVERSAL\n\nLos Plenipotenciarios de lo Gobiernos de lo Países miembros de la Unión Postal\nUniversal, reunidos en el Congreso de Beijing, visto el artículo 30, párrafo 2 de la\nConstitución de la Unión Postal Universal, firmada en Viena el 10 de julio de 1964, han\nadoptado, bajo reserva de ratificación, las siguientes modificaciones a dicha Constitución.\n\nARTICULO I\n(ARTICULO 22 MODIFICADO)\nACTAS DE LA UNION\n\n1. La Constitución es el Acta fundamental de la Unión. Contiene las reglas\norgánicas de la Unión.\n2. El Reglamento General incluye las disposiciones que aseguran la aplicación de la\nConstitución y el funcionamiento de la Unión. Será obligatorio para todos lo Países\nmiembros.\n3. El Convenio Postal Universal, el Reglamento Relativo a Envíos de\nCorrespondencia y el Reglamento Relativo a Encomiendas Postales incluye las reglas\ncomunes aplicables al servicio postal internacional, así como las disposiciones relativas a\nlo servicios de correspondencia y de encomiendas postales. Estas Actas serán obligatorias\npara todos lo Países miembros\n\n4. Los Acuerdos de la Unión y sus Reglamentos regulan los servicios distintos de\nlos de correspondencia y encomiendas postales, entre lo Países miembros que Sean parte\nen lo mismos. Ellos no serán obligatorios sin0 para estos países.\n\n5. Los reglamentos, que contienen las medidas de aplicación necesarias para la\nejecución del Convenio y lo Acuerdos, serán adoptados por el Consejo de Explotación\nPostal, habida cuenta de las decisiones adoptadas por el Congreso.\n\nASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nG.O. 24460\n\n6. Los Protocolos Finales eventuales anexados a las Actas de la Unión indicadas en\nlo párrafos 3, 4 y 5 contienen las reservas a dichas Actas.\n\nARTICULO I1\n(ARTICULO 25 MODIFICADO)\nFIRMA, AUTENTICACION, RATIFICACION Y OTRAS\nMODALIDADES DE APROBACION DE LAS ACTAS DE LA UNION\n\n1. Las Actas de la Unión emitidas por el Congreso serán firmadas por lo\nPlenipotenciarios de los Países miembros.\n\n2. Los reglamentos serán autenticados por el Presidente y por el Secretario General\ndel Consejo de Explotación Postal.\n\n3. Los países signatarios ratificarán la Constitución lo antes posible.\n\n4. La aprobación de las Actas de la Unión, excepto la Constitución, se regirá por las\nnormas constitucionales de cada país signatario.\n\n5. En caso de que un país no ratificare la Constitución o no aprobare las otras Actas\nfirmadas por él, la Constitución y las otras Actas no perderán por ello validez para los\npaíses que las hubieren\nratificado o aprobado.\n\nARTICULO III\n(ARTICULO 29 MODIFICADO)\nPRESENTACION DE PROPOSICIONES\n\n1. La administración postal de un País miembro tendrá el derecho de presentar, al\nCongreso o entre dos Congresos, proposiciones relativas a las actas de la Unión en las\ncuales sea parte su país.\n\n2. Sin embargo, las proposiciones relativas a la Constitución y al Reglamento\nGeneral sólo podrán presentarse ante el Congreso.\n\n3. Además, las proposiciones relativas a los Reglamentos se presentaran\ndirectamente al Consejo de Explotación Postal, pero antes la Oficina Internacional\ndeberá transmitirlas a todas las administraciones postales de lo Países miembros.\n\nARTICULO IV\nADHESION AL PROTOCOLO ADICIONAL Y A LAS DEMAS ACTAS DE LA\nUNION\n\n1. Los Países miembros que no hubieren firmado el presente Protocolo podrán\nadherir al mismo en cualquier momento.\n\nASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA\nG.O. 24460\n\n2. Los Países miembros que sean parte en las Actas renovadas por el Congreso, pero\nque no las hubieren firmado, deberán adherir a ellas en el más breve plazo posible.\n\n3. Los instrumentos de adhesión relativos a los casos indicados en lo párrafos 1 y 2\nse dirigirán al Director General de la Oficina Internacional. Este notificará de dicho\ndepósito a los Gobiernos de los Países miembros.\n\nARTICULO V\nENTRADA EN VIGOR Y DURACION DEL PROTOCOLO ADICIONAL A LA\nCONSTITUCION DE LA UNION POSTAL UNIVERSAL\n\nEl presente Protocolo Adicional comenzará a regir el 1° de enero de 2001 y\npermanecerá en vigor por tiempo indeterminado.\n\nEn fe de lo cual, los Plenipotenciarios de los Gobiernos de los Países miembros han\nredactado el presente Protocolo Adicional, que tendrá la misma fuerza y el mismo valor que\nsi sus disposiciones estuvieran insertas en el texto mismo de la Constitución y lo firman en\nun ejemplar que quedará depositado ante el Director General de la Oficina Internacional. El\nGobierno del país sede del Congreso entregara una copia a cada Parte.\n\nFirmado en Beijing, el 15 de septiembre de 1999.","ini":5923,"fin":10630}
{"id":"ley-2001-73.a2","orden":29,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.","ini":10632,"fin":10697}
{"id":"ley-2001-73.p31","orden":31,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 18 días\ndel mes de diciembre del año dos mil uno.","ini":10724,"fin":10855}
{"id":"ley-2001-73.p32","orden":32,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El presidente\nRubén Arosemena Valdés","ini":10857,"fin":10893}
{"id":"ley-2001-73.p33","orden":33,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El Secretario General,\nJosé Gómez Núñez","ini":10895,"fin":10934}
{"id":"ley-2001-73.p34","orden":34,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ORGAN0 EJECUTIVO NACI0NAL.- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.- PANAMA,\nREPUBLICA DE PANAMA, 26 DE diciembre DE 2001.","ini":10936,"fin":11047}
{"id":"ley-2001-73.p35","orden":35,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MIREYA MOSCOSO\nPresidenta de la República","ini":11049,"fin":11090}
{"id":"ley-2001-73.p36","orden":36,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"HARMODIO ARIAS CERJACK\nMinistro de Relaciones Exteriores, a.i.","ini":11092,"fin":11154}
{"id":"ley-2001-73.p37","orden":37,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA","ini":11156,"fin":11197}
{"id":"ley-2001-73.h1","orden":30,"tipo":"titulo","etiqueta":"COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.","contenido":"COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.","ini":10699,"fin":10722}
