Legislación
Decreto Ejecutivo 587 de 2015: Reglamenta el Congelamiento Preventivo Desarrollado en el Título Vi de la Ley 23 del 27 de Abril de 2015, Mediante el Cual Se Adoptan Medidas para Prevenir el Blanqueo de Capitales, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite↑ | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Objeto — El presente Decreto tiene por objeto establecer los procedimientos para la identificación y aplicación de medidas para el congelamiento preventivo de… | Capítulo I OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 437 |
| Artículo 2 | Ámbito de Aplicación y alcance — El presente Decreto aplica y obliga a todos los sujetos obligados, personas naturales y jurídicas ya sean públicas o privadas… | Capítulo I OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 284 |
| Artículo 3 | Definiciones — Para los efectos de este Decreto, los siguientes términos se entenderán así: | Capítulo I OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 4537 |
| Artículo 4 | Unas vez el Ministerio de Relaciones Exteriores reciba la lista actualizada y emitida por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, con base en las Resol… | Capítulo II PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 2161, 2170, 2178, 2199 Y SUCESIVAS, 1989 Y SUCESIVAS, RESOLUCIÓN 1988, 1718, 1737 Y SUCESIVAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 573 |
| Artículo 5 | Una vez la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiamiento del Terrorismo, reciba la comunicación formal por parte… | Capítulo II PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 2161, 2170, 2178, 2199 Y SUCESIVAS, 1989 Y SUCESIVAS, RESOLUCIÓN 1988, 1718, 1737 Y SUCESIVAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 298 |
| Artículo 6 | Los sujetos obligados procederán a verificar entre sus clientes su sus (i) fondos, bienes y activos pertenecen o son controlados por la persona o entidad lista… | Capítulo II PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 2161, 2170, 2178, 2199 Y SUCESIVAS, 1989 Y SUCESIVAS, RESOLUCIÓN 1988, 1718, 1737 Y SUCESIVAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1247 |
| Artículo 7 | Una vez recibida la comunicación por parte del sujeto obligado la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiamiento d… | Capítulo II PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 2161, 2170, 2178, 2199 Y SUCESIVAS, 1989 Y SUCESIVAS, RESOLUCIÓN 1988, 1718, 1737 Y SUCESIVAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 336 |
| Artículo 8 | La Sala Segunda de lo Penal, de la Corte Suprema de Justicia, procederá a verificar si existe o no coincidencia entre la lista con relación a la persona física… | Capítulo II PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 2161, 2170, 2178, 2199 Y SUCESIVAS, 1989 Y SUCESIVAS, RESOLUCIÓN 1988, 1718, 1737 Y SUCESIVAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 344 |
| Artículo 9 | Los sujetos obligados no descongelarán los fondos bienes y activos hasta no recibir notificación judicial al respecto que refleje las decisiones del Consejo de… | Capítulo II PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 2161, 2170, 2178, 2199 Y SUCESIVAS, 1989 Y SUCESIVAS, RESOLUCIÓN 1988, 1718, 1737 Y SUCESIVAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 209 |
| Artículo 10 | Las solicitudes conforme a la resolución 1373 se recibirán por vía diplomática. | Capítulo III PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 388 |
| Artículo 11 | La Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Banqueo de Capitales y Financiamiento del Terrorismo, procederá de manera inmediata y sin demora a info… | Capítulo III PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 338 |
| Artículo 12 | Los sujetos obligados procederán a verificar entre sus clientes si sus (i) fondos, bienes y activos pertenecen o son controlados por la persona o entidad lista… | Capítulo III PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1191 |
| Artículo 13 | Una vez el sujeto obligado, haya congelado preventivamente los fondos y le haya comunicado a la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo d… | Capítulo III PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 431 |
| Artículo 14 | La Sala Segunda de lo Penal, de la Corte Suprema de Justicia, procederá a verificar si la solicitud que designa a la persona natural o jurídica o entidad como… | Capítulo III PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 362 |
| Artículo 15 | Los sujetos obligados no descongelarán los fondos, bienes y activos hasta no recibir notificación judicial al respecto que refleje las decisiones del país soli… | Capítulo III PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 271 |
| Artículo 16 | Las solicitudes de otros países deberán contener como mínimo información de la autoridad competente que presente la solicitud; | Capítulo III PROCEDIMIENTO PARA EL CONGELAMIENTO PREVENTIVO DE BIENES Y/O ACTIVOS CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 738 |
| Artículo 17 | Los criterios de designación según las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, para la lista de Personas y entidades relacionadas al terr… | Capítulo IV DESIGNACIÓN ANTE EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS Y DESIGNACIONES NACIONALES. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1420 |
