Que modifica el artículo 16 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 8 de agosto de 2008 y deroga el Decreto Ejecutivo No. 536 de 28 de mayo de 2010TipoDecreto EjecutivoNúmero590Año2016Fecha28 dic 2016Gaceta28193-BEmisorMinisterio de Seguridad PúblicaArtículos4
**Artículo 1.** El artículo 16 del Decreto Ejecutivo No. 320 de 8 de agosto de 2008, queda así:
> [!modifica] [[Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículo 16]]> **Artículo 16.** Las autoridades migratorias del Servicio Nacional de Migración expedirán visas de turismo válidas por un término no mayor de noventa (90) días, si los extranjeros cumplen con los requisitos exigidos por este reglamento y sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad.
>> El Servicio Nacional de Migración otorgará un carné de trámite por el término de seis (6) meses a los extranjeros que presentan solicitud de permisos dentro de las Categorías y Subcategorias Migratorias de Residentes Temporales y Residentes Permanentes.
**Artículo 4.** Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.
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