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DECRETA:
POR LA CUAL SE CREA UNA COMISION ENCARGADA DE REDACTAR EL CODIGO AGRARIO.
**Artículo 1.** El suplente del Ministro de Agri-cuitura, Comercio e Industri scrá el Viceministro de Agricultura. fo 1%—Todos los Sindicatos de Agricultores del país y las Sociedades Agrícolas de damente reconocidos y com su correspordi te personería jurídica, escorerán una Terna e tre ellos, de Principales y Suplentes. que sor terán al Organo Ejecutivo para escoger SS 5 presentantes, Principal y Suptente. COMERCIO E INDUSTRIAS . vor dos Ce motembre de MINISTERIO DE TRABAJO. PREVISION SOCIAL Y SALUD PUBLICA 7 TN y TUO de Ta de 2 de agoro de 15 de agosto de Decreto Ne 55. Asitos y Elicros 2%-Todas las Asociaciones Gana-escogerán de entre elias la terna y Suplentes que someterán al Or-escogimiento de los re-de la Aso- Parágrafo deras del país de Principales gano Ejecutivo para el presentantes, Principal y Suplente, ciación de Ganaderos.
**Artículo 3.** %—Todos los Sindicatos de agricultores y las sociedades de gamaderos debidamente constituidos y reconocidos por el Ministerio de Agricutura, Comercio e ind < tendrán derecho a hacerse representar en la Comisión hesta por tres miembros, pero miembros sólo tendrán derecho a voz.
**Artículo 4.** *—Corresponde yo hacer la designación de Comisión a que se refieren 29 del artículo segundo.
**Artículo 5.** %—Cada micembro de la Comisión devengará una remuneración de diez balboas, por cade una de las cuairo prímeras sesiones que se celebren durante el mes.
**Artículo 6.** —La Comisión se debe instalar a más tardar el primer día del mes inmediato a la sanción y promulgación de ley e infor-merá al Organo Ejecutivo periólicamente del progreso de sus labores.
**Artículo 77.** —La Comisión que durará en funciones por un año. presentará al cubo de éste o antes al Organo Ejecutivo los proyectos de Códigos » leres que haya pr
**Artículo 8.** %—Vóta Boas (B .1.000.00). puesto de Gastos para atender las erogaciones que causará la Comisión Cedificadiora.
**Artículo 99.** —Esta Ley entrará a regir desde s sanción.
El Presidente,
al Organo Ejecuti-los miembros de la los parigrafos 1 y
Pasio O7HON V.
El Secretario General. Fraicisco Bravo.
GACETA OFICIAL, JUEVES
10 DE DICIEMBRE DE 1959 N* 14.000
* Organo Ejecutivo Nacional.—República de Panamá.—Presidencia de la República.—Panamá, 24 de octubre de 1959.
Ejecútese y publíquese. ERNESTO DE LA GUARDIA JR.
El Ministro de Agricultura,
Comercio e Industrias,
VICTOR C. URRUTIA.
constar que el presente Decreto es efectivo a partir del día 1* de diciembre del corriente año 1959. Comuníquese y Publíquese. Dado en la Citidad de Panamá, a los 21 d mes de noviembre del año de mil noveciento: c.enta y mueve (1959).
ERNESTO DE LA GUARDIA JE.
El Ministro de Relaciones Exteriores, M.
del
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL
Ministerio de Relaciones Exteriores
NOMBRASE UNOS REPRESENTANTES
DECRETO NUMERO 289 (DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1959) por el cual se nombra al Representante Permanente de la República de Panamá ante la Organización de las Naciones Unidas,
El Presidente de la República, en uso de sus faeultades legal DECRETA: Artículo único: Némbrase a Su Excelencia el Doctor Jorge E. Hilueca, Repre tante Permanente de la República de Panamí ante la Org: nización de las Naciones U m> con eategoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en reemplazo de Su Excelencia Teniente Coronel Alejandro Remón C., quien renunció el cargo para aceptar el alto puesto de Contralor General de la República.. Parágrafo. Para los efectos Fi constar que el p te Decreto es tir_del día 1% de diciembre del c 1959. Comuniquese y Pulliqueso. _Dado en Puna viembre del af nueve (1959).
ERNESTC DE LA GUARDIA JR.
El Ministro de Relaciones Exteriores, M. J. MORENO, JR.
se hace
« los 19 días del mes mil moveci
mes de no-atos cincuenta y
DECRETO NUMERO 287
(DE 21 DE NOVIEMBRE 1959)
por el cual se nombre al Representante Adjunto
de la República de Panami ante la Organización de las Naciones Unidas.
El Presidente de la Repúllica,
en uso de sus facultades legales, DECRETA brase a Su Excelencia el an, Representante Ad-NÁ ante la Orgalsz< de Plenipotenciario, xcelencia el Doctor Jorge do ascendid
Para los efectos
Artículo único. _D Doctor Eduardo Ritte junto de la Repv zación de la Embajador en reemplazo de b_z E. Illueca, quien ha Parágralo.
les se hace
Ministerio de Hacienda y Tesoro
NOMBRAMIENTOS
DECRETO NUMERO 186 (DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1959) el cual se hace tin nombramiento.
El Presidente de la República, en uso de sus facultades legales, DECRETA: Articulo úni Hácesze el signiente nombra-onal, en el Ministerio de Hacien-
Nómbrase'a la señora Alda de Vargas, Oficial de 4* Categoría en el Despacho del Ministro, en reemplazo de Nelva C. leaza, quien re-nunció.
Parágrafo: Para los efectos fiscales este De-creto eomenzará a regir a partir de yla emg.mon que ecasione será Codificación número 0960101102 del Pre to de Gastos en Vigencia.
Comuníquese y publiquese,
Datde en la ciundud de Panamá. a los de días del mes de noviembre de mi! novecis cincuenta y mueve.
ERNESTO DE LA GUARDIA JR El Ministro de Hacienda y Tesuro,
por
por el cual se hace un nombramiento pm¡p“edad El Presidente de la República, en uso de sus facultades legales, DECRETA:
Artículo único: Hácese el Comisión Catast
guiente nombra-
en reemplazo de José R. Co Paríigrafo:
creto comenzar Comunia: y publiquese. Dado en la ciudad de Pana
del mes de noviembre de m y mueve.
ERNESTO DE LA GUARDIA JR. Ministro de Hacienda y Te
TO, NDO ELETA 4
Dada en la ciudad de Panamá, a los veinticuatro días del mes de oetubire de mil novecientos cincuenta y mueve.
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