{"meta":{"recurso":"norma/ley-1999-8","mirada":"publico","filas":151,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"ley-1999-8.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LA ASAMBLEA NACIONAL\nY\nEL MINISTERIO DE RELACIONES\nEXTERIORES\n2006","ini":254,"fin":320}
{"id":"ley-1999-8.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Para contribuir con la difusión y el conocimiento de\nla Normativa Internacional, incluimos una versión\nen formato PDF, que permite copiar y pegar su\ncontenido en un procesador de palabras.\nG.O. 23793","ini":322,"fin":521}
{"id":"ley-1999-8.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LEY No.8\n(De 3 de mayo de 1999)","ini":523,"fin":554}
{"id":"ley-1999-8.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Por la cual Se aprueba el ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE PANAM Y EL\nREINO DE ESPANA SOBRE COOPERACION EN MATERIA DE PREVENCION\nDEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES\nY SUSTANCIAS PSICOTROPICAS, hecho en Panamá, el 13 de febrero de 1998","ini":556,"fin":812}
{"id":"ley-1999-8.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LA ASAMBLEA LEGISLATIVA\n**Decreta:**\nArtículo l. Se aprueba, en todas sus partes, el ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA\nDE PANAMA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE COOPERACION EN MATERIA\nDE PREVENCION DEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE\nESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS, que a la letra dice:","ini":814,"fin":1109}
{"id":"ley-1999-8.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL REINO DE ESPAÑA\nSOBRE COOPERACION EN MATERIA DE PREVENC!ON DEL CONSUMO\nY CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y\nSUSTANCIAS PSICOTROPICAS","ini":1111,"fin":1299}
{"id":"ley-1999-8.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La República de Panamá de y el Reino de España, en adelante denominados las\nPartes Contratantes,","ini":1301,"fin":1397}
{"id":"ley-1999-8.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CONSCIENTES de que la cooperación bilateral resulta fundamental para hacer\nfrente a los problemas derivados del uso indebido y el tráfico i1ícito de drogas,","ini":1399,"fin":1555}
{"id":"ley-1999-8.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TENIENDO en cuenta las recomendaciones contenidas en la Convención de las\nNaciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas,\nhecha en Viena el 20 de diciembre de 1988,","ini":1557,"fin":1762}
{"id":"ley-1999-8.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DESEANDO cooperar mediante un Acuerdo Bilateral al objetivo mundial de la\nprevención, control y eliminación del indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y\nsustancia, psicotrópicas,","ini":1764,"fin":1952}
{"id":"ley-1999-8.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACUERDAN LO SIGUIENTE:","ini":1954,"fin":1976}
{"id":"ley-1999-8.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO PRIMERO\nLa cooperación en materia de prevención del consumo y control del tráfico ilícito de\nestupefacientes y sustancias psicotrópicas se llevará a cabo:","ini":1978,"fin":2141}
{"id":"ley-1999-8.p14","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Mediante el establecimiento de un intercambio permanente de\ninformación y documentación.","ini":2143,"fin":2234}
{"id":"ley-1999-8.p15","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Mediante la elaboración de proyectos y programas.","ini":2236,"fin":2288}
{"id":"ley-1999-8.p16","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA\nG.O. 23793","ini":2290,"fin":2339}
{"id":"ley-1999-8.p17","orden":17,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Mediante la asistencia técnica y científica en la realización de todos los\nproyectos y programas.","ini":2341,"fin":2441}
{"id":"ley-1999-8.p18","orden":18,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO SEGUNDO\nLas materias en las que se desarrollará la cooperación en materia de prevención del\nconsumo y control del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas serán:","ini":2443,"fin":2634}
{"id":"ley-1999-8.p19","orden":19,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"A. En materia de Prevención:","ini":2636,"fin":2664}
{"id":"ley-1999-8.p20","orden":20,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) El intercambio de propuestas para el desarrollo de programas\nexperimentales.\nb) Selección de programas prioritarios en el campo de la prevención.","ini":2666,"fin":2814}
{"id":"ley-1999-8.p21","orden":21,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Elaboración de programas generales de promoción de la salud y\neducación para el bienestar de los ciudadanos y especialmente de la juventud.","ini":2816,"fin":2958}
{"id":"ley-1999-8.p22","orden":22,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"B. En materia socio-sanitaria:","ini":2960,"fin":2990}
