**Artículo 19.** Se modifica el artí ódigo Fiscal añadiendo al mismo fente:
“Parágrafo
lo 694 del 1 Parágrafo
artí ta producida de:
lica de Panamá:
GACETA OF]
1AL, MARTES 8 DE OCTUBRE D
2) Las ganancias provenientes de facturar desde una oficina establecida en Panamá, la venta de mercancías y productos por una suma m.
yor a aquella por la cual dichos productos o me cancías han sido facturados contra la oficina es-tablecida en Panamá, siempre y cuando que d chas mereancías 0 pmduc(o= se muevan unica-mente en el exterior.
b) Las ganancias o rentas provenientes de dirigir, desde una ofícina establecida en Panamá, transacciones que se perfeccione, consuman 9 surtan sus efectos en el exterior”.
**Artículo 2.** ? Este Decreto-Le: ee á publicación en la “Gaceta Ofi
Comuníquese y publíquese,
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