Legislación
Decreto Ejecutivo 135 de 2021: Que reglamenta el Capítulo I del Título V del Texto Único de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, General de Ambiente de la República de Panamá, sobre la Adaptación al Cambio Climático Global, y dicta otras disposiciones.
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67 de 67 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↑ |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 3 | Aplicación — El ámbito de aplicación del presente reglamento es en todo el territorio nacional. | Capítulo I. Alcance, finalidad, aplicación y definiciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 112 |
| Artículo 27 | Aportes — El FONACC, hará los aportes que de acuerdo a normas legales correspondan al fideicomiso de agua, áreas protegidas y vida silvestre de MiAMBIENTE. | Capítulo I. Destino, alcance y fuentes de financiamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 173 |
| Artículo 48 | Reunión plenaria — Cada seis meses se celebrará una reunión plenaria para verificar los avances en el cumplimiento del plan de trabajo de Reduce Tu Huella Hídr… | Capítulo III. Funcionamiento de Reduce Tu Huella Hídrica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 181 |
| Artículo 15 | Comunicación a la población — La Dirección de Cambio Climático de MiAMBIENTE deberá informar a toda la población sobre el desarrollo y cumplimiento de la estra… | Capítulo I. Alcance y objetivos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 182 |
| Artículo 61 | Obligación de protección por parte del Estado. | Capítulo I. Derechos y tutela del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 210 |
| Artículo 23 | Equipo de personal — El sistema M & E-Adaptación Panamá tendrá un equipo de siete personas con la experticia para construir, desarrollar y ejecutar un sistema… | Capítulo III. Monitoreo, Evaluación y Reporte de Adaptación | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 230 |
| Artículo 22 | Monitoreo y evaluación — El Ministerio de Ambiente, a través de la Dirección de Cambio Climático diseñará un Sistema de Monitoreo Evaluación y Reporte de la Ad… | Capítulo III. Monitoreo, Evaluación y Reporte de Adaptación | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 233 |
| Artículo 9 | Registro de pérdidas y daños — El SNDACC, en conjunto con el Ministerio de Economía y Finanzas, trabajará en una plataforma de registro y reporte de pérdidas y… | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 237 |
| Artículo 1 | Alcance — Se reglamenta el Capítulo I del Título V del Texto Único de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, General de Ambiente de la República de Panamá, sobre la… | Capítulo I. Alcance, finalidad, aplicación y definiciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 243 |
| Artículo 66 | Solicitud de acceso a la información — Todo interesado podrá solicitar la información mencionada a lo largo de este reglamento, debiendo su solicitud cumplir c… | Capítulo I. Transparencia y Acceso a la información | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 257 |
| Artículo 18 | Monitoreo de medidas de adaptación — La Dirección de Cambio Climático de MiAMBIENTE organizará, en coordinación con el resto del personal del ministerio, giras… | Capítulo II. Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 280 |
| Artículo 63 | Informe anual — El Ministerio de Ambiente, por medio de la Dirección de Cambio Climático, presentará un informe anual sobre la condición de loa desplazamientos… | Capítulo I. Derechos y tutela del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 281 |
| Artículo 55 | Registro de actuaciones del Estado — Todas las acciones del Estado que cumplan con los procesos listados en el artículo 53 del presente Decreto Ejecutivo, debe… | Capítulo I. Creación y alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 302 |
| Artículo 57 | Manual de procedimiento — La Dirección de Cambio Climático de MiAMBIENTE será responsable de la elaboración del manual de procedimientos de cada uno de los com… | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 304 |
| Artículo 65 | Transparencia de la información — Todas las actas, correspondencias, informes, archivos y documentos recibidos, elaboración o generados en el cumplimiento de e… | Capítulo I. Transparencia y Acceso a la información | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 308 |
| Artículo 58 | Formalización de manuales — Será competencia de MiAMBIENTE oficializar el uso del manual de procedimiento de cada uno de los componentes y de las disposiciones… | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 310 |
| Artículo 35 | Registro de huella hídrica — Corresponderá a MiAMBIENTE elaborar, actualizar y presentar un Registro de Huella Hídrica. | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 312 |
| Artículo 51 | Programa nacional Construye tu Resiliencia. | Capítulo I. Creación y alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 319 |
| Artículo 44 | Conformación de equipos técnicos — El equipo técnico de cada componente de Reduce Tu Huella Hídrica estará conformado por analistas de cambio climático del Dep… | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 334 |
| Artículo 50 | Disponibilidad pública — Concluida la validación y revisión, MiAMBIENTE, reportará el registro de las huellas hídricas a nivel nacional mediante los canales de… | Capítulo III. Funcionamiento de Reduce Tu Huella Hídrica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 341 |