{"id":"ley-1999-8.p23","orden":23,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Diseño del papel de los distintos servicios terapéuticos en la oferta\nasistencial y necesidades que se derivan de los mismos (servicios de desintoxicación,\ncentros ambulatorios, centros de día, comodidades terapéuticas, etc. . .)","ini":2992,"fin":3224}
{"id":"ley-1999-8.p24","orden":24,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Tipología de centros y servicios asistenciales.","ini":3226,"fin":3276}
{"id":"ley-1999-8.p25","orden":25,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Estudio y evaluación de programas experimentales para un enfoque\nintegral de la atención a toxicómanos.","ini":3278,"fin":3384}
{"id":"ley-1999-8.p26","orden":26,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Elaboración de programas experimentales de deshabituación.","ini":3386,"fin":3447}
{"id":"ley-1999-8.p27","orden":27,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"C. En materia de reinserción social:","ini":3449,"fin":3485}
{"id":"ley-1999-8.p28","orden":28,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) estudio y elaboración de proyectos de sensibilización de la\ncomunidad con el objeto de apoyar la reinserción de los toxicómanos.","ini":3487,"fin":3618}
{"id":"ley-1999-8.p29","orden":29,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"D. En materia legislativa:","ini":3620,"fin":3646}
{"id":"ley-1999-8.p30","orden":30,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Estudio de proyectos de leyes y de otros instrumentos normativos.","ini":3648,"fin":3716}
{"id":"ley-1999-8.p31","orden":31,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"E. En materia de lucha contra el tráfico ilícito de dragas:","ini":3718,"fin":3777}
{"id":"ley-1999-8.p32","orden":32,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La cooperación en la lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y de sustancias\npsicotrópicas se efectuará, en el marco de la seguridad y en el ámbito aduanero, dentro de\nlas competencias de las respectivas Administraciones de acuerdo con su legislación interna\nmediante;","ini":3779,"fin":4058}
{"id":"ley-1999-8.p33","orden":33,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) El intercambio de información, publicaciones y datos estadísticos\nrespecto al tráfico ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas.","ini":4060,"fin":4194}
{"id":"ley-1999-8.p34","orden":34,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA\nG.O. 23793","ini":4196,"fin":4245}
{"id":"ley-1999-8.p35","orden":35,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) El intercambio periódico de ¡información operativa de interés mutuo,\nrespecto a hechos concretos, acontecimientos y personas, presuntamente involucradas en el\ntráfico ilícito de drogas y sustancias psicotr6picas, así como del blanqueo de capitales\nprocedentes de dicho tráfico.","ini":4247,"fin":4527}
{"id":"ley-1999-8.p36","orden":36,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) El intercambio de información sobre los medios de transporte, cargas,\nenvío por correo y otros medios y sobre las rutas y técnicas utilizadas para el tráfico ilícito\nde drogas en tránsito a través del territorio de una de las Partes, con destino final a\ncualquiera de ellas.","ini":4529,"fin":4806}
{"id":"ley-1999-8.p37","orden":37,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Apoyo técnico mediante el intercambio de profesionales para mejorar\nsu formación.","ini":4808,"fin":4892}
{"id":"ley-1999-8.p38","orden":38,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"e) Facilitación de medios materiales y de todo tipo para mejorar la\noperatividad y la eficacia de los profesionales y técnicos.","ini":4894,"fin":5021}
{"id":"ley-1999-8.p39","orden":39,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO TERCERO\nLos intercambios de información y demás aspectos antes señalados entre las Partes\nContratantes, se hará a través de los órganos administrativos responsables en materia de\ndrogas de amos países. bajo las directrices de la comisión Mixta a que se refiere el Artículo\nQuinto.","ini":5023,"fin":5312}
{"id":"ley-1999-8.p40","orden":40,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO CUARTO\nLas autoridades competentes de las dos Partes Contratantes podrán negociar y\nconcluir los acuerdos administrativos y normas de desarrollo necesarias para la aplicación\ndel presente Acuerdo.","ini":5314,"fin":5519}
{"id":"ley-1999-8.p41","orden":41,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO QUINTO\nPara la aplicación del presente Acuerdo se crea una Comisión Mixta Hispano-\nPanameña integrada paritariamente por miembros designados por las autoridades\ncompetentes de los dos países.","ini":5521,"fin":5721}
{"id":"ley-1999-8.p42","orden":42,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Formarán parte de la Comisión Mixta, por parte española, representantes de la\nDelegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y el Ministerio de Asuntos\nExteriores de España y, por parte panameña, representantes del Ministerio de Relaciones\nExteriores, de la Procuraduría General de la Nación, de la Fiscalía Especializada en Delitos\nRelacionados con Drogas y de la Secretaria Ejecutiva' de la Comisión Nacional para el\nEstudio y la Prevención' de los Delitos Relacionados con Drogas.","ini":5723,"fin":6218}