| Artículo 18 | En el contexto de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1267 y 1988, la inclusión procederá: | Capítulo IV DESIGNACIÓN ANTE EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS Y DESIGNACIONES NACIONALES. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1504 |
| Artículo 19 | El Consejo de Seguridad Nacional de Panamá, fundamentado en el Decreto 263 del 19 de marzo de 2003, según la Resolución 1373, deberá identificar, designar y ex… | Capítulo IV DESIGNACIÓN ANTE EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS Y DESIGNACIONES NACIONALES. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 748 |
| Artículo 20 | Determinada la existencia de motivos o bases razonables para designar personas naturales o jurídicas y entidades en virtud de la Resolución 1373 (2001) del Con… | Capítulo IV DESIGNACIÓN ANTE EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS Y DESIGNACIONES NACIONALES. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 533 |
| Artículo 21 | La Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema, previa notificación vía el Ministerio de Relaciones Exteriores al Comité del Consejo de Seguridad de las Nacio… | Capítulo V SOLICITUDES DE ACCSESO A FONDOS CONGELADOS | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 634 |
| Artículo 22 | El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, por medios del Ministerio de Relaciones Exteriores, envía copias de las comunicaciones sobre las solicitudes y… | Capítulo V SOLICITUDES DE ACCSESO A FONDOS CONGELADOS | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 304 |
| Artículo 23 | Para las solicitudes de acceso a fondos u otros activos congelados en virtud de la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el Minister… | Capítulo V SOLICITUDES DE ACCSESO A FONDOS CONGELADOS | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 606 |
| Artículo 24 | En el caso de que las solicitudes del artículo anterior se correspondan con personas y entidades enlistadas a partir de requerimientos de un tercer Estado, la… | Capítulo V SOLICITUDES DE ACCSESO A FONDOS CONGELADOS | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 422 |
| Artículo 25 | Recibida la respuesta a la solicitud de acceso a los fondos o activos congelados o transcurridos los dos días hábiles sin recibir respuesta de está, se procede… | Capítulo V SOLICITUDES DE ACCSESO A FONDOS CONGELADOS | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 582 |
| Artículo 26 | El descongelamiento de fondos u otros activos sujetos a la sanción solo puede ser ejecutado cuando: | Capítulo VI CESE DEL CONGLEAMIENTO CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 1988, 1718 Y 1737 Y SUCESORAS, EMITIDAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 629 |
| Artículo 27 | La autoridad judicial competente recibirá las propuestas para solicitud de remoción según los procedimientos aprobados, de personas y entidades designadas en l… | Capítulo VI CESE DEL CONGLEAMIENTO CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 1988, 1718 Y 1737 Y SUCESORAS, EMITIDAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 422 |
| Artículo 28 | Una vez aprobada la solicitud por parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas se procederá a su descongelamiento por parte de la Autoridad Judicial c… | Capítulo VI CESE DEL CONGLEAMIENTO CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 1988, 1718 Y 1737 Y SUCESORAS, EMITIDAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 186 |
| Artículo 29 | Por igual vía se comunicación y tramitarán los caos de homónimos, nombre, o nombre similar, cuando los elementos resultantes de las comprobaciones, indiquen qu… | Capítulo VI CESE DEL CONGLEAMIENTO CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015, QUE DESARROLLA LAS RESOLUCIONES 1267, 1988, 1718 Y 1737 Y SUCESORAS, EMITIDAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 221 |
| Artículo 30 | El congelamiento solo cesará cuando se reciba comunicación formal por parte de la autoridad competente del país designante donde comunique que la persona natur… | Capítulo VII PROCEDIMIENTO PARA EL CESE DEL CONGELAMIENTO CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015 QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 245 |
| Artículo 31 | Cuando se haya tramitado un requerimiento de congelación de fondos hacia un tercer país de una persona natural o jurídica o entidad designada en la lista nacio… | Capítulo VII PROCEDIMIENTO PARA EL CESE DEL CONGELAMIENTO CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015 QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 279 |
| Artículo 32 | Una vez ratificado el cese por parte de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema en base a la extinción de razones o elementos razonables, el Ministerio… | Capítulo VII PROCEDIMIENTO PARA EL CESE DEL CONGELAMIENTO CONFORME A LA LEY 23 DEL 27 DE ABRIL DE 2015 QUE DESARROLLA LA RESOLUCIÓN 1373. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 530 |
| Artículo 33 | Exención de Responsabilidad y Terceros de Buena Fe. 1. | Capitulo VIII DISPOCICIONES GENERALES Y FINALES | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 400 |
| Artículo 34 | Supervisión y Sanciones. 1\ — La Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiamiento del Terrorismo y demás entidades r… | Capitulo VIII DISPOCICIONES GENERALES Y FINALES | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 878 |
| Artículo 35 | Vigencia — El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su promulgación. | Capitulo VIII DISPOCICIONES GENERALES Y FINALES | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 486 |
