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POR LA CUAL SE DICTAN MEDIDAS SOBRE LA GUARDIA NACIONAL.
**Artículo 19.** El Presidente de la República es el Jefe Supremo de la Guardia Nacional, Los Co-mandantes Jefes 19, 29 3 39 de la Guardia Nacional serán nombrados y removidos por el Presidente de la República conforme a lo establécido en el
**Artículo 144.** de la Constitución. Nacional.
**Artículo 2.** ? de la Guardia Nacional. + ta-el párrafo anterior, no causará interrupción en el tiempo de servicio prestado por el nombrado * para los efectos de la jubilación: . Los Comaridantes Jefes Jefes, Oficiales y miembros de la Guardía Nacional no participar por sí mismo o por interpuesta persona en la operación de actividades -comerciales-0 industriales, ni en la prestación de serv <ios con propósito de luero: ni participar.como rectores en sociedades » empresas mercantiles o industriales esas. actividades o servicios tengan relación directa o indirecta con el cargo que' se ejerza en la Guardia: Nacional o el ejercicio de cargo pueda ejercer influencia en el éxito-de tales actividades o servicios, Art.cuíoẠLos Comantalites Jefes. Jefes, Ofi- - ciales y Miembros de la Cuardia Nacional, mien. tras permanecen. en sus cargos, 10 podran pert: ñecer a partido político alguno ni pznac*par en República de Panamá.—Organo EjecutivoNacio- actividades políticas de ninguma clase. Tártipoco.. hacer declaraciones públicas de carácter político partidarista. Los Comandantes. Jefes, Jeres, Oficiales y Miembros de la Guardia Nacional no ejercerán coacción de ninguna índole sobre la. tropa al tiempo de emitir su voto en las elecciones nacionales. .
**Artículo 5.** % El servicio de los diferentes: Jé-fes de Zona y Jefes de Secciones de la:Guardia Nacional en los distintos prntos del paísse hará en regurosa rotación bienal, 'que se 1mcxara partir de 1959. .
**Artículo 69.** Esta Ley deroga todas las dispo:".: -siciones anteriores que le sean contrárias E
El Presidente,
ELIGIO CRESPO-V.
El Seeretario General,
Francisco. Br
nal.-—Presidencia de la Kepubhca ——Panamá 30 de noviembre de 1958.
Ejecútese y publíquese. ERNESTO DE LA GLARDÍA JR.
El Viceministro, Encargado del Ministerio de— E Gobierno y Justicia,
HUMBERTO F)A;mo.
ORGANO EJECUTIVO NACIONAL * -Ministerio de Gobierno y Justicia.
RECONOCBE DERECHO A JUBILACION A EX MIEMBRO DE LA GUARDIA NACIONAL
RESOLUCION NUMERO 128 -
República de Panamá ——Organo Ejecuti:
nal.—Ministerio de Gobierno y riamento de Gobierno”y Jus ción N9 128.—Panamá, noviembre 15 de 1957
El -Comandante Jefe de la- Guardia Necibral, -ha solicitado al Organo Ejecútivo. por ccm…nc—,—_
Dado en la ciudad de Panamá, a Jos veintiena-tro días del mes de noviembre de mil: novweútos cincuenta y ocho. -
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