Legislación
Decreto Ejecutivo 177 de 2008: MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA "Por el cual se reglamenta la Ley 7 de 11 de febrero de 2005.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
48 de 48 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División↑ | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Disposiciones Generales El presente Decreto tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley 7 de 11 de febrero de 200… | Capítulo I. Disposiciones Generales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 235 |
| Artículo 2 | Para los efectos de este Decreto, los términos que a continuación se detallan se entenderán así: | Capítulo I. Disposiciones Generales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 6073 |
| Artículo 3 | Organización y Funciones del Sistema El Sistema Nacional de Protección Civil tendrá bajo su responsabilidad la ejecución de las políticas y planes de prevenció… | Capítulo II. Organización y Funciones del Sistema | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 247 |
| Artículo 4 | Las finalidades de la organización del Sistema Nacional de Protección Civil son las siguientes: | Capítulo II. Organización y Funciones del Sistema | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 668 |
| Artículo 5 | Sin perjuicio de las funciones establecidas en artículo 5 de la Ley, serán funciones del Sistema las siguientes: | Capítulo II. Organización y Funciones del Sistema | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1433 |
| Artículo 6 | Las direcciones Provinciales, Regionales y Comarcales desarrollarán las acciones necesarias a fin de llevar a la población las tareas de Gestión de Riesgos de… | Capítulo II. Organización y Funciones del Sistema | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 474 |
| Artículo 7 | Sin perjuicio de las funciones establecidas en artículo 17 de la Ley, serán funciones de la Dirección General de Protección Civil, las siguientes: | Capítulo II. Organización y Funciones del Sistema | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2554 |
| Artículo 8 | Corresponde a las Direcciones Provinciales, Regionales y Comarcales, las siguientes funciones: | Capítulo II. Organización y Funciones del Sistema | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2154 |
| Artículo 9 | La organización y el funcionamiento de cada uno de estos organismos adscritos al Sistema, estarán determinados por un manual que al efecto deberá ser formulado… | Capítulo II. Organización y Funciones del Sistema | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 311 |
| Artículo 10 | De las Autoridades, la Ciudadanía y la Obligación de Colaborar Son autoridades encargadas de la aplicación del presente Decreto, en el ámbito de sus respectiva… | Capítulo III. De las Autoridades, la Ciudadanía y la Obligación de Colaborar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 366 |
| Artículo 11 | Son auxiliares del Sistema, el Cuerpo Nacional de Voluntarios descrito en el artículo 21, numeral 3 de la Ley. | Capítulo III. De las Autoridades, la Ciudadanía y la Obligación de Colaborar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1214 |
| Artículo 12 | Los derechos y obligaciones de los ciudadanos en materia de Protección Civil son los siguientes: | Capítulo III. De las Autoridades, la Ciudadanía y la Obligación de Colaborar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1532 |
| Artículo 13 | Los medios de comunicación social deberán prestar el apoyo necesario para la difusión de avisos, advertencias y alertas, así como los programas de capacitación… | Capítulo III. De las Autoridades, la Ciudadanía y la Obligación de Colaborar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 299 |
| Artículo 14 | Los organismos públicos y privados cuya misión sea el estudio científico o tecnológico acerca de fenómenos sismológicos, hídricos, volcánicos, ambientales y me… | Capítulo III. De las Autoridades, la Ciudadanía y la Obligación de Colaborar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 378 |
| Artículo 15 | Cuando se decrete estado de urgencia, las instituciones públicas y privadas, a solicitud de la Dirección General de Protección Civil, estarán obligados a conce… | Capítulo III. De las Autoridades, la Ciudadanía y la Obligación de Colaborar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 348 |
| Artículo 28 | De las tareas de la Gestión de Riesgo La Dirección General de Protección Civil tendrá amplias facultades para promover, establecer y ejecutar las medidas y acc… | Capítulo V. De las tareas de la Gestión de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 265 |
| Artículo 29 | Los lineamientos de las medidas de gestión del riesgo deben permitir tanto al Estado como a la sociedad civil, incorporar el concepto de gestión del riesgo com… | Capítulo V. De las tareas de la Gestión de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 248 |
| Artículo 30 | Las personas naturales o jurídicas y las instituciones públicas o privadas están obligadas a cumplir las medidas y acciones de gestión de riesgo que al efecto… | Capítulo V. De las tareas de la Gestión de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 212 |
| Artículo 31 | La Política Nacional de Gestión de Riesgo constituye un eje transversal del trabajo del Estado Panameño; | Capítulo V. De las tareas de la Gestión de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 907 |
| Artículo 32 | Para la aplicación de la Política Nacional de Gestión de Riesgo, la Dirección General de Protección Civil diseñará y ejecutará el Plan Nacional de Gestión de R… | Capítulo V. De las tareas de la Gestión de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 473 |
| Artículo 33 | Los responsables de las tareas de planificación de los organismos o entidades del Estado deberán tomar en cuenta las disposiciones señaladas en la Política Nac… | Capítulo V. De las tareas de la Gestión de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 284 |
| Artículo 45 | Disposiciones Finales, Derogatorias y Vigencia En aquellos lugares donde no exista autoridad de Protección Civil, deberá notificarse de la aparición de cualqui… | Capítulo VII. Disposiciones Finales, Derogatorias y Vigencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 226 |
| Artículo 46 | El Director General de Protección Civil regulará mediante manuales los temas estrictamente técnicos, relativos a riesgos y emergencias, siempre y cuando no con… | Capítulo VII. Disposiciones Finales, Derogatorias y Vigencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 214 |
