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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
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LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
**Decreta:**
POR LA CUAL SE DEROGA LA , QUE CREA Y REGLAMENTA LA CARRERA SANITARIA Y EL ESCALAFON SANITARIO Y SE NOMBRA UNA COMISION PARA QUE ESTUDIE Y ELABORE REFORMAS AL CODIGO SANITARIO.
**Artículo 1.** Derogase la Ley No. 15 de 4 de septiembre de 1984 Por la cual se crea y reglamenta la Carrera Sanitaria y el Escalafón Sanitario.
**Artículo 2.** Las personas amparadas bajo la Ley No. 15 de 4 de septiembre de 1984 se regirán por las disposiciones que establece el Código Sanitario mediante Ley No. 66 de 10 de noviembre de 1947.
**Artículo 3.** Créase una Comisión que estudie y elabore reformas al Código Sanitario y la cual estará integrada conforme a lo que determine la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social de la Asamblea Legislativa.
**Artículo 4.** Esta Ley deroga la y cualquier otra disposición que le sea contraria.
**Artículo 5.** Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
novecientos noventa.
ALONSO FERNANDEZ GUARDIA RUBEN AROSEMENA VALDES Presidente Secretario General
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL – PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Panamá, República de Panamá, 28 de diciembre de 1990
GUILLERMO ENDARA GALIMANY JOSE TRINIDAD CASTILLERO V Presidente de la República Ministro de Salud
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Dada en la ciudad de Panamá, a los 26 días del mes de diciembre de mil
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