Legislación
Ley 57 de 1996: Por la Cual Se Reforman Articulos de la Ley 17 de 1984.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
23 de 23 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos↑ | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | El literal e del artículo 25 de la Ley 17 de 1984 queda así: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 342 |
| Artículo 2 | El artículo 32 de la Ley 17 de 1984 queda así: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 62 |
| Artículo 32 | Los representantes ante los órganos colegiados de gobierno universitario, deben ser ciudadanos panameños y reunir los siguientes requisitos: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 773 |
| Artículo 3 | El artículo 35 de la Ley de 1984 queda así: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 59 |
| Artículo 35 | Los períodos de las principales autoridades universitarias serán los siguientes: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 963 |
| Artículo 4 | El artículo 36 de la Ley 17 de 1984 queda así: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 62 |
| Artículo 36 | El Rector es el representante legal de la Universidad Tecnológica de Panamá y será elegido mediante votación directa, secreta y ponderada por estudiantes, prof… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1161 |
| Artículo 5 | En literal c del artículo 40 de la Ley 17 de 1984 queda así: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 312 |
| Artículo 6 | El artículo 57 de la Ley de 1984 queda así: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 59 |
| Artículo 57 | El personal docente y de investigación de la Universidad Tecnológica de Panamá se divide en las siguientes categorías: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 869 |
| Artículo 7 | Los Decanos, Vicedecanos, Directores de Institutos Tecnológicos Regionales y los Centros Regionales serán elegidos por votación directa, secreta y ponderada, e… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 490 |
| Artículo 8 | La votación a la que se refieren los artículos 3 y 5 se realizará en las Facultades, Institutos Tecnológicos Regionales, Centros Regionales, Institutos y Centr… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 516 |
| Artículo 9 | Los totales generales que resulten del escrutinio de los votos en las elecciones de las autoridades universitarias serán ponderados de la siguiente manera: | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 953 |
| Artículo 10 | Para efectos del artículo anterior, cada Junta de Facultad, Junta de Centro Regional o Instituto Tecnológico Regional de esta Universidad, constituirá un jurad… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1030 |
| Artículo 11 | El cómputo y la ponderación final en las elecciones para escoger al Rector serán realizados por el gran jurado, integrado por un miembro de los jurados de elec… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 624 |
| Artículo 12 | Las elecciones de los Decanos y Directores de Centros Regionales serán organizadas por los jurados de cada Junta de Facultad y Juntas de Centros Regionales, qu… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 248 |
| Artículo 13 | Los candidatos recibirán una lista completa de los votantes, sean estos profesores, investigadores, estudiantes o administrativos, al inicio del proceso de ele… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 284 |
| Artículo 14 | El Rector de la Universidad Tecnológica de Panamá sólo podrá ser removido de cargo por el Consejo General Universitario, fundado en faltas establecidas en la L… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 382 |
| Artículo 15 | En toda elección de autoridades universitarias, los profesores votarán únicamente en su sede respectiva. | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 212 |
| Artículo 16 | Créase la Facultad de Ciencias y Tecnología, conformada inicialmente por los docentes que actualmente integran las áreas adscritas a la Vicerrectoría Académica… | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 322 |
| Artículo 17 | Créase la Vicerrectoría Administrativa de la Universidad Tecnológica de Panamá. | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 348 |
| Artículo 18 | Esta Ley modifica el literal e del artículo 25, los artículos 32, 35 y 36, el literal e del artículo 40 y el artículo 57; | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 345 |
| Artículo 19 | Esta Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación. | POR LA CUAL SE REFORMAN ARTICULOS DE LA LEY 17 DE 1984 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES (UNIVERSIDAD TECNOLOGICA). | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 74 |
