POR LA CUAL SE ABRE UN CREDITO SUPLEMENTAL AL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA ACTUAL VIGENCIA.
**Artículo 1.** 2 del € T ("r..mpk'.o]ú Í eontenidas en tel Libm Quinto del GACETA OFICIAL, JUE 3 imputable al Mini sterio de Trabajo, Prex: Na- ión Social 5,000.00, m aud Pública, por la suma se B lante la reducción de la suma refe tículo 1388 del Presupuesto de ese misme Miníiste: si: Ejecútose y publiqueso. ERNESTO D£ LA GUARDEA JI El Mínistro de Hacienda y T. <iudad de Panimá, a los dieciveno $ del mes de diciembre de míil hovecientos cin. enenta y sieto, - El Presidente, Tm DIGGENES A. Pino, DEROGANSE ALGUNOS ARTICULOS DE UNA LEY Evencises Bruro. LEY STAE ÍDE ES DE DICIEA por la enab se ¿en Ley 25 de 17 sie monvvía mento y protee El Se trio General, República de Pana cional.—Presidencia bre de 1857 i—Orgamo Ej —Panami, 15 de diciem. artie I5, ecútese y publiquese, - rreras mucionales, ERNESTO DE LA GUARDEA JR a Aserntile a Narsinan? e Ponires yoe El Ministro de Hacienda y Tesnro. . CNNSIDERANDO: GILBERTO Añtis, Que es de mrrente MmEeTO eler cirbree «e los propres Presiident Eemósn REFORMASE UN ARTICULO DEL b a 7 de U CODIGO FISCAL torizmente la cantirlual MERO 56 verjudicaneo m Ey emmpatemela 5 D£ DICIEMBRE DE 1957) vor la cual se reforma el articulo STO del á T, biciones DECRETA - - 6, embra de Aetiento 19 Derdienemos h lde Púrimon DECRETA - Sóle se- vermitira | isfrados el m al mismo tiempo u ballos o í Carrenas elivsi Artíenlo detariós nodrá e en la fabricucie = que Producto de ella, entisará un impuesto. que s le Fabrica centésinmos — de balhoa [4:50 1 grado alcohótica. lo ww el fabricante sobre hi Productos que sé retíren d T los artieo T importado del mimo sa rtieulo 4 Todo aleohol y Y la manufac n impuesto de E Tenta y siete, El Presicdente, e imptresto serú pa <e Tiquiden los demás | alenhálic 2 Esta Le: después de sa prom Eració anam ¿le dictembre de mit 1 y siete, El Pr ente, E El Vinistro de Agrí as, Secretario Ceneral