Texto
**Decreta:**
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Decreta:**
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8señales
4tipos presentes
3bloques señalados
341palabras · 41 oraciones
**Decreta:**
MEDIANTE LA CUAL SE OTORGAN INCENTIVOS A LA CAPITALIZACION DE UTILIDADES RETENIDAS.
**Artículo 1.** Las sociedades que capitalicen utilidades retenida que tengas n el último período fiscal anterior a la promulgación de la presente ley, pagarán únicamente en concepto del impuesto de dividen a que se refiere el literal a) del del Código Fiscal, el 1% la capitalización se realice en un término no superior a nueve meses, contados a partir de la fecha de esta Ley. A pago no se le acreditar el impuesto complemento causado y pagado.
**Artículo 2.** Las sociedades que se hayan acogido a los beneficios expresados en el artículo anterior, perderán el derecho a y , por lo tanto, completar el pago del 10% de impuesto de dividendo sobre las utilidades capitalizadas bajo el amparo de esta Ley, más los intereses y recargos que procedieran en cualquiera de los siguientes casos: a) Si los accionistas no cancelan préstamos pendientes que tengan con la sociedad dentro de nueve (9) meses a partir de la vigencia de esta Ley. b) Si la empresa otorga préstamos a sus accionistas dentro de un plazo de dos (2) años, contados a partir de la vigencia de esta Ley, y c) Si la sociedad adquiriere acciones de los accionistas antes de los dos (2) años, contados a partir de la vigencia de esta Ley. ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ G.O. 18244
**Artículo 3.** Las sociedades que emitan acciones al portador, y que otorguen préstamos, no se acoger a los beneficios de la presente Ley, el otorgamiento de préstamos constituya su giro o tráfico principal.
**Artículo 4.** Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
novecientos setenta y seis.
DEMETRIO B. LAKAS Presidente de la República
GERARDO GONAZALEZ V. Vicepresidente de la República
FERNANDO GONZALEZ Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos
ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ
Dada en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de diciembre de mil
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