| Artículo 39 | Marco de referencia — Dentro del componente de Adaptación Huella Hídrica del Programa Reduce Tu Huella se incluyen los acuerdos institucionales, procedimientos… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 342 |
| Artículo 38 | Metodologías — La identificación, cálculo, reporte y verificación de la huella hídrica, en municipios, organizaciones y productos, será elaborada siguiendo met… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 343 |
| Artículo 56 | Plataforma Nacional de Transparencia Climática. | Capítulo I. Creación y alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 374 |
| Artículo 25 | Fondo de adaptación — El Fondo de Adaptación al Cambio Climático, en adelante FONACC, estará destinado a financiar proyectos de adaptación y resiliencia priori… | Capítulo I. Destino, alcance y fuentes de financiamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 394 |
| Artículo 33 | Programa municipal — Se denomina Reduce Tu Huella Hídrica Municipal, reconocida oficialmente como Huella Hídrica Municipal, al componente creado con el fin de… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 398 |
| Artículo 41 | Equipo coordinador — Se crea el Equipo Coordinador de Registros de Huella Hídrica, adscrito al Departamento de Adaptación y Resiliencia de la Dirección de Camb… | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 399 |
| Artículo 34 | Programa de productos — Se denomina Reduce Tu Huella Hídrica de Productos, reconocido oficialmente como el Programa Nacional de Huella Hídrica de Productos, al… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 407 |
| Artículo 40 | Responsables — Reduce Tu Huella Hídrica será coordinado por el Departamento de Adaptación y Resiliencia de la Dirección de Cambio Climático de MiAMBIENTE, quié… | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 407 |
| Artículo 60 | Definición — Un desplazado climático es la persona, nacional o extranjera, que reside dentro del territorio del Estado panameño, y se haya visto forzado a movi… | Capítulo I. Derechos y tutela del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 411 |
| Artículo 32 | Programa corporativo — Se denomina Reduce Tu Huella Hídrica Corporativa, reconocido oficialmente como Huella Hídrica Organizacional, al componente creado con e… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 413 |
| Artículo 16 | Estrategias comarcales y municipales — La Dirección de Cambio Climático, en colaboración con otras instituciones del Estado panameño, actores sociales, pueblos… | Capítulo I. Alcance y objetivos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 415 |
| Artículo 13 | Estrategia nacional de adaptación — La Dirección de Cambio Climático de MiAMBIENTE deberá liderar la preparación de una estrategia nacional de adaptación al ca… | Capítulo I. Alcance y objetivos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 423 |
| Artículo 21 | Diagnósticos y manuales — Corresponderá a la Dirección de Cambio Climático de MiAMBIENTE, elaborar los diagnósticos, las guías prácticas y los manuales para la… | Capítulo II. Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 423 |
| Artículo 5 | SNDACC — Se crea el Sistema Nacional de Datos de Adaptación al Cambio Climático, en adelante SNDACC, como una plataforma para la gestión, evaluación y monitore… | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 433 |
| Artículo 49 | Garantía y verificación — El registro podrá ser sometido a los mecanismos de garantía y aseguramiento de la calidad por terceros reconocidos internacionalmente… | Capítulo III. Funcionamiento de Reduce Tu Huella Hídrica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 437 |
| Artículo 20 | Reconocimientos a proyectos — La Dirección de Cambio Climático emitirá un reconocimiento a todos los proyectos públicos o privados, de organizaciones sin fines… | Capítulo II. Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 442 |
| Artículo 6 | Objetivo — El SNDACC tiene como objetivo la generación de información estratégica sobre la vulnerabilidad, los riesgos climáticos y amenazas a los seres humano… | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 446 |
| Artículo 67 | Vigencia — Este Decreto Ejecutivo entrara en vigencia a partir de su promulgación. | Título IX. Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 453 |
| Artículo 30 | Reduce Tu Huella Hídrica — Se crea el componente de adaptación Reduce Tu Huella Hídrica, para la gestión y monitoreo de las huellas de aguas a nivel organizaci… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 455 |
| Artículo 59 | Accesibilidad de datos — El Programa Nacional Construye tu Resiliencia empleará los medios necesarios para garantizar la accesibilidad de todos los datos e inf… | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 457 |
| Artículo 2 | Finalidad — El presente Decreto Ejecutivo tiene como finalidad. 1. | Capítulo I. Alcance, finalidad, aplicación y definiciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 507 |
| Artículo 7 | Entrega de información — Todas las entidades públicas y privadas, las educativas, las organizaciones no gubernamentales o sin fines de lucro, que generan infor… | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 516 |
| Artículo 54 | Sistema de monitoreo y evaluación — Se adiciona el Sistema de Monitoreo, Evaluación y Reporte de la Adaptación de Panamá a la Plataforma Nacional de Transparen… | Capítulo I. Creación y alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 533 |
