Legislación
Ley 49 de 1998.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
3 de 3 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↑ |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | El artículo 16 de la Ley 34 de 1949 queda así: | POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 16 DE LA LEY 34 DE 1949. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 62 |
| Artículo 2 | Esta Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación. | POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 16 DE LA LEY 34 DE 1949. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 73 |
| Artículo 16 | Es obligatorio para todas la plantas televisas y radioemisoras que funcionen en el territorio nacional, difundir en la letra y música el Himno Nacional, al ini… | POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 16 DE LA LEY 34 DE 1949. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1186 |
