**Artículo 39.** édito Extraordinario por la suma de sesenta mil balbozs (B -60,006.00)
imputables al Presupuesto de Custos de 1956, ara dar cumplimiento a Jas orogaciones que deman.
da el cumplimiento de la presente Ley.
**Artículo 49.** Queda derogada toda disposición fgal que se oponya a lo dispuesto en la presente ev.
Artícula 59 Ley entrará en vigencia desde 5u sanción,
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