| Artículo 36 | Fundamento de los programas — Reduce tu Huella Hídrica constituye la base científica para la formulación de políticas, estrategias, planes, programas y proyect… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 576 |
| Artículo 43 | Designación — El responsable técnico general será designado por el jefe del Departamento de Adaptación y Resiliencia de la Dirección de Cambio Climático de MiA… | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 579 |
| Artículo 52 | Componentes — Los componentes principales, que abarca el programa nacional Construye Tu Resiliencia, son: | Capítulo I. Creación y alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 693 |
| Artículo 24 | Reportes — Los reportes de M & E-Adaptación Panamá se ubicarán en el portal de Transparencia de las contribuciones determinadas a nivel nacional de Panamá, en… | Capítulo III. Monitoreo, Evaluación y Reporte de Adaptación | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 707 |
| Artículo 46 | Módulo virtual — Reduce Tu Huella Hídrica contará con un módulo virtual, que formará parte de la Plataforma Nacional de Transparencia Climática, como repositor… | Capítulo III. Funcionamiento de Reduce Tu Huella Hídrica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 716 |
| Artículo 31 | Objetivos — Reduce Tu Huella Hídrica tiene como objetivos: | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 757 |
| Artículo 62 | Gestión de riesgo — El Estado, a través de MiAMBIENTE y las otras autoridades competentes deberá aplicar un enfoque de gestión de riesgo y análisis de vulnerab… | Capítulo I. Derechos y tutela del Estado | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 770 |
| Artículo 8 | Informática — El SNDACC tendrá una arquitectura informática robusta para el almacenamiento, procesamiento de datos de adaptación al cambio climático, con capac… | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 772 |
| Artículo 10 | Uso de agua — En un plazo que no exceda los tres años después de la entrada en vigencia de esta reglamentación, todas las instituciones públicas, empresas priv… | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 794 |
| Artículo 64 | Contenido de Contribución Determinada Nacional. | Capítulo I. Transparencia y Acceso a la información | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 824 |
| Artículo 28 | Proyecciones de necesidades — Corresponderá a la Dirección de Cambio Climático de MiAMBIENTE, evaluar las proyecciones de necesidades de fondo para financiar p… | Capítulo I. Destino, alcance y fuentes de financiamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 850 |
| Artículo 45 | Deberes y obligaciones — Los miembros del equipo técnico tendrán los siguientes deberes y obligaciones: | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 914 |
| Artículo 37 | Indicadores de calidad — Reduce tu Huella Hídrica deberá generar los valores de huella hídrica que sean lo más próximo posible a los valores reales y deben cum… | Capítulo I. Alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1141 |
| Artículo 26 | Fuentes de ingreso — El FONACC tendrá las siguientes fuentes de ingresos: | Capítulo I. Destino, alcance y fuentes de financiamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1315 |
| Artículo 17 | Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia. | Capítulo II. Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1496 |
| Artículo 53 | Objetivos del Programa — El Programa Nacional Construye Tu Resiliencia tiene como objetivo delimitar los procesos listados a continuación: | Capítulo I. Creación y alcance | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1572 |
| Artículo 42 | Funciones del equipo coordinador — El Equipo Coordinador de Reduce Tu Huella Hídrica tendrá las siguientes funciones: | Capítulo II. Responsabilidades y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1627 |
| Artículo 47 | Ciclo de preparación — El ciclo de preparación del registro de Reduce Tu Huella en la plataforma de transparencia tomará veinticuatro meses y constará con las… | Capítulo III. Funcionamiento de Reduce Tu Huella Hídrica | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1808 |
| Artículo 14 | Objetivos de la estrategia — La Estrategia Nacional de Adaptación al Cambio Climático, tiene los siguientes objetivos: | Capítulo I. Alcance y objetivos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1909 |
| Artículo 12 | Criterios de operación — En el desarrollo y cumplimiento de sus tareas, el SNDACC deberá observar los siguientes criterios: | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1987 |
| Artículo 11 | Funciones — Son funciones del SNDACC, las siguientes: | Capítulo I. Alcance, objetivos y funciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2245 |
| Artículo 29 | Criterios de financiamiento — Adicional a lo establecido en el manual operativo del fideicomiso de agua, áreas protegidas y vida silvestre de MiAMBIENTE, los p… | Capítulo II. Criterios de selección de los proyectos a ser financiados por del Fondo de Adaptación al Cambio Climático. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2257 |
| Artículo 19 | Iniciativas de adaptación y resiliencia — Para los efectos del Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia, se considerarán como iniciativas r… | Capítulo II. Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3527 |
| Artículo 4 | Definiciones — Para los efectos del presente reglamento, regirán los siguientes términos y definiciones: | Capítulo I. Alcance, finalidad, aplicación y definiciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 5992 |
