POR LA CUAL SE ABREN DOS CREDITOS SUPLEMENTALES AL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA ACTUAL VIGENCIA.
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POR LA CUAL SE ABREN DOS CREDITOS SUPLEMENTALES AL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA ACTUAL VIGENCIA.
**Artículo 1.** Se abre un € La Asamblea Necional de Pensmá, CONSIDERANDO: Que el Ministro de Educación por medio de s nota 4868-A de 2 d: udle en curso, se dirigi D al Consejo de Gabinete solicitando la apertura d ._Para aumento de un Crédito Suplemental al Presupuesto de Gastos - sueldo a los Maestros y Profesoros de ese Ministerio, por la suma de B- 10,000.00 que desempeñen funciones admi-para reforzar el , destinado al pago - nistrativas en el Ramo de Educa-de los aumentos de suelda de los Profesores y €l .. .. ... en B 16,000.00 Maestros que desempeñan funciones Administra- — Artícile 29 97 aber an Crédit» Supiemen-tivas en el Ministerio de Educación; tal al Presupuesio de Gastos de la actual vigen- 10,000.00 que se solicitan serían transferidos las siguientes partidas del que cuenta con un seldo de | Del Artíenlo 6% B 1, D/. 18,626.80; Articulo Que se han_ c de B 1O 000.00, para reforzar el nte la reduce a en el del mismo Presupuesto, así: 0.00 para acroditar al 7 B-. 1.500.00 para acreditar al 99 B- 2,000.00 para acreditar al B- 5,000.00 udad de Panamá. a los veintiso e noviembre de mil novecientos cin- el Canttnlo IT Sel Tindo $E del Linre Quinto del Código Fiscal: Que el Consejo de Gabinete en «« el día 15 del corriente, autori Hacienda y Tesoro para qte pr blen Nación ecto de cual se vote el Crédito Suplem cado: ión colebrada A. PNO F. Frascisco Breva. Repúllica cional — Na-diciembre ualmente se haco necesario reforzar los o la Asam. - para stende S5y publiquase ERNESTO DE GUARDIA JR al L
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