"POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CONDECORACION JOSE DE LA CRUZ HERRERA, DESTINADA AL MAXIMO INDICE ACADEMICO DE LA GRADUACION ANUAL DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMA, DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA, DE LA UNIVERTipoLeyNúmero14Año1992Gaceta22080EmisorAsamblea NacionalArtículos4
**Artículo 2.** La condecoración JOSE DE LA CRUZ HERRERA consiste en una medalla de oro de 18 quilates y 40 milímetros de diámetro que lleva al anverso la efigie del Doctor José de la Cruz Herrera, en alto relieve, alrededor de la cual ha de aparecer la leyenda "José de la Cruz Herrera, educador, filósofo, humanista"; y al reverso, en alto relieve, la leyenda "José de la Cruz Herrera, Garachiné 1876 -Buenos Aires 1961"-, con espacio para grabar el nombre del universitario condecorado, de la universidad respectiva y el año de la graduación.
**Artículo 5.** Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.
COMUNIQUESE y PUBLIQUESE Dada en la ciudad de Panamá a los 4 días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos
MARCO AMEGLIO SAMUDIO Presidente
RUBEN AROSEMENA VALDES Secretario General
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL DE LA REPÚBLIC A DE PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ. 13 de junio de 1992.
GUILLERMO ENDARA, GALIMANY Presidente de la República
MARCO A. ALARCON Ministro de Educación
ASAMBLEA LEGISLATIVA, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Comunidad · Norma
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