Por la cual se crean dos (2) Juzgados de Tránsito adicionales en el Distrito de Panamá y uno (1) en el Distrito de San MiguelitoTipoLeyNúmero12Año1992Fecha30 jun 1992Gaceta22073EmisorAsamblea NacionalArtículos5
**Artículo 1.** Créanse dos (2) Juzgados de Tránsito adicionales en el Distrito de Panamá, a saber 3ro. y 4to.; y uno (1), en el Distrito de San Miguelito.
**Artículo 3.** Los gastos de cualquier índole en que se incurra por razón de la creación y funcionamiento de los nuevos Juzgados de Tránsito, serán cargados al Presupuesto General del año correspondiente al Ministerio del cual dependen. El Órgano Ejecutivo se encargará de proveer, a través de la correspondiente transferencia, la partida requerida que fuere necesaria.
**Artículo 4.** Esta Ley subroga el Artículo 1 de la Ley Nº 54 de Ley Nº 6 de diciembre de 1961, y adiciona el Artículo 1 de la Ley Nº 27 de 11 de septiembre de 1979.
**Artículo 5.** Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.
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