| Artículo 47 | Los planes, manuales, instructivos y protocolos en materia de riesgos y emergencias, existentes a la vigencia del presente reglamento deberán ser armonizados y… | Capítulo VII. Disposiciones Finales, Derogatorias y Vigencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 306 |
| Artículo 48 | El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial. | Capítulo VII. Disposiciones Finales, Derogatorias y Vigencia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 106 |
| Artículo 34 | Medidas de Preparación Las medidas de preparación tienen como fin fortalecer la capacidad de respuesta ante los desastres. | Sección I. Medidas de Preparación | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 276 |
| Artículo 35 | Las instituciones públicas y privadas, de acuerdo con sus posibilidades, deben incorporar las medidas de preparación y respuesta para emergencias o desastres. | Sección I. Medidas de Preparación | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 175 |
| Artículo 16 | Prevención y Estudio de Riesgo Las disposiciones relativas a la prevención y estudio de riesgo, se entiende que se fundamentan en la probabilidad de ocurrencia… | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 388 |
| Artículo 17 | Las instituciones, sean públicas o privadas, deberán formular los planes que sean necesarios a fin de prevenir y mitigar los riesgos e intervenir en caso de em… | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 514 |
| Artículo 18 | Los responsables de las instalaciones o áreas en general donde concurran de forma masiva personas, están en la obligación de contar con un método de control de… | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 403 |
| Artículo 19 | Sin perjuicio de las demás disposiciones aplicables, todos los eventos o espectáculos públicos, estarán sujetos a lo siguiente: | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1747 |
| Artículo 20 | Sin perjuicio de lo establecido en otras leyes y reglamentos, las principales medidas para la prevención de riesgos que deben ser desarrolladas por las institu… | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 493 |
| Artículo 21 | La información que genere la Dirección General de Protección Civil para apoyar la evaluación de los estudios de impacto ambiental establecidos en el Título IV,… | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 331 |
| Artículo 22 | Los Estudios de Riesgos serán parte integral y complementaria de los Estudios de Impacto Ambiental reglamentados en el Decreto Ejecutivo 59 de 16 de marzo del… | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1504 |
| Artículo 23 | La Dirección General de Protección Civil realizará gestiones ante el Ministerio de Economía y Finanzas a fin de establecer una cuenta de fondos de autogestión… | Sección I. Prevención y Estudio de Riesgo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 263 |
| Artículo 24 | Capacitación y Entrenamiento La Dirección General deberá desarrollar un plan nacional de capacitación y entrenamiento dirigido a todas las personas y las insti… | Sección II. Capacitación y Entrenamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 252 |
| Artículo 25 | La Dirección General de Protección Civil coordinará con las instituciones del Sistema el diseño de los programas permanentes de capacitación, difusión y divulg… | Sección II. Capacitación y Entrenamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 391 |
| Artículo 26 | La Dirección General de Protección Civil y las Direcciones Provinciales, Regionales y Comarcales promoverán la concientización social mediante actividades de e… | Sección II. Capacitación y Entrenamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 380 |
| Artículo 27 | La Dirección General de Protección Civil supervisará y regulará la capacitación en materia de gestión de riesgos, que se imparta a la población en general por… | Sección II. Capacitación y Entrenamiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 423 |
| Artículo 36 | De la Alerta y su Declaratoria La finalidad de la alerta es determinar con certeza cuándo, dónde y de qué magnitud se manifestará un evento adverso con el fin… | Sección II. De la Alerta y su Declaratoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 694 |
| Artículo 37 | Para los efectos de la declaratoria de alerta, ésta debe cumplir con las siguientes características: | Sección II. De la Alerta y su Declaratoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 451 |
| Artículo 38 | Por su contenido, la declaratoria de la alerta debe presentar las siguientes condiciones: | Sección II. De la Alerta y su Declaratoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 701 |
| Artículo 39 | Los estados de alerta y sus implicaciones serán establecidos por un manual que al efecto deberá ser elaborado por la Dirección General de Protección Civil en e… | Sección II. De la Alerta y su Declaratoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 739 |
| Artículo 40 | Medidas de Respuesta Las medidas de respuesta en emergencia de desastre implican atender a la población afectada lo más rápidamente posible sin discriminación… | Sección III. Medidas de Respuesta | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 435 |
| Artículo 41 | La instancia competente para coordinar los esfuerzos del Sistema en casos de emergencia o desastres, es el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) | Sección III. Medidas de Respuesta | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 166 |
| Artículo 42 | El COE funcionará como un sistema de control de las operaciones, para los propósitos de la toma de decisiones ejecutivas en situaciones de emergencia o desastr… | Sección III. Medidas de Respuesta | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 552 |
| Artículo 43 | Las instituciones permanentes del COE, sin perjuicio de otras que puedan ser llamadas para integrarlo, son las siguientes: | Sección III. Medidas de Respuesta | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1283 |
| Artículo 44 | Los grupos de respuesta o intervención en casos de desastres deberán regularse por las disposiciones establecidas en el Manual de Procedimientos Estándar de Bú… | Sección III. Medidas de Respuesta | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 358 |