{"id":"ley-1999-8.p43","orden":43,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO SEXTO\nLa Comisión Mixta tendrá, además de las que le concedan las autoridades\ncompetentes las siguientes funciones:\na) Servir de comunicación entre las autoridades competentes de ambos\npaíses en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo.","ini":6220,"fin":6469}
{"id":"ley-1999-8.p44","orden":44,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA\nG.O. 23793","ini":6471,"fin":6520}
{"id":"ley-1999-8.p45","orden":45,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Proponer a las autoridades competentes de ambos países las\ncondiciones de cooperación en la materia a que se refiere el Articulo Segundo del presente\nAcuerdo.\nc) Proponer a las autoridades competentes los acuerdos administrativos\ny normas a que se refiere el Articulo Cuarto de este Acuerdo.\nd) Realizar el seguimiento en la aplicación de los programas e\nintercambios previstos en el presente Acuerdo.","ini":6522,"fin":6926}
{"id":"ley-1999-8.p46","orden":46,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO SEPTIMO\na) La Comisión Mixta podrá constituir en su seno grupos de trabajo y\npodrá recabar la colaboración de cualquier otro Departamento Ministerial susceptible de\nayude en su labor, a, propuesta de una de las Partes Contratantes.\nb) independientemente de las reuniones de los grupos de trabajo, la\ncomisión Mixta se reunirá cuando lo solicite un de las partes Contratantes con &s meses de\nantelación a la fecha prevista para la reunión, salvo en casos extraordinarios que aconsejen\nsu inmediata convocatoria para el análisis de 10& trabajos en curso, definición de,\norientaciones y evaluación de los resultados obtenidos en los diversos campos de\nactuación.","ini":6928,"fin":7596}
{"id":"ley-1999-8.p47","orden":47,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO OCTAVO\nEl presente Acuerdo entrará en vigor sesenta días después del canje de notas en que\nlas Partes Contratantes se den conocimiento reciproco del cumplimiento de los requisitos\nprevistos en sus respectivas legislaciones internas.","ini":7598,"fin":7839}
{"id":"ley-1999-8.p48","orden":48,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El presente Acuerdo permanecerá en vigor indefinidamente salvo denuncia de una\nde las Partes, la cual será comunicada por vía diplomática a 1a otra Parte con una\nantelación de seis meses.","ini":7841,"fin":8028}
{"id":"ley-1999-8.p49","orden":49,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Hecho en Panamá, el trece de febrero de mi1 novecientos noventa y ocho, en dos\nejemplares idénticos.","ini":8030,"fin":8130}
{"id":"ley-1999-8.p50","orden":50,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"POR LA REPUBLICA DE PANAMA POR EL REINO DE ESPAÑA\n(FDO.) (FDO.)\nRICARDO ALBERTO AR1AS ARIAS FERNANDO MAIA VILLALONGA CAMPOS\nMinistro de Relaciones Secretario de Estado para la\nExteriores cooperación y para Iberoamérica","ini":8132,"fin":8350}
{"id":"ley-1999-8.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE COOPERACION EN MATERIA DE PREVENCION DEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS, HECHO EN PANAMA, EL 13 DE FEBRERO DE 1998.","contenido":"POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO LA REPUBLICA DE PANAMA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE COOPERACION EN MATERIA DE PREVENCION DEL CONSUMO Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS, HECHO EN PANAMA, EL 13 DE FEBRERO DE 1998.","ini":0,"fin":252}
{"id":"ley-1999-8.a2","orden":51,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Esta Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.\n\nASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA\nG.O. 23793","ini":8352,"fin":8476}
{"id":"ley-1999-8.p53","orden":53,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 20 días\ndel mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.","ini":8503,"fin":8644}
{"id":"ley-1999-8.p54","orden":54,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El presidente (a.i.)\nJuan Manuel Peralta Ríos","ini":8646,"fin":8691}
{"id":"ley-1999-8.p55","orden":55,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El Secretario General (a.i.)\nJosé Dídimo Escobar","ini":8693,"fin":8741}
{"id":"ley-1999-8.p56","orden":56,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ORGANO EJECUTIVO NACIONAL - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. -\nPANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, 3 DE MAYO DE 1999.","ini":8743,"fin":8849}
{"id":"ley-1999-8.p57","orden":57,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ERNESTO PEREZ BALLADARES\nPRESIDENTE DE LA REPUBLICA","ini":8851,"fin":8902}
{"id":"ley-1999-8.p58","orden":58,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"JORGE EDUARDO RITTER\nMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES","ini":8904,"fin":8958}
