Legislación Ley 50 Vigente
Ley 50 de 1978
SE MODIFICA EL ARTICULO 1083-A (LOS CONSULES PRIVATIVOS DE LA MARINA MERCANTE QUEDAN FACULTADOS PARA RECIBIR Y TRAMITAR SOLICITUDES DE INSCRIPCION PRELIMINAR DE LOS TITULOS DE LA PROPIEDAD DE LAS NAVE TipoLeyNúmero50Año1978Gaceta18661EmisorAsamblea NacionalArtículos2Derecho Maritimo
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