{"meta":{"recurso":"norma/ley-1954-39","mirada":"publico","filas":26,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"ley-1954-39.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CONSIDERANDO :\nQue el Ordinal 5? del Artículo 13 de la Ley 33\nde 1946 dice:","ini":99,"fin":174}
{"id":"ley-1954-39.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"“La jurisdicción contencioso-administrativa\ntiene por objeto revisar los actos, resoluciones,\núrdenes o disposiciones de todos los funcionarios\nMacionales, provinciales y municipales y de las\nantidades públicas autónomas y semiautónomas;\nn el ejercicio de sus funciones o con pretexto de\nmjercerlas.","ini":176,"fin":475}
{"id":"ley-1954-39.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"En consecuencia, el Tribunal de lo Contenciom-Administrativo cónocerá, en materia administrativa, de lo siguiente:","ini":477,"fin":591}
{"id":"ley-1954-39.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"5% De las apelaciones, excepciones, tercerías","ini":593,"fin":638}
{"id":"ley-1954-39.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"o cualquier incidente en los juicios por jurisdicn coactiva;\nQue el Tribunal de lo Contencioso-Administra..\n0 con base en dicho precepto ha venido tramitando todas las apelaciones, excepciones, terce.\nrías e incidentes en los juicios por jurisdicción\nenactiva,","ini":640,"fin":900}
{"id":"ley-1954-39.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el Ordinal 59 del Aparte d) del Artículo\n164 de la Ley 61 de 1946 dispone:","ini":902,"fin":980}
{"id":"ley-1954-39.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"“Artículo 164. Son atribuciones de los Jueces\nde Circuito en primera instanci;","ini":982,"fin":1060}
{"id":"ley-1954-39.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"d) Los procedimientos especiales que versen\nmobre las siguientes materia:","ini":1062,"fin":1135}
{"id":"ley-1954-39.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"59 Incidentes, -excepciones y tercerías que se\npropongan en los juicios seguidos por jurisdicción\nevactiva, según la cuantía;","ini":1137,"fin":1262}
{"id":"ley-1954-39.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que dichos preceptos han ereado u conflicto\nlegal que debe decidi de una manera definitiva mediante una Ley que determine la compe-\nSencia del Tribunal, llamado a fallar cuestiones\ninterés del fisto y de los contribuyentes,","ini":1264,"fin":1487}
{"id":"ley-1954-39.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DECRETA:","ini":1489,"fin":1497}
{"id":"ley-1954-39.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS JUICIOS EJECUTIVOS POR JURISDICCION COACTIVA.","contenido":"POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS JUICIOS EJECUTIVOS POR JURISDICCION COACTIVA.","ini":0,"fin":97}
{"id":"ley-1954-39.a19","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 19","contenido":"**Artículo 19.** Derógase en todas sus partes el Ordinal 59 del Aparte d) del Artículo 164 de la Ley 61 de 1946.\n\nm -- —","ini":1499,"fin":1619}
{"id":"ley-1954-39.a29","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 29","contenido":"**Artículo 29.** Mantiénese en vigencia el Ordi-Tal 5? del Artículo 13, de la Ley 33 de 1946, que dice así\n\nOrdinal 59 del Artículo 13 de la Ley 33 de 1946.\nLa jurisdicción contencioso-administrativa tiene por: objeto revisar los actos, resoluciones, órdenes 9 disposiciones de todos los funcionarios nacionales, provinciales y municipales y de las entidades públicas autónomas o semiautónomas, en el ejer-xcicio de sus funciones o con pretexto de ejercer-as.\n\nEn consecuencia, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo conocerá, en materia administrativa, de lo siguiente:\n\n5% De las apelaciones, excepeiones, tercerías o cualquier incidente en los juicios por jurísdicción coactiva,","ini":1621,"fin":2308}
{"id":"ley-1954-39.a39","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 39","contenido":"**Artículo 39.** El Artículo 165 de la Ley 61 de 1946, quedará así:","ini":2310,"fin":2377}
{"id":"ley-1954-39.a165","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 165","contenido":"**Artículo 165.** Los Jueces de Cireuito conoce-rán en segunda instancia de los negocios en que hayan conocido los Jueces Municipales, cuendo éstos admitan recurso de apelación o de hecho, o consulta.\n\nEn los Circuitos en donde funcionen los Tribunales de Apelaciones y Consultas de que trata el","ini":2379,"fin":2674}
{"id":"ley-1954-39.p18","orden":18,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"dichos Tribunales el conocimiento de esos negocios en segunda instancia.","ini":2723,"fin":2795}
{"id":"ley-1954-39.h1","orden":17,"tipo":"titulo","etiqueta":"Título Séptimo de este Libro, corresponderá a","contenido":"Título Séptimo de este Libro, corresponderá a","ini":2676,"fin":2721}
{"id":"ley-1954-39.a49","orden":19,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 49","contenido":"**Artículo 49.** Derógase toda disposición que sea contraria a la presente Ley.","ini":2797,"fin":2876}
{"id":"ley-1954-39.a5","orden":20,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** % Esta Ley comenzará a regir desde su sanción.","ini":2878,"fin":2940}
{"id":"ley-1954-39.p22","orden":22,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El Presidente,","ini":3053,"fin":3067}
{"id":"ley-1954-39.p23","orden":23,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIOGENES A. PINO.","ini":3069,"fin":3086}
{"id":"ley-1954-39.p24","orden":24,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"El Secretario General, G. Sierra Gutiérrez.\nRepública de Panamá.—Organo Ejecutivo Nacional.—Presidencia.—Panamá, 17 de Noviembro de 1954.\nEjecíitos","ini":3088,"fin":3235}
{"id":"ley-1954-39.p25","orden":25,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"nuese.","ini":3237,"fin":3243}
{"id":"ley-1954-39.p26","orden":26,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"pl JOSE A. REMON C","ini":3245,"fin":3263}
{"id":"ley-1954-39.h2","orden":21,"tipo":"titulo","etiqueta":"Dado en la ciudad de Panamá, a los dieciseis días del mes de Noviembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.","contenido":"Dado en la ciudad de Panamá, a los dieciseis días del mes de Noviembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.","ini":2942,"fin":3051}
