Texto
**CONSIDERANDO:**
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
CONSIDERANDO:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
9señales
5tipos presentes
7bloques señalados
492palabras · 15 oraciones
**CONSIDERANDO:**
Que el Registro Público se aboca a implementar un nuevo sistema registral basado en la técnica del Folio Electrónico y a la incorporación del uso de la Firma Electrónica, con sus características de autenticidad, integridad y no repudio, en consecuencia,
**Artículo 1.**
**Artículo 2.** Se ordena la incorporación del uso de la firma electrónica calificada, con sus requisitos de validez, en todos los procesos operativos y de inscripción del trámite registral.
**Artículo 3.**
**Artículo 4.** Se ordena crear el área de custodia para el almacenamiento de los documentos presentados al Registro Público de Panamá en formato físico.
**Artículo 5.** Se ordena la creación del Boletín Registral digital y/o físico que servirá de medio informativo y de comunicación de los acuerdos registrales.
**Artículo 6.** Se ordena el manejo en formato digital, de los planos y mapas necesarios en la inscripción de propiedades.
**Artículo 7.** Se reconoce la equivalencia funcional en los trámites y productos que presta la institución, a través de su portal web con los servicios de trámites presenciales.
**Artículo 8.** al Director General del Registro Público a unificar los criterios de migración a folio electrónico pudiendo adaptarlos a las circunstancias que surjan durante la implementación del nuevo sistema de inscripción.
**Artículo 9.** A partir de la fecha de vigencia del presente Decreto Ejecutivo todos los asientos vigentes, ya inscritos en el Registro Público, ser actualizados de conformidad con estas disposiciones, en el tiempo y forma que determine el Registrador General.
**Artículo 10.** El presente Decreto Ejecutivo empezará a regir el día siguiente a partir de su promulgación. **FUNDAMENTO DE DERECHO:** y .
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