{"meta":{"recurso":"norma/decreto-ejecutivo-2020-343-mef","mirada":"publico","filas":10,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**CONSIDERANDO:**","ini":0,"fin":17}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que, según lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 184 de la Constitución Política, el Presidente de la República en conjunto con el Ministerio respectivo, debe reglamentar las leyes que así lo requieran para su mejor cumplimiento, sin apartarse de su texto ni de su espíritu;","ini":19,"fin":298}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el numeral 30 del artículo 3 de la Ley 51 de 27 de octubre de 2016, dispone que jurisdicción reportable, es aquella con la que exista un convenio y que esté identificada en la lista que, para tales efectos publicará el Órgano Ejecutivo;","ini":300,"fin":540}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que en el año 2016, el Gobierno de la República de Panamá se comprometió oficialmente con el intercambio automático de información financiera para fines fiscales, de acuerdo con el Estándar Común de Reporte (\"Common Reporting Standard\") promovido por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales;","ini":542,"fin":874}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante Ley 51 antes citada, se establece el marco regulatorio para la implementación del intercambio de información para fines fiscales y dicta otras disposiciones en las que se establece que las instituciones financieras panameñas sujetas a reportar, quedan obligadas a llevar a cabo procesos de debida diligencia y tienen la obligación de reportar ante la autoridad competente, la información recabada de acuerdo con lo previsto en dicha Ley; Que, para brindar claridad a las instituciones financieras impactadas por las Leyes 47 de 24 de octubre de 2016 y 51 de 27 de octubre de 2016, se hace necesario reglamentar aspectos procedimentales relativos a las reglamentaciones establecidas en dichas leyes.","ini":876,"fin":1587}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Dirección General de Ingresos, en representación del Gobierno de la República de Panamá, suscribió el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes para mejorar el cumplimiento fiscal internacional sobre la base de un intercambio automático recíproco en aplicación de la Convención, que tiene su sustento legal en la Convención Multilateral de Asistencia Mutua Administrativa para Fines Fiscales;","ini":1589,"fin":1994}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que en virtud de las medidas de emergencias adoptadas por el gobierno nacional a raíz del Covid-19, se requiere modificar el artículo 46 del Decreto Ejecutivo 124 de 12 de mayo de 2017 extendiendo los plazos de presentación de los reportes ya que las instituciones financieras se ven afectadas para cumplir con la presentación oportuna de ciertos informes de cumplimiento en materia de intercambio de información,","ini":1996,"fin":2409}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.a1","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Hacer de conocimiento público la lista de jurisdicciones reportables para los reportes a realizarse en el año 2020, sobre información respectiva al período fiscal 2019, según lo dispuesto en la Ley 51 de 27 de octubre de 2016 y el Decreto Ejecutivo 124 de 12 de mayo de 2017, la cual se adjunta como Anexo I al presente Decreto Ejecutivo.","ini":2411,"fin":2765}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.a2","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** El artículo 46 del Decreto Ejecutivo 124 de 1 de mayo de 2017 queda así: (Véase el artículo 46 del Decreto Ejecutivo 124 de 1 de mayo de 2017).","ini":2767,"fin":2926}
{"id":"decreto-ejecutivo-2020-343-mef.a3","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación.\n\n**FUNDAMENTO DE DERECHO:** Numeral 14 del artículo 184 de la Constitución Política de la República de Panamá, Ley 51 de 27 de octubre de 2016, Decreto Ejecutivo 124 de 12 de mayo de 2017.\n\nANEXO I\n\nJURISDICCIONES REPORTABLES EN EL AÑO 2020, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN LA LEY 51 DE 27 DE OCTUBRE DE 2016 Y EL DECRETO EJECUTIVO 124 DE 12 DE MAYO DE 2017\n\n1. Antigua and Barbuda\n\n2. Bailía de Guernsey\n\n3. Bailía de Jersey\n\n4. Barbados\n\n5. Canada\n\n6. Commonwealth de Australia\n\n7. Confederación Suiza\n\n8. Estado de Israel\n\n9. Estado de Japón\n\n10. Estados Unidos Mexicanos\n\n11. Federación de Malasia\n\n12. Federación de Rusia\n\n13. Gibraltar\n\n14. Gran Ducado de Luxemburgo\n\n15. Groenlandia\n\n16. Irlanda\n\n17. Isla de Man\n\n18. Islandia\n\n19. Islas Cook\n\n20. Islas Feroe\n\n21. Nueva Zelanda\n\n22. Principado de Liechtenstein\n\n23. Principado de Mónaco\n\n24. Reino de Arabia Saudita\n\n25. Reino de Bélgica\n\n26. Reino de Dinamarca\n\n27. Reino de España\n\n28. Reino de los Países Bajos\n\n29. Reino de Noruega\n\n30. Reino de Suecia\n\n31. Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte\n\n32. República Argentina\n\n33. República Checa\n\n34. República de Austria\n\n35. República de Eslovenia\n\n36. República de Estonia\n\n37. República de Indonesia\n\n38. República de la India\n\n39. República de las Seychelles\n\n40. República de Letonia\n\n41. República de Lituania\n\n42. República de Malta\n\n43. República de Mauricio\n\n44. República de Polonia\n\n45. República de Singapur\n\n46. República de Sudáfrica\n\n47. República de Azerbaiyán\n\n48. República de Chile\n\n49. República de Chipre\n\n50. República de Colombia\n\n51. República de Corea\n\n52. República de Croacia\n\n53. República de Finlandia\n\n54. República Eslovaca\n\n55. República Federal de Alemania\n\n56. República Federativa de Brasil\n\n57. República Francesa\n\n58. República Helénica (Grecia)\n\n59. República Italiana\n\n60. República Oriental de Uruguay\n\n61. República Popular China\n\n62. República Popular de Hungría\n\n63. República Portuguesa\n\n64. Serenísima República de San Marino","ini":2928,"fin":4999}
