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{"id":"ley-1936-38.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"POR LA CUAL SE HONRA  LA MEMORIA DE LOS CONVENCIONALES DR. BERNARDO ERNESTO  FABREGA Y DON DEMETRIO H. BRID.","contenido":"POR LA CUAL SE HONRA  LA MEMORIA DE LOS CONVENCIONALES DR. BERNARDO ERNESTO  FABREGA Y DON DEMETRIO H. BRID.","ini":0,"fin":108}
{"id":"ley-1936-38.a1","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Desde la vigencia de la presente Ley se n en la República todos los juegor de suerte y\n\npor tales aquellos en que el do adverso o favorable dependa más de la suerte o el azar que del ralento o babílidad del Jugador, También ser permitidos cualesquiera otros juegos 20 comprendidos en terior y toda clase de espectáculos que no pus-mbres en Jebren\n\nnen con\n\nSe excluyen — expresamente aquellos triunfe, la suerte a premio sean indice alegorías, charadas, pas o s\n\nualquier naturale\n\nspués\n\ne todos\n\ncogido por el voncesienario\n\nlas Escurias\n\ncuando que el iuga coscientos metros d\n\nHosyH\n\n) Que en tales centros de juegos no se admitan m nores de edad, miembros de la Políe onal que 10\n\n<can los indispensables vera etardar el orden, hi los empleados de manejo en el Gubierno, nf los individuos repor-conduta, las que <e encl en e tada puesto sobre la ando éste =e Menca po-co podrán ad 0s p e que e tengio w profesión u oficio conscido, ni milizare iformados residentes en el tersitorio de\n\nd) - Que el 0 los eoncesiona esentivo 0 hipotecaria de eimetier 050,00) en Panamá y Cclón:\nen las cabeceras de Provincias y en los demás Distritos de la Rept y vía de multa en caso de rescisión adm tos\n\n50\n2.000.00)\n1.500.003\n\nIe vil betboas (.\n\nD\n\nml halhons UB.\n\nñan\n\nque p\n\nEl pravonente tendrá que licer\n\ne)\nvalente al dies por cirnto\n\ncual perderá en caxo de que no de cumpl\n\ndicada, l to a su propues\n\n5) Que toda concesión sabre juegos, enn exceprión de lo dispuesto en esta ya a base de porcenajo de la entrada bruta y por o megor de cuarro (4) años, prefiriéndose en igualead de cireunstancios a contratistas r 0s por nacimiento, y a los simti catos, empresas 0 tenta y cineo por\n\nÑos.\n\nciudadanos panam\n\nu gme\n\nel enncesionarío ntro\n\nen\n\nná\n\ninvertido:\n) Que la concesión se resuelva adiinist\n\ncuando el eontratista faite a enalqu nes establecidas e articalo « Tidad vencida. de\n\nra de las cond\n\n20 pague la mensua\n\ni70 de cines € des por pulado en - conces cualesuiera de las otr ieaciones que < hecho constar en el\n\ncontrato;\n\nh) Que todo concesionario se a compritr\n\ndien por ciento 1103 semanal ntrada brun\n\nl0s biliotes quedado de Panamá, Coión\n\ny Puerto Arma midaciones entre el Gobierno sta que tendrán Ingar los Viernes de cada\n\n= pre que ext dies por ciento (10%4) no pa\n\nsionarias\n\nbe","ini":120,"fin":2431}