{"id":"ley-1999-8.p59","orden":59,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASAMBLEA NACIONAL, REPUBLICA DE PANAMA\n'4","ini":8960,"fin":9001}
{"id":"ley-1999-8.p60","orden":60,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACURD ENRE LA RBPUBLlCA DB PAN Y BL RBINO DB BSPAÑ\nSOBRB COOPBRACION BN MATBRIA DS PRBVBCION DBL CONSUM\nL\n....~...\ny CONTROL DRL TRAICO ILICITO DB BSTUPRPACIBNS y\n...~ SUSTANCIAS PSICOOPlCA","ini":9003,"fin":9192}
{"id":"ley-1999-8.p61","orden":61,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":":1\nLa República de panamá y el Rei~ de Espana, en adelante\n-'~\n~\n.. denominadas las Partes Contratantes,\n~","ini":9194,"fin":9300}
{"id":"ley-1999-8.p62","orden":62,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":".,\n.!-,\nCONSCIENTES de que la cooperación bilateral resulta\nfundamental para hacer frente a los problemas derivados del uso\nindebido y el tráfico illcito de drogas,\n\"~\n\"l\n,-\nTENIENDO en cuenta las recomendaciones contenidas en la\nConvención de las Naciones unidas Contra el Trâfico Ilícito de\nEstupefacientes y Sustancias Psicotr6picas, hecha en viena el 20 de\ndiciembre de 1988,","ini":9302,"fin":9681}
{"id":"ley-1999-8.p63","orden":63,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DESEA cooperar mediante un Acuerdo Bilateral al obj eti va\nmundial de la prevención, control y eliminación del uso indebido y\nel trâfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrOpicas,","ini":9683,"fin":9874}
{"id":"ley-1999-8.p64","orden":64,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACURD LO SIGUIBNB:","ini":9876,"fin":9894}
{"id":"ley-1999-8.p65","orden":65,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICUO PRIMBRO\nLa cooperación en materia de prevención del consumo y control\ndel tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotr6picas\nse llevará a cabo:","ini":9896,"fin":10058}
{"id":"ley-1999-8.p66","orden":66,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Mediante el establecimiento de un intercamio\npermnente de informción y documentación.","ini":10060,"fin":10148}
{"id":"ley-1999-8.p67","orden":67,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Mediante la elaboración de proyectos y programs.","ini":10150,"fin":10201}
{"id":"ley-1999-8.p68","orden":68,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Mediante la asistencia técnica y científica en la\nrealización de todos 108 proyectos y programs.","ini":10203,"fin":10302}
{"id":"ley-1999-8.p69","orden":69,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICUO SKGU\nLas materias en las que se desarrollará la cooperación en\nmateria de prevención del consumo y control del tráfico ilícito de\nestupefacientes y sustancias psicotrópicas serán:\n... -","ini":10304,"fin":10497}
{"id":"ley-1999-8.p70","orden":70,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"A. En materia de Prevenci6n:","ini":10499,"fin":10527}
{"id":"ley-1999-8.p71","orden":71,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) El intercamio de propuestas para el desarrollo de\nprograms experimentales.\n-2-\nb) Selección de programas prioritarios en el campo de\nla prevención.","ini":10529,"fin":10679}
{"id":"ley-1999-8.p72","orden":72,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Elaboración de programas generales de promoción de\nla salud y educación para el bienestar de los ciudadanos y\nespecialmente de la juventud.","ini":10681,"fin":10823}
{"id":"ley-1999-8.p73","orden":73,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"B. Bn materia socio-sanitaria:","ini":10825,"fin":10855}
{"id":"ley-1999-8.p74","orden":74,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Diseno del papel de los distintos servicios\nterapéuticos en la oferta asistencial y necesidades que se derivan\nde los mismos (servicios de des intoxicación, centros amulatorios,\ncentros de día, comunidades terapéuticas, etc...)","ini":10857,"fin":11087}
{"id":"ley-1999-8.p75","orden":75,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Tipologia de centros y servicios asistenciales.","ini":11089,"fin":11139}
{"id":"ley-1999-8.p76","orden":76,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Estudio y evaluación de programas experimentales\npara un enfoque integral de la atención a toxicómanos.","ini":11141,"fin":11247}
{"id":"ley-1999-8.p77","orden":77,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Elaboración de programs experimentales de\ndeshabituación.","ini":11249,"fin":11309}
{"id":"ley-1999-8.p78","orden":78,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"C . Bn materia de reinserci6n 8ocial:","ini":11311,"fin":11348}
{"id":"ley-1999-8.p79","orden":79,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) estudio y elaboración de proyectos de\nsensibilización de la comunidad con el obj eto de apoyar la\nreinserción de los toxicómanos.","ini":11350,"fin":11482}
{"id":"ley-1999-8.p80","orden":80,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"D. Bn materia legislativa:\na) Estudio de proyectos de leyes y de otros\ninstruntos normtivos.","ini":11484,"fin":11576}
