Legislación
Decreto Ejecutivo 2 de 2022: Reglamenta la Ley 209 de 22 de Abril de 2021, Que Crea el Instituto de Meteorología E Hidrología de Panamá Ingeniero Ovigildo Herrera Marcucci.
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61 de 61 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Finalidad — El presente Decreto Ejecutivo tiene como objetivo general, reglamentar la Ley 209 de 22 de abril de 2021 "Que crea el Instituto de Meteorología e H… | Capítulo I Disposiciones generales Sección Primera Finalidad y objetivo general | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 259 |
| Artículo 2 | Objetivo General — El Instituto de Meteorología e Hidrología de Panamá Ingeniero Ovigildo Herrera Marcurri, en adelante (IMHPA), tendrá como propósito ofrecer… | Capítulo I Disposiciones generales Sección Primera Finalidad y objetivo general | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 603 |
| Artículo 3 | Definiciones — Para los efectos del presente reglamento y la Ley 209 de 22 de abril de 2021, regirán las siguientes definiciones: | Capítulo I Disposiciones generales Sección Primera Finalidad y objetivo general | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8541 |
| Artículo 4 | Para cumplir con las funciones indicadas en la Ley, el IMHPA contará con una estructura administrativa adecuada en términos técnicos y administrativos cuyas fu… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 249 |
| Artículo 5 | Para vigilar la evolución del tiempo y el régimen hidrológico de las cuencas y emitir los pronósticos meteorológicos e hidrológicos, dicha estructura administr… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 285 |
| Artículo 6 | El IMHPA, contará con área de comunicación y divulgación, que contará con herramientas e infraestructura de comunicación con cobertura nacional para informar o… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 478 |
| Artículo 7 | El IMHPA, contará con una red de mediación meteorológica e hidrológica y equipo de tecnología de punta para la recepción, el procesamiento, el análisis, la pre… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 437 |
| Artículo 8 | Para la operación del Banco Nacional de Datos Meteorológicos, Hidrológicos y Agrometeorológicos en adelante (BNDMHA), el IMHPA, contará con un área en su estru… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 325 |
| Artículo 9 | Para atender oportuna y eficazmente las funciones indicadas en la Ley y en el presente reglamento, el IMHPA, establecerá convenios de colaboración u otros meca… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 379 |
| Artículo 10 | El IMPHA, coordinará, supervisará, integrará, los protocolos técnicos para certificar los productos y servicios meteorológicos e hidrológicos generados por otr… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 309 |
| Artículo 11 | El IMHPA, observará los lineamientos y compromisos internacionales de la Organización Meteorológica Mundial, así como de las entidades regionales del clima e h… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 239 |
| Artículo 12 | El IMHPA, mantendrá comunicación e intercambio de información permanente con los países en el marco de la Organización Meteorológica Mundial en adelante (OMM),… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 320 |
| Artículo 13 | El IMHPA, establecerá acuerdos de colaboración u otra figura equivalente con las empresas de comunicación telefónica, de radio y televisión para divulgar conte… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 272 |
| Artículo 14 | El IMHPA, en colaboración con el Sistema Nacional de Protección Civil en adelante (SINAPROC) desarrollará contenidos para sensibilizar a la población en riesgo… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 451 |
| Artículo 15 | El IMHPA, establecerá un programa permanente de capacitación y plan de formación de su personal en materia de meteorología, hidrología y agrometeorología en co… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 316 |
| Artículo 16 | El director general del IMPHA, será el representante permanente de Panamá ante la Organización Meteorológica Mundial y Comité de Recursos Hidráulicos del Istmo… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 193 |
| Artículo 17 | El director general del IMHPA, asesorará al Órgano Ejecutivo en materia de meteorología e hidrología. | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 118 |
| Artículo 18 | El IMHPA, coordinará con el SINAPROC, para ofrecer los productos y servicios preventivos y de emergencia necesarios para la reducción de desastres por fenómeno… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 198 |
| Artículo 19 | El IMHPA, podrá realizar cualquier otra función establecida en la presente reglamentación o mandato en el ámbito de su competencia. | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 203 |
| Artículo 20 | Las reglas de organización y funcionamiento estarán en el reglamento interno de la Junta Directiva. | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 116 |
