Artículo 1Se le concederá al trabajador de la empresa privada y servidor público la licencia remunerada de paternidad una sola vez al año.Leer +
**Artículo 1.** Se le concederá al trabajador de la empresa privada y servidor público la licencia remunerada de paternidad una sola vez al año. El goce de los tres (3) días hábiles de licencia será independientemente de que el parto sea múltiple.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2El trabajador y servidor público declarará en su contrato de trabajo o formulario de datos personales y dependientes el nombre de su esposa o conviviente.Leer +
**Artículo 2.** El trabajador y servidor público declarará en su contrato de trabajo o formulario de datos personales y dependientes el nombre de su esposa o conviviente. Las empresas privadas e instituciones públicas actualizarán los datos personales de forma periódica.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3El trabajador y servidor público que se encontraren en uso de sus vacaciones, hospitalizados o incapacitados y durante ese período aconteciera el nacimiento de su hijo o hija quedan obligados a comunicarlo a su empleador.Leer +
**Artículo 3.** El trabajador y servidor público que se encontraren en uso de sus vacaciones, hospitalizados o incapacitados y durante ese período aconteciera el nacimiento de su hijo o hija quedan obligados a comunicarlo a su empleador. Finalizado los períodos anteriores, se le computarán los tres (3) días hábiles siguientes de licencia de paternidad.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Para el cómputo de la licencia de paternidad los días hábiles se tomarán en cuenta de la siguiente manera:Leer +
**Artículo 4.** Para el cómputo de la licencia de paternidad los días hábiles se tomarán en cuenta de la siguiente manera: 1. De lunes a viernes en empresas privadas o entidades públicas. 2. De lunes a domingo para las empresas o entidades públicas que laboren los 7 días de la semana, entendiéndose por inhábil el día de descanso semanal del trabajador y el día de compensación del trabajador o servidor público por laboral día domingo. 3. Los días de fiesta o duelos nacionales, señalados en el Código de Trabajo decretados por el órgano Ejecutivo, se considerarán en todos los casos inhábiles, y se empezará a computar la licencia de paternidad el siguiente día hábil laborable.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 5Los tres días hábiles de licencia de paternidad, se computan desde el nacimiento del menor o la menor, y no quedan a discreción del trabajador o servidor público, elegir posteriormente el uso de la licencia de paternidad, con excepción a los casos señalados en el artículo 3.Leer +
**Artículo 5.** Los tres días hábiles de licencia de paternidad, se computan desde el nacimiento del menor o la menor, y no quedan a discreción del trabajador o servidor público, elegir posteriormente el uso de la licencia de paternidad, con excepción a los casos señalados en el artículo 3.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6El trabajador y servidor público una vez, se reintegre a su labores deberá presentar a su empleador o la institución donde labora el certificado de nacimiento emitido por la Dirección Nacional de Registro Civil del Tribunal Electoral que lo acredita como padre del menor.Leer +
**Artículo 6.** El trabajador y servidor público una vez, se reintegre a su labores deberá presentar a su empleador o la institución donde labora el certificado de nacimiento emitido por la Dirección Nacional de Registro Civil del Tribunal Electoral que lo acredita como padre del menor.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 7Cuando exista diferencia entre las Convenciones Colectivas de Trabajo, los Reglamentos Internos de Trabajo, los Acuerdos Colectivos de Trabajo y el derecho de licencia de paternidad se aplicará la norma o condición más favorable al trabajadorLeer +
**Artículo 7.** Cuando exista diferencia entre las Convenciones Colectivas de Trabajo, los Reglamentos Internos de Trabajo, los Acuerdos Colectivos de Trabajo y el derecho de licencia de paternidad se aplicará la norma o condición más favorable al trabajador
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 8Se considerará tiempo efectivo de trabajo los tres días hábiles otorgados por licencia de paternidad para el cálculo de salario, derechos adquiridos y demás prestaciones laborales.Leer +
**Artículo 8.** Se considerará tiempo efectivo de trabajo los tres días hábiles otorgados por licencia de paternidad para el cálculo de salario, derechos adquiridos y demás prestaciones laborales.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 9Este Decreto ejecutivo comenzará a regir al día siguiente de su promulgación.Leer +
**Artículo 9.** Este Decreto ejecutivo comenzará a regir al día siguiente de su promulgación. **Fundamento de Derecho:** Ley 27 de 23 de mayo de 2017.
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