POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 13 DE LA LEY Nº11 DE 8 DE JUNIO DE 1981. (LA CUAL REORGANIZA LA UNIVERSIDAD DE PANAMA)TipoLeyNúmero14Año1983Gaceta20122EmisorAsamblea NacionalArtículos3
**Artículo 1.** El numeral 11 del Artículo 13 de la Ley 11 de 8 de junio de 1981 quedará
así:
“11. Crear, suprimir, modificar y refundir, a propuesta del Rector o por
iniciativa propia, las Facultades, Escuelas, Departamentos Académicos, Centros
Regionales Universitarios en cada provincia y demás dependencias u organismos
académicos o de investigación que estime conveniente, tomando en cuenta las
necesidades del país y los fines de la Universidad de Panamá, de acuerdo con las
directrices generales emanadas del Consejo General Universitario”.
**Artículo 2.** Esta ley regirá a partir de su promulgación.
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