| Artículo 21 | El director general del IMHPA, elaborará y propondrá para aprobación de la Junta Directiva los planes y programas a corto, mediano y largo plazo conforme a las… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 241 |
| Artículo 22 | Los Proyectos con El Programa Operativo Anual serán presentados a la Junta Directiva por el director general del IMHPA y estarán alineados a los planes de cort… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 274 |
| Artículo 23 | El anteproyecto de presupuesto para la ejecución del Programa Operativo Anual del IMHPA estará formulado bajo la visión de desarrollo de los planes y programas… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 218 |
| Artículo 24 | Los proyectos de restructuración organizacional del IMHPA, deberán asegurar el cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley y su reglamento. | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 165 |
| Artículo 25 | El director general del IMHPA, someterá a consideración de la Junta Directiva los proyectos de resolución para la adecuada operación y funcionamiento del Insti… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 181 |
| Artículo 26 | Los informes de gestión (funcionamiento e inversión) del IMPHA para análisis de la Junta Directiva deberán ser entregados con 10 días calendario de anticipació… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 271 |
| Artículo 27 | Todo gasto, operación y transacción superior a lo establecido en la Ley deberá estar sustentada con un informe detallado y su justificación se relacionará dire… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 298 |
| Artículo 28 | Las actividades permitidas de docencia universitaria durante la ejecución del cargo del director general y subdirector general deberán ser solamente fueras de… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 196 |
| Artículo 29 | El informe de gestión deberá contener los aspectos administrativos, contables, ejercicio de presupuesto y técnicos, así como del cumplimiento de las funciones… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 289 |
| Artículo 30 | El director general, tendrá la facultad de proponer el asesor hidrológico para la aprobación de la Junta Directiva, cuya designación será comunicada a la OMM,… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 225 |
| Artículo 31 | Dentro del informe de gestión del IMHPA, se detallará el cumplimiento de las obligaciones nacionales e internacionales en materia de meteorología, e hidrología… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 220 |
| Artículo 32 | El director general someterá a la aprobación de la Junta Directiva las modificaciones necesarias en la estructura administrativa para el cumplimiento de las fu… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 380 |
| Artículo 33 | Los gastos derivados de los servicios provistos por ETESA, en tanto el IMHPA, permanezca en sus instalaciones, deberán ser informados anualmente el director ge… | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 369 |
| Artículo 34 | Las reglas de organización y funcionamiento del Comité Técnico Asesor estarán en el reglamento interno del IMHPA. | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 130 |
| Artículo 35 | El Comité Técnico Asesor del IMHPA, estará integrado por: | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 879 |
| Artículo 36 | El Comité Técnico Asesor del IMHPA, tendrá las siguientes funciones: | Capítulo II Organización Sección Primera Estructura administrativa del IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1347 |
| Artículo 37 | El director general del IMHPA, formulará y propondrá la Política Nacional Meteorológica e Hidrológica, para aprobación de la Junta Directiva, previo proceso de… | Capítulo III Política Nacional Meteorológica e Hidrológica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 298 |
| Artículo 38 | Los principios que regirán la Política Nacional Meteorológica e Hidrológica, emanados de la Ley, son: | Capítulo III Política Nacional Meteorológica e Hidrológica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 817 |
| Artículo 39 | Los contenidos de la Política Nacional Meteorológica e Hidrológica deberán tener como propósito asegurar la generación, provisión y divulgación de productos y… | Capítulo III Política Nacional Meteorológica e Hidrológica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 447 |
| Artículo 40 | Los pilares de la Política Nacional Meteorológica e Hidrológica que orientarán a organizar la generación de productos y servicios, acordes con las necesidades… | Capítulo III Política Nacional Meteorológica e Hidrológica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1659 |
| Artículo 41 | El director general del IMHPA, asegurará los mecanismos institucionales necesarios dentro de la Política Nacional Meteorológica e Hidrológica para su implement… | Capítulo III Política Nacional Meteorológica e Hidrológica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 195 |
