POR LA CUAL SE CREA LA CONDECORACION NACIONAL "ORDEN GENERAL DE DIVISION OMAR TORRIJOS HERRERA" Y SE DAN FACULTADES AL ORGANO EJECUTIVO PARA REGLAMENTARLATipoLeyNúmero23Año1982Gaceta19714EmisorAsamblea NacionalArtículos5
**Artículo 1.** Créase la Condecoración Nacional “Orden General de División
Omar Torrijos Herrera”, la cual otorgará el Órgano Ejecutivo por conducto de los
Ministerios de Gobierno y Justicia y de Relaciones Exteriores, tanto a nacionales
como a extranjeros, que se distingan o se hayan distinguido por eminentes
servicios prestados a la Patria, por virtudes cívicas, o por notorios méritos de
carácter científico literario, artístico, humanitario, así como por actos heróicos y de
reconocimiento a su distinguida actuación militar
**Artículo 3.** La Condecoración creada por esta Ley constara tanto de
Grados Civiles como Militares.
En si otorgamiento civil constará de los siguientes grados.
1\. Gran Cruz Extraordinaria
2\. Gran Cruz
3\. Encomienda con Placa
4\. Comendador
En su otorgamiento militar constará de los siguientes Grados.
1\. Gran Cruz de Oficial
2\. Gran Cruz de Plata
3\. Caballero
**Artículo 4.** El Órgano Ejecutivo reglamentará y confeccionará la
Condecoración Nacional de la Orden General de División Omar Torrijos Herrera,
tanto en sus Grados civiles como militares.
**Artículo 5.** Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.
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