Legislación
Decreto Ejecutivo 609 de 2020: Por el cual se dicta un procedimiento especial temporal para las contrataciones menores de municipios y juntas comunales y se dictan otras disposiciones.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
8 de 8 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas↑ | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Exceptuar por el término de seis (6) meses a partir de la promulgación del presente Decreto Ejecutivo, a las alcaldías, juntas comunales y consejos provinciale… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 283 |
| Artículo 2 | Durante el periodo de la excepción, las alcaldías, juntas comunales y concejos provinciales aplicarán el siguiente procedimiento para las contrataciones menore… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 916 |
| Artículo 3 | Las contrataciones menores para obras que no superen los veinticinco mil balboas (B/.25,000.00), se realizarán de acuerdo al siguiente procedimiento: | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1961 |
| Artículo 4 | Durante el periodo en que las alcaldías, juntas comunales y concejos provinciales se encuentren exceptuados del uso de la Plataforma de Cotización en Línea, la… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 810 |
| Artículo 5 | La Autoridad de Innovación Gubernamental levantará un diagnóstico técnico y formal en coordinación con las autoridades locales para identificar aquellas alcald… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 603 |
| Artículo 6 | La Dirección General de Contrataciones Públicas implementará una unidad técnica de apoyo a las alcaldías y juntas comunales que ofrecerá asesoría, capacitación… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 364 |
| Artículo 7 | Aquellas alcaldías, juntas comunales y consejos provinciales que estén utilizando la Plataforma y Cotización en Línea podrán seguir realizando sus procedimient… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 217 |
| Artículo 8 | Este Decreto Ejecutivo rige a partir de su promulgación. | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 319 |