{"id":"ley-1999-8.p81","orden":81,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"E. Bn materia de lucha contra el tráfico illci to de drogas: ,","ini":11578,"fin":11640}
{"id":"ley-1999-8.p82","orden":82,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La cooperaci6n en la lucha contra el tráfico ilícito de\nestupefacientes y de sustancias psicotr6picas se efectuará, en el\nmarcQ. de la seguridad y en el ámito aduanero, dentro de las\ncompetencias de las respectivas Administraciones de acuerdo con su\nlegislaci6n interna mediante:\n~'-\n-3-\na) El intercamio de informción, publicaciones y datos\nestadisticos respecto al tráfico ilícito de drogas y sustancias\npsicotrópicas.\nb) El intercamio peri6dico de informción operativa de\ninterés mutuo, respecto a hechos concretos, acontecimientos y\npersonas, presuntamente involucradas en el tráfico ilícito de\ndrogas y sustancias psicotr6picas, asi como del blanqueo de\ncapitales procedentes de dicho trAfico.","ini":11642,"fin":12340}
{"id":"ley-1999-8.p83","orden":83,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"e) El intercamio de informción sobre los medios de\ntransporte, cargas, envío por correo y otros medios y sobre las\nrutas y têcnicas utilizadas para el tráfico ilícito de drogas en\ntránsito a travês del territorio de un de las Partes, con destino\nfinal a cualquiera de ellas.","ini":12342,"fin":12616}
{"id":"ley-1999-8.p84","orden":84,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Apoyo têcnico mediante el intercamio de\nprofesionales para mej orar su for.ci6n.","ini":12618,"fin":12701}
{"id":"ley-1999-8.p85","orden":85,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"e) Facilitación de medios materiales y de todo tipo\npara mejorar la operatividad y la eficacia de los profesionales y\ntêcnicos .\n\\.\nARTICt TRRCBRO","ini":12703,"fin":12849}
{"id":"ley-1999-8.p86","orden":86,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Los intercamios de informci6n y des aspectos antes\nsenalados entre las Partes Contratantes, se hará a través de los\n.\n'- 6rganos administrativos responsables en materia de drogas de amos\npaises, baj o las directrices de la Comsi6n Mixta a que se refiere\nel Articulo Quinto.","ini":12851,"fin":13124}
{"id":"ley-1999-8.p87","orden":87,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARICU ct'l\nLas autoridades cometentes de las dos Partes Contratantes\npodrân negociar y concluir los acuerdos administrativos y norms de\ndesarrollo necesarias para la aplicaci6n del presente Acuerdo.","ini":13126,"fin":13324}
{"id":"ley-1999-8.p88","orden":88,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"UTlCUO QUINT\n...\nPara la aplicaci6n del presente Acuerdo se crea una Comisi6n\nMixta Hispano-Panamefia integrada paritariamente por miemros\ndesignados por las autoridades cometentes de los dos países.\n-4-\nFormarán parte de la Comisión Mixta, por parte espanola,\nrepresentantes de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional\nsobre Drogas y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Espafia y, por","ini":13326,"fin":13722}
{"id":"ley-1999-8.p90","orden":90,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Exteriores, de la Procuraduría General de la Nación, de la Fiscalía\nEspecializada en Delitos Relacionados con Drogas y de la Secretaría\nEj ecuti va de la Comisión Nacional para el Estudio y la Prevención\nde los Delitos Relacionados con Drogas.","ini":13786,"fin":14029}
{"id":"ley-1999-8.p91","orden":91,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTI COO SBXTO","ini":14031,"fin":14045}
{"id":"ley-1999-8.p92","orden":92,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La Comisión Mixta tendrá, además de las que le concedan las\nautoridades competentes las siguientes funciones:","ini":14047,"fin":14156}
{"id":"ley-1999-8.p93","orden":93,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Servir de comunicación entre las autoridades\ncompetentes de amos paises en el âmi to de aplicación del presente\nAcuerdo.","ini":14158,"fin":14281}
{"id":"ley-1999-8.p94","orden":94,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Proponer a las autoridades competentes de amos\npaíses las condiciones de cooperación en la materia a que se\nrefiere el Articulo Segundo del presente Acuerdo.","ini":14283,"fin":14443}
{"id":"ley-1999-8.p95","orden":95,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Proponer a las autoridades competentes los acuerdos\nadministrativos y nonmas a que se refiere el Artículo Cuarto de\neste Acuerdo.","ini":14445,"fin":14577}
{"id":"ley-1999-8.p96","orden":96,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Realizs.r el seguimiento en la aplicaci6n de los\nprograms e intercamios previstos en el presente Acuerdo.","ini":14579,"fin":14687}
{"id":"ley-1999-8.p97","orden":97,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICU SBPTIH)","ini":14689,"fin":14703}
