Legislación
Ley 38 de 1979: Otorga derecho a los servidores públicos del Ferrocarril de Panamá.
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16 de 16 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Los servidores públicos empleados por la Autoridad del Canal de Panamá, para desempeñar funciones en el Ferrocarril de Panamá, podrán constituirse en sindicato… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 369 |
| Artículo 2 | Todo servidor público empleado con carácter permanente para desempeñar labores en el Ferrocarril de Panamá, tiene derecho de afiliarse al sindicato. | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 164 |
| Artículo 3 | La Autoridad del Canal de Panamá, no podrá celebrar convención colectiva de trabajo o negociar pliegos de peticiones salariales con los trabajadores del Ferroc… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 439 |
| Artículo 4 | Los conflictos colectivos o de intereses que surjan corno consecuencia de la relación laboral con la Autoridad del Canal de Panamá se ajustarán a los procedimi… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1728 |
| Artículo 5 | La huelga se regirá por lo que disponen las leyes laborales vigentes, en todo lo que no sea contrario a la letra o espíritu de la presente Ley. | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 159 |
| Artículo 6 | El Tribunal de Arbitraje estará formado por tres (3) ciudadanos designados por el Director General de Trabajo y propuesto de la manera siguiente: | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 301 |
| Artículo 7 | Dentro de los dos (2) días siguientes a la petición del Tribunal de Arbitraje, las partes deberán escoger sus representantes ante dicho organismo. | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 162 |
| Artículo 8 | Si los representantes de las partes ante el Tribunal de Arbitraje no se ponen de acuerdo para proponer al tercer miembro en un plazo de dos (2) días, se solici… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 481 |
| Artículo 9 | No pueden ser miembros del Tribunal de Arbitraje, los que tienen impedimentos legales, o los que directa o indirectamente hubieren intervenido en representació… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 336 |
| Artículo 10 | Los árbitros deben ser personas que conozcan los problemas económicos, sociales y especia! mente, las condiciones de trabajo en la actividad ferroviaria. | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 170 |
| Artículo 11 | El Tribunal de Arbitraje actuará sin estar sujeto a formas legales de ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O. 18927 procedimientos en la recepción de las p… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 468 |
| Artículo 12 | El Tribunal de Arbitraje funcionará con la asistencia indispensable de todos sus miembros. | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 277 |
| Artículo 13 | Dentro de los dos (2) días siguientes a la toma de posesión del tercer miembro, el Tribunal señalará fecha y hora para oír a las partes, enterarse de los detal… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 301 |
| Artículo 14 | Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la última audiencia con las partes, el Tribunal dictará el fallo, que será inapelable y de obligatorio cumpli… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 413 |
| Artículo 15 | Para los efectos de los casos que no puedan resolverse por las disposiciones contenidas en esta ley, se aplicarán supletoriamente los libros IV y V del Código… | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 |
| Artículo 16 | La presente ley regir a partir del lº de octubre de 1979 COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. | POR LA CUAL SE OTORGA DERECHOS A LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL FERROCARRIL DE PANAMA PARA CONSTITUIR UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 100 |