| Artículo 42 | La información recopilada por las redes meteorológicas e hidrológicas será almacenada en el Banco Nacional de Datos Meteorológicos, Hidrológicos y Agrometeorol… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 208 |
| Artículo 43 | El IMHPA, en su plataforma de internet actualizará periódicamente y pondrá a disposición la información organizada y georreferenciada para acceso público, medi… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 215 |
| Artículo 44 | La información integrada en el Banco Nacional de Datos Meteorológicos, Hidrológicos y Agrometeorológicos estará vinculara electrónicamente con el Sistema Nacio… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 549 |
| Artículo 45 | El IMHPA, elaborará y emitirá a nivel nacional servicios y productos meteorológicos, hidrológicos y agrometeororlógicos conforme a las necesidades básicas de l… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 394 |
| Artículo 47 | El IMHPA, ofrecerá con costo los servicios y productos meteorológicos, hidrológicos y agrometeorológicos específicos y personalizados, a solicitud de personas… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 215 |
| Artículo 48 | Previo a la sanción por el Órgano Ejecutivo, el director general someterá a aprobación de la Junta Directiva la lista de productos y servicios no gratuitos con… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 439 |
| Artículo 49 | El IMHPA emitirá con costo certificaciones sobre el estado del tiempo u otra información que necesite de ella a petición de parte. | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 210 |
| Artículo 50 | El suministro de la información necesaria, para el cumplimiento de la planificación de la generación como parte del servicio de operación integrada del Sistema… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 426 |
| Artículo 51 | El IMHPA, en colaboración con el Centro Nacional de Despacho en adelante (CND), dentro del plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la present… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 717 |
| Artículo 52 | Los procedimientos que se establezcan serán publicados en Gaceta Oficial y el IMPHA los hará del conocimiento de los Agentes del Mercado Mayorista de Electrici… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 180 |
| Artículo 53 | El IMHPA, en coordinación con el CND, a más tardar el 30 de enero de cada año, deberá realizar una revisión integral de los procedimientos de suministro de inf… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 816 |
| Artículo 55 | La metodología para calcular el aporte que pagarán los agentes del mercado de electricidad por la información necesaria para el cumplimiento de la planificació… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2662 |
| Artículo 56 | En el caso de que una empresa generadora, reporte su retiro del Mercado Eléctrico Nacional, deberá cubrir los cargos presupuestados hasta finalizar el año fisc… | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 195 |
| Artículo 57 | Se establece la siguiente Fórmula de cálculo del aporte individual: | Capítulo IV Suministro de información, servicios y metodología de cálculo para el aporte a pagarse por los agentes del mercado eléctrico. Sección Primera Suministro de Información Científica y Técnica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1203 |
| Artículo 58 | ETESA, transferirá a los trabajadores permanentes de la Directores de Hidormeteorología al IMHPA, que han estado antes de la promulgación de la Ley 209 de 22 d… | Capítulo V Derechos de los servidores públicos transferidos de ETESA al IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 608 |
| Artículo 59 | Los trabajadores permanentes de la Dirección de Hidrometeorología pasan al IMHPA, y todo personal de ETESA, que tenga afinidad técnica especializada con las fu… | Capítulo V Derechos de los servidores públicos transferidos de ETESA al IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 226 |
| Artículo 60 | El representante de la Asociación de Servidores Públicos del IMHPA, ante la Junta Directiva, será elegido por votación de acuerdo con los reglamentos y procedi… | Capítulo V Derechos de los servidores públicos transferidos de ETESA al IMHPA | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 234 |
| Artículo 61 | El reglamento interno del IMHPA deberá publicarse en un plazo no mayor a 12 meses contado a partir de la publicación de este Decreto. | Capítulo VI Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 150 |
| Artículo 62 | El Banco Nacional de Datos Meteorológicos, Hidrológicos y Agrometeorológicos deberá empezar a funcionar en un plazo no mayor a 12 meses y en tanto esto ocurre,… | Capítulo VI Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 234 |
| Artículo 63 | Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir desde al día siguiente de su promulgación. | Capítulo VI Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 408 |
