Texto
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
12señales
4tipos presentes
5bloques señalados
346palabras · 41 oraciones
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
**Decreta:**
POR LA CUAL SE OTORGA PRIMERA OPCION DE COMPRA A ARRENDATARIOS DE VIVIENDAS REVERTIDAS HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1999.
**Artículo 1.** Se modifica el primer párrafo del , modificado por la , así:
**Artículo 43.** Los arrendatarios de viviendas revertidas, o por revertir hasta el 31 de diciembre de 1999, que según el Plan General puedan ser objeto de venta, tendrán la primera opción de compra sobre estos inmuebles, incluyendo los terrenos, los inmuebles sean para uso residencial y que no implique más de una vivienda por familia. Al establecer el precio de venta de las viviendas cuyos actuales ocupantes, arrendatarios de la Autoridad de la Región Interoceánica , opten por adquirir, prevalecer un criterio social.
**Artículo 2.** Se adiciona el a la , modificada por la , así:
**Artículo 43-A.** Los ocupantes de nacionalidad panameña, así como los cónyuges, hijas o hijos de ocupantes extranjeros de viviendas por revertir, administradas por la Comisión del Canal hasta el 31 de diciembre de 1999, que según el Plan General sean objeto de venta y que no estén comprometidas con la operación y funcionamiento del Canal, tendrán derecho a primera opción de compra de viviendas.
**Artículo 3.** La presente Ley adiciona el y modifica el primer párrafo del en la , modificada por , y deroga cualquier disposición que le sea contraria.
**Artículo 4.** Esta Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Aprobada en tercer debate, en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los 15 días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ El Presidente El Secretario General GERARDO GONZÁLEZ VERNAZA HARLEY J. MITCHELL D.
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. - PANAMÁ, REPUBLICA DE PANAMÁ, 30 DE JUNIO DE 1999.
ERNESTO PEREZ BALLADARES FERNANDO ARAMBURU PORRAS Presidente de la República Ministro de Economía y Finanzas
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Entra para ver tus avisos.