QUE DEROGA EL ARTICULO 32 DEL DECRETO LEY 2 DE 1998.
QUE DEROGA EL ARTICULO 32 DEL .
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QUE DEROGA EL ARTICULO 32 DEL DECRETO LEY 2 DE 1998.
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6señales
2tipos presentes
3bloques señalados
121palabras · 14 oraciones
QUE DEROGA EL ARTICULO 32 DEL .
**Artículo 1.** Se deroga el del . Parágrafo. La Junta de Control de Juegos regulará la materia contenida en el artículo.
**Artículo 2.** La presente Ley deroga el del y cualquier disposición que le sea contraria.
**Artículo 3.** Esta Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 23 días del mes de junio del año dos mil.
El Presidente,
Enrique Garrido Arosemena
El Secretario General Encargado,
Jorge Ricardo Fábrega
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPUBLICA DE PANAMA
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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