Artículo 1Deróganse los artículos 2º, 3º, y 4º de la Ley 1ª. De 3 de enero deLeer +
**Artículo 1.** Deróganse los artículos 2º, 3º, y 4º de la Ley 1ª. De 3 de enero de 1949.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Esta Ley entrará a regir a partir de su promulgación.Leer +
**Artículo 2.** Esta Ley entrará a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE:
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