MODIFICA LA LEY 104 DE 30 DE DICIEMBRE DE 1974. (POR LA CUAL SE ESTABLECE UN IMPUESTO (5%) DE LOS PREMIOS PAGADOS POR LOS BINGOS NACIONALES Y EL HIPODROMO PRESIDENTE REMON Y EN LOS JUEGOS DE SUERTE YTipoLeyNúmero22Año1975Gaceta18013EmisorAsamblea NacionalArtículos3
**Artículo 1.** El Artículo 1º de la Ley 104 de 30 de diciembre de 1974, quedará así:
“ARTÍCULO 1º : Establécese un impuesto único equivalente al cinco por
ciento (5%) de los premiso pagados por los Bingos Nacionales y el
Hipódromo Presidente Remón, en los juegos de suerte y azar permitidos
por la Ley.”
**Artículo 2.** El Artículo 3º de la Ley 104 de 30 de diciembre de 1974, quedará así:
“ARTÍCULO 3º: El impuesto causado será retenido por las
dependencias de la Junta de Control de Juegos, a saber: Los Bingos Nacionales y
el Hipódromo Presidente Remón, de acuerdo con los reglamentos que dicte la
Contraloría General de la República, de conformidad con lo que al efecto dispone
el Artículo 1048 del Código Fiscal.”
**Artículo 3.** Esta Ley es de interés social y surtirá efectos retroactivos a partir del
15 de enero de 1975.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
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