{"id":"ley-1999-8.p98","orden":98,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) La Comisi6n Mixta podrá constituir en su seno grupos\nde . trabaj o y podrá recabar la colaboración de cualquier otro\nDepartamento Ministerial susceptible de ayudarle en su labor, a\npropuesta de una de las Partes Contratantes.","ini":14705,"fin":14933}
{"id":"ley-1999-8.p99","orden":99,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Independientemente de las reuniones de los grupos de\ntrabajo, la Comisión Mixta se reunirá cuando lo solicite una de las\nPartes...Contratantes con dos meses de antelación a la fecha prevista\npara la reunión , salvo en casos extraordinarios que aconsej en su\ninmediata convocatoria para el análisis de los trabajos en curso,\ndefinición de orientaciones y evaluación de los resultados\nobtenidos en los diversos campos de actuación.\n-5-","ini":14935,"fin":15371}
{"id":"ley-1999-8.p100","orden":100,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICU OClAVO","ini":15373,"fin":15386}
{"id":"ley-1999-8.p101","orden":101,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El presente Acuerdo entrarâ en vigor sesenta días después del\ncanj e de notas en que las Partes Contratantes se den conocimiento\nrec1proco del cumplimiento de los requisitos previstos en sus\nrespectivas legislaciones internas.\nEl presente Acuerdo permnecerâ en vigor indefinidamente salvo\ndenuncia de una de las Partes, la cual será comunicada por vía\ndiplomática a la otra Parte con una antelaci6n de seis meses.","ini":15388,"fin":15801}
{"id":"ley-1999-8.p102","orden":102,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Hecho en Panamá, a trece de febrero de mil novecientos noventa y\n~' ocho, en dos ej emplares idénticos.","ini":15803,"fin":15906}
{"id":"ley-1999-8.p103","orden":103,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"POR LA RBPDLICA DB P.A POR BL UIRO DS BSPAN","ini":15908,"fin":15951}
{"id":"ley-1999-8.p104","orden":104,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"-\n-- .¿ lAS ARIA lPRN JaIA V:ILLAORGA CAOS\n~ni8tro Relaciones Secretario de Be tado para la\neriores Cooperación y para Iberoamrica\nL,","ini":15953,"fin":16086}
{"id":"ley-1999-8.p105","orden":105,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"...\n'4","ini":16088,"fin":16094}
{"id":"ley-1999-8.p106","orden":106,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACURD ENRE LA RBPUBLlCA DB PAN Y BL RBINO DB BSPAÑ\nSOBRB COOPBRACION BN MATBRIA DS PRBVBCION DBL CONSUM\nL\n....~...\ny CONTROL DRL TRAICO ILICITO DB BSTUPRPACIBNS y\n...~ SUSTANCIAS PSICOOPlCA","ini":16096,"fin":16285}
{"id":"ley-1999-8.p107","orden":107,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":":1\nLa República de panamá y el Rei~ de Espana, en adelante\n-'~\n~\n.. denominadas las Partes Contratantes,\n~","ini":16287,"fin":16393}
{"id":"ley-1999-8.p108","orden":108,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":".,\n.!-,\nCONSCIENTES de que la cooperación bilateral resulta\nfundamental para hacer frente a los problemas derivados del uso\nindebido y el tráfico illcito de drogas,\n\"~\n\"l\n,-\nTENIENDO en cuenta las recomendaciones contenidas en la\nConvención de las Naciones unidas Contra el Trâfico Ilícito de\nEstupefacientes y Sustancias Psicotr6picas, hecha en viena el 20 de\ndiciembre de 1988,","ini":16395,"fin":16774}
{"id":"ley-1999-8.p109","orden":109,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DESEA cooperar mediante un Acuerdo Bilateral al obj eti va\nmundial de la prevención, control y eliminación del uso indebido y\nel trâfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrOpicas,","ini":16776,"fin":16967}
{"id":"ley-1999-8.p110","orden":110,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ACURD LO SIGUIBNB:","ini":16969,"fin":16987}
{"id":"ley-1999-8.p111","orden":111,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICUO PRIMBRO\nLa cooperación en materia de prevención del consumo y control\ndel tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotr6picas\nse llevará a cabo:","ini":16989,"fin":17151}
{"id":"ley-1999-8.p112","orden":112,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Mediante el establecimiento de un intercamio\npermnente de informción y documentación.","ini":17153,"fin":17241}
{"id":"ley-1999-8.p113","orden":113,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Mediante la elaboración de proyectos y programs.","ini":17243,"fin":17294}
{"id":"ley-1999-8.p114","orden":114,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Mediante la asistencia técnica y científica en la\nrealización de todos 108 proyectos y programs.","ini":17296,"fin":17395}
{"id":"ley-1999-8.p115","orden":115,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICUO SKGU\nLas materias en las que se desarrollará la cooperación en\nmateria de prevención del consumo y control del tráfico ilícito de\nestupefacientes y sustancias psicotrópicas serán:\n... -","ini":17397,"fin":17590}
{"id":"ley-1999-8.p116","orden":116,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"A. En materia de Prevenci6n:","ini":17592,"fin":17620}
