LegislaciónLegislación/Asamblea Nacional Ley Peaton Poder Ejecutivo Reglamento de Transito Sanción Transito Transporte Vehiculos/Ley 2ID · ley-1933-2
Ley 2●Derogada
Por la cual se faculta al Poder Ejecutivo para reglamentar el tránsito de vehículos y peatones en toda la República.
POR LA CUAL SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO PARA REGLAMENTAR EL TRANSITO DE VEHICULOS Y PEATONES EN TODA LA REPUBLICATipoLeyNúmero2Año1933Gaceta06484EmisorAsamblea NacionalArtículos1
Asamblea Nacional Ley Peaton Poder Ejecutivo Reglamento de Transito Sanción Transito Transporte Vehiculos
**Artículo 2.** *- Deróganse todás las disposiciones legislativas y administrativas sobre el tránsito o tráfico de vehiculos y de pentones, una ves que' -el Poder Ejesutivo haya dictado el decr mrxuleum….n o el cual deberá contener todas las dispoeiciones necesúriaspa de vebieulos y peatodes, s como laa penas por laa valacónes 361 Koglt mento de Tránsito.
Comunidad · Norma
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