POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL 1) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS;TipoLeyNúmero17Año1992Gaceta22082EmisorAsamblea NacionalArtículos3
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(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
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Oración 1· POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL 1) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· (EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMP…
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3señales
1tipo presente
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POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL 1) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
POR LA CUAL SE ADICIONA EL ) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
Artículo 1057-V
**Artículo 1057-V.** del Código
Fiscal".
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
**Decreta:**
Artículo 1
**Artículo 1.** Adiciónese el ) al parágrafo 8° del del Código
Fiscal así:
Parágrafo 8°. Están exentos de este Impuesto:…
1) Las importaciones y transferencias de libros y textos de cualquier género las
publicaciones y revistas educativa, cuadernos, lápices y demás artículos de exclusivo
uso escolar, que se ajusten al reglamento que, para tales efectos, dicte el Ministerio de
Hacienda y Tesoro en coordinación con el Ministerio de Educación.
Artículo 2
**Artículo 2.** Esta Ley empezará a regir a partir del 1° de enero de 1993.
COMUNIQUESE y PUBLIQUESE
Texto
noventa y dos.
Texto
MARCO A. AMEGLIO SAMUDIO
Presidente
RUBEN AROSEMENA VALDES
Secretario General
Texto
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.
Panamá República de Panamá, 15 de julio de 1992.
Texto
GUILLERMO ENDARA GALIMANY
Presidente de la República
MARIO J. GALINDO H.
Ministro de Hacienda y Tesoro
Texto
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Dada en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de junio de mil novecientos
Dada en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de junio de mil novecientos