Legislación
Decreto Ejecutivo 587 de 2020: Que adopta medidas en relación con la Autoridad Nacional de Descentralización y dicta otras disposiciones..
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones↑ | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Se reconoce el cumplimiento de la primera fase del proceso de descentralización, según los términos establecidos en el artículo 29 de la Ley 37 de 2009, confor… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 250 |
| Artículo 2 | El Ministerio de Economía y Finanzas adoptará las medidas administrativas y presupuestarias que resulten necesarias para la puesta en funcionamiento de la Auto… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 516 |
| Artículo 3 | Para efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, se deberán incorporar en el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal de 2021, las partidas… | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 271 |
| Artículo 4 | El presente Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir del 1 de enero de 2021. | — (no aplica) | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 328 |
