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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA **Decreta:**
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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
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1señal
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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA **Decreta:**
"POR LA CUAL LA ENSEÑANZA DE LA INFORMATICA EN LA EDUCACION FORMAL Y NO FORMAL, EN LA EDUCACION PRIMARIA Y MEDIA DEL PAIS".
**Artículo 1.** Establézcase la enseñanza de la informática en la educación formal y no formal del país, en la educación primaria y media.
**Artículo 2.** La enseñanza de los contenidos básicos de la informática formará parte integrada de los planes y programas de estudios aprobados por el Ministerio de Educación.
**Artículo 3.** La enseñanza de la informática en los centros educativos debe establecerse en forma progresiva, procurando que el beneficio alcance tanto a los planteles del área urbana como rural.
**Artículo 4.** Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.
novecientos noventa y uno.
CUMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
EL PRESIDENTE, Marco A. Ameglio Samudio
SECRETARIO GENERAL, Rubén Arosemena Valdés
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL -PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA- Panamá, República de Panamá, 28 de enero de 1992
GUILLERMO ENDARA GALIMANY Presidente de la República
MARCO A. ALARCON P. Ministro de Educación
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Dada en la ciudad de Panamá, a los 18 días del mes de diciembre de mil
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