POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL 1) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS;TipoLeyNúmero17Año1992Gaceta22082EmisorAsamblea NacionalArtículos3
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(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
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Oración 1· POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL 1) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· (EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMP…
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3señales
1tipo presente
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POR LA CUAL SE ADICIONA EL LITERAL 1) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
POR LA CUAL SE ADICIONA EL ) AL PARAGRAFO 8º DEL ARTICULO 1057-V DEL CODIGO FISCAL.(EXONERA DEL IMPUESTO ITBM, IMPORTACIONES Y TRANSFERENCIAS DE LIBROS Y TEXTOS, PUBLICACIONES EDUCATIVAS; CUADERNOS, ARTICULOS ESCOLARES).
**Artículo 1.** Adiciónese el ) al parágrafo 8° del del Código
Fiscal así:
Parágrafo 8°. Están exentos de este Impuesto:…
1) Las importaciones y transferencias de libros y textos de cualquier género las
publicaciones y revistas educativa, cuadernos, lápices y demás artículos de exclusivo
uso escolar, que se ajusten al reglamento que, para tales efectos, dicte el Ministerio de
Hacienda y Tesoro en coordinación con el Ministerio de Educación.
Artículo 2
**Artículo 2.** Esta Ley empezará a regir a partir del 1° de enero de 1993.
COMUNIQUESE y PUBLIQUESE
Texto
noventa y dos.
Texto
MARCO A. AMEGLIO SAMUDIO
Presidente
RUBEN AROSEMENA VALDES
Secretario General
Texto
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.
Panamá República de Panamá, 15 de julio de 1992.