Texto
**CONSIDERANDO:**
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
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Las otras capas son señales de lectura, no efectos jurídicos confirmados.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
CONSIDERANDO:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
9señales
3tipos presentes
7bloques señalados
651palabras · 18 oraciones
**CONSIDERANDO:**
Que el de la Constitución Política de la República de Panamá establece que es función del Estado velar por la salud de la población.
Que el Decreto de Gabinete 1 de 15 de enero de 1969 creó el Ministerio de Salud para la ejecución de las acciones de promoción, protección, reparación y rehabilitación de la salud, que por mandato constitucional son responsabilidad del Estado. Como Órgano de la función ejecutiva, el Ministerio de Salud tendrá a su cargo la determinación y conducción de la política de salud del Estado;
Que la Resolución 464 de 7 de junio de 2010 creó el Plan Nacional para la Prevención y control del Cáncer.
Que el Plan Nacional para la Prevención y Control del Cáncer está basado en la identificación y manejo de los factores de riesgo y los recursos disponibles para su implementación, teniendo en consideración del contexto cultural, social, económico y el sistema de salud;
Que el cáncer de cuello uterino constituye un problema de salud pública, ocupando el segundo lugar entre los tumores más frecuentes en las mujeres. Esta enfermedad es debilitante y produce el deterioro progresivo de la salud de la mujer que la padece, pudiendo producir incluso la muerte;
De igual forma, invita a reflexionar sobre la importancia de la prueba de Papanicolaou (pap o citología cervical) y otros exámenes que contribuyan a la detección temprana de esta enfermedad.
**Artículo 1.**
**Artículo 2.** El Ministerio de Salud, velará por correcto cumplimiento de la disposición anterior, realizará y coordinará eventos alusivos a la fecha, en conjunto con la Caja de Seguro Social y el sector privado.
**Artículo 3.** Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir el día siguiente de su promulgación. **FUNDAMENTO DE DERECHO:** Constitución Política de la República de Panamá, Decreto de Gabinete 1 de 15 de enero de 1969, y Resolución 464 de 7 de junio de 2010.
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