{"id":"ley-1999-8.p117","orden":117,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) El intercamio de propuestas para el desarrollo de\nprograms experimentales.\n-2-\nb) Selección de programas prioritarios en el campo de\nla prevención.","ini":17622,"fin":17772}
{"id":"ley-1999-8.p118","orden":118,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Elaboración de programas generales de promoción de\nla salud y educación para el bienestar de los ciudadanos y\nespecialmente de la juventud.","ini":17774,"fin":17916}
{"id":"ley-1999-8.p119","orden":119,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"B. Bn materia socio-sanitaria:","ini":17918,"fin":17948}
{"id":"ley-1999-8.p120","orden":120,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Diseno del papel de los distintos servicios\nterapéuticos en la oferta asistencial y necesidades que se derivan\nde los mismos (servicios de des intoxicación, centros amulatorios,\ncentros de día, comunidades terapéuticas, etc...)","ini":17950,"fin":18180}
{"id":"ley-1999-8.p121","orden":121,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Tipologia de centros y servicios asistenciales.","ini":18182,"fin":18232}
{"id":"ley-1999-8.p122","orden":122,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Estudio y evaluación de programas experimentales\npara un enfoque integral de la atención a toxicómanos.","ini":18234,"fin":18340}
{"id":"ley-1999-8.p123","orden":123,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Elaboración de programs experimentales de\ndeshabituación.","ini":18342,"fin":18402}
{"id":"ley-1999-8.p124","orden":124,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"C . Bn materia de reinserci6n 8ocial:","ini":18404,"fin":18441}
{"id":"ley-1999-8.p125","orden":125,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) estudio y elaboración de proyectos de\nsensibilización de la comunidad con el obj eto de apoyar la\nreinserción de los toxicómanos.","ini":18443,"fin":18575}
{"id":"ley-1999-8.p126","orden":126,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"D. Bn materia legislativa:\na) Estudio de proyectos de leyes y de otros\ninstruntos normtivos.","ini":18577,"fin":18669}
{"id":"ley-1999-8.p127","orden":127,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"E. Bn materia de lucha contra el tráfico illci to de drogas: ,","ini":18671,"fin":18733}
{"id":"ley-1999-8.p128","orden":128,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La cooperaci6n en la lucha contra el tráfico ilícito de\nestupefacientes y de sustancias psicotr6picas se efectuará, en el\nmarcQ. de la seguridad y en el ámito aduanero, dentro de las\ncompetencias de las respectivas Administraciones de acuerdo con su\nlegislaci6n interna mediante:\n~'-\n-3-\na) El intercamio de informción, publicaciones y datos\nestadisticos respecto al tráfico ilícito de drogas y sustancias\npsicotrópicas.\nb) El intercamio peri6dico de informción operativa de\ninterés mutuo, respecto a hechos concretos, acontecimientos y\npersonas, presuntamente involucradas en el tráfico ilícito de\ndrogas y sustancias psicotr6picas, asi como del blanqueo de\ncapitales procedentes de dicho trAfico.","ini":18735,"fin":19433}
{"id":"ley-1999-8.p129","orden":129,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"e) El intercamio de informción sobre los medios de\ntransporte, cargas, envío por correo y otros medios y sobre las\nrutas y têcnicas utilizadas para el tráfico ilícito de drogas en\ntránsito a travês del territorio de un de las Partes, con destino\nfinal a cualquiera de ellas.","ini":19435,"fin":19709}
{"id":"ley-1999-8.p130","orden":130,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Apoyo têcnico mediante el intercamio de\nprofesionales para mej orar su for.ci6n.","ini":19711,"fin":19794}
{"id":"ley-1999-8.p131","orden":131,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"e) Facilitación de medios materiales y de todo tipo\npara mejorar la operatividad y la eficacia de los profesionales y\ntêcnicos .\n\\.\nARTICt TRRCBRO","ini":19796,"fin":19942}
{"id":"ley-1999-8.p132","orden":132,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Los intercamios de informci6n y des aspectos antes\nsenalados entre las Partes Contratantes, se hará a través de los\n.\n'- 6rganos administrativos responsables en materia de drogas de amos\npaises, baj o las directrices de la Comsi6n Mixta a que se refiere\nel Articulo Quinto.","ini":19944,"fin":20217}
{"id":"ley-1999-8.p133","orden":133,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARICU ct'l\nLas autoridades cometentes de las dos Partes Contratantes\npodrân negociar y concluir los acuerdos administrativos y norms de\ndesarrollo necesarias para la aplicaci6n del presente Acuerdo.","ini":20219,"fin":20417}
{"id":"ley-1999-8.p134","orden":134,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"UTlCUO QUINT\n...\nPara la aplicaci6n del presente Acuerdo se crea una Comisi6n\nMixta Hispano-Panamefia integrada paritariamente por miemros\ndesignados por las autoridades cometentes de los dos países.\n-4-\nFormarán parte de la Comisión Mixta, por parte espanola,\nrepresentantes de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional\nsobre Drogas y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Espafia y, por","ini":20419,"fin":20815}
