Que reglamenta el Capítulo I de la Ley 280 de 30 de diciembre de 2021, que regula el ejercicio de la profesión de Contador Público AutorizadoTipoDecreto EjecutivoNúmero176Año2024Fecha30 dic 2024Gaceta30187-CEmisorÓrgano EjecutivoArtículos4
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De la oración a sus funciones
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CONSIDERANDO:**
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Oración 1· Texto
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· CONSIDERANDO:**
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34señales
5tipos presentes
11bloques señalados
1,015palabras · 25 oraciones
Texto
**CONSIDERANDO:**
Texto
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Artículo 1
**Artículo 1.**
En el evento que alguno de los supuestos anteriores requiera la intervención parcial de un Contador Público Autorizado, así se especificará en la contratación y esta se circunscribirá a la parte que le corresponde.
Artículo 2
**Artículo 2.**
1.
2. Se exceptúan aquellas empresas sujetas a regímenes especiales cuyas disposiciones o normativas contemplen la prestación de servicios de contabilidad a su grupo empresarial, así como aquellas cuyas transacciones se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos en el exterior.
3.
4.
Artículo 3
**Artículo 3.** Quedan excluidos de la designación de un Contador Público Autorizado en los cargos , las personas naturales, así como las micro, pequeñas y medianas empresas que operen como unidades económicas dedicadas a actividades comerciales o productivas.
Artículo 4
**Artículo 4.** Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir a partir de su promulgación.
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