{"id":"ley-1999-8.p136","orden":136,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Exteriores, de la Procuraduría General de la Nación, de la Fiscalía\nEspecializada en Delitos Relacionados con Drogas y de la Secretaría\nEj ecuti va de la Comisión Nacional para el Estudio y la Prevención\nde los Delitos Relacionados con Drogas.","ini":20879,"fin":21122}
{"id":"ley-1999-8.p137","orden":137,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTI COO SBXTO","ini":21124,"fin":21138}
{"id":"ley-1999-8.p138","orden":138,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La Comisión Mixta tendrá, además de las que le concedan las\nautoridades competentes las siguientes funciones:","ini":21140,"fin":21249}
{"id":"ley-1999-8.p139","orden":139,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Servir de comunicación entre las autoridades\ncompetentes de amos paises en el âmi to de aplicación del presente\nAcuerdo.","ini":21251,"fin":21374}
{"id":"ley-1999-8.p140","orden":140,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Proponer a las autoridades competentes de amos\npaíses las condiciones de cooperación en la materia a que se\nrefiere el Articulo Segundo del presente Acuerdo.","ini":21376,"fin":21536}
{"id":"ley-1999-8.p141","orden":141,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c) Proponer a las autoridades competentes los acuerdos\nadministrativos y nonmas a que se refiere el Artículo Cuarto de\neste Acuerdo.","ini":21538,"fin":21670}
{"id":"ley-1999-8.p142","orden":142,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Realizs.r el seguimiento en la aplicaci6n de los\nprograms e intercamios previstos en el presente Acuerdo.","ini":21672,"fin":21780}
{"id":"ley-1999-8.p143","orden":143,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICU SBPTIH)","ini":21782,"fin":21796}
{"id":"ley-1999-8.p144","orden":144,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) La Comisi6n Mixta podrá constituir en su seno grupos\nde . trabaj o y podrá recabar la colaboración de cualquier otro\nDepartamento Ministerial susceptible de ayudarle en su labor, a\npropuesta de una de las Partes Contratantes.","ini":21798,"fin":22026}
{"id":"ley-1999-8.p145","orden":145,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Independientemente de las reuniones de los grupos de\ntrabajo, la Comisión Mixta se reunirá cuando lo solicite una de las\nPartes...Contratantes con dos meses de antelación a la fecha prevista\npara la reunión , salvo en casos extraordinarios que aconsej en su\ninmediata convocatoria para el análisis de los trabajos en curso,\ndefinición de orientaciones y evaluación de los resultados\nobtenidos en los diversos campos de actuación.\n-5-","ini":22028,"fin":22464}
{"id":"ley-1999-8.p146","orden":146,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICU OClAVO","ini":22466,"fin":22479}
{"id":"ley-1999-8.p147","orden":147,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El presente Acuerdo entrarâ en vigor sesenta días después del\ncanj e de notas en que las Partes Contratantes se den conocimiento\nrec1proco del cumplimiento de los requisitos previstos en sus\nrespectivas legislaciones internas.\nEl presente Acuerdo permnecerâ en vigor indefinidamente salvo\ndenuncia de una de las Partes, la cual será comunicada por vía\ndiplomática a la otra Parte con una antelaci6n de seis meses.","ini":22481,"fin":22894}
{"id":"ley-1999-8.p148","orden":148,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Hecho en Panamá, a trece de febrero de mil novecientos noventa y\n~' ocho, en dos ej emplares idénticos.","ini":22896,"fin":22999}
{"id":"ley-1999-8.p149","orden":149,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"POR LA RBPDLICA DB P.A POR BL UIRO DS BSPAN","ini":23001,"fin":23044}
{"id":"ley-1999-8.p150","orden":150,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"-\n-- .¿ lAS ARIA lPRN JaIA V:ILLAORGA CAOS\n~ni8tro Relaciones Secretario de Be tado para la\neriores Cooperación y para Iberoamrica\nL,","ini":23046,"fin":23179}
{"id":"ley-1999-8.p151","orden":151,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"...","ini":23181,"fin":23184}
{"id":"ley-1999-8.h1","orden":52,"tipo":"titulo","etiqueta":"COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.","contenido":"COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.","ini":8478,"fin":8501}
{"id":"ley-1999-8.h2","orden":89,"tipo":"titulo","etiqueta":"parte panamefia, representantes del Ministerio de Relaciones","contenido":"parte panamefia, representantes del Ministerio de Relaciones","ini":13724,"fin":13784}
{"id":"ley-1999-8.h3","orden":135,"tipo":"titulo","etiqueta":"parte panamefia, representantes del Ministerio de Relaciones","contenido":"parte panamefia, representantes del Ministerio de Relaciones","ini":20817,"